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55 NORMAS LEGALES Martes 21 de noviembre de 2023 El Peruano / SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 009-2015- SUNEDU/CD y, estando a lo acordado por el Consejo Universitario en sesión ordinaria de la fecha; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Anular el diploma de Título Profesional de Ingeniero Agrícola del señor Jorge Arturo Matos Recavarren, expedido el 24 de abril de 1992. Artículo 2°.- Expedir el duplicado de diploma de Título Profesional de Ingeniero Agrícola a favor del señor Jorge Arturo Matos Recavarren, por motivo de pérdida del original e inscribir en el libro o fi cial de registro. Artículo 3°.- Dar cuenta de la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. Artículo 4°.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese.AMÉRICO GUEVARA PÉREZ Rector JORGE PEDRO CALDERÓN VELÁSQUEZ Secretario General 2235522-1 Disponen expedir duplicado de diploma de Título Profesional de Economista de la Universidad Nacional Agraria La Molina UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN N° 0336-2023-CU-UNALM La Molina, 14 de setiembre de 2023CONSIDERANDO: Que, mediante Formulario Único de Trámite-FUT, de fecha 25 agosto de 2023, la señorita Karina Rocío Montes Tapia, ex alumna de la Facultad de Economía, solicita el Duplicado de Diploma de Título Profesional de Economista, por motivo de pérdida; Que, la señorita Karina Rocío Montes Tapia, obtuvo el diploma de Título Profesional de Economista, mediante Resolución N° 597-2005-UNALM, de fecha 13 de octubre de 2005, encontrándose inscrito en el Libro Nº 27, Folio Nº 166 y Registro N° 9093 de esta Casa de Estudios; Que, revisada la solicitud, ésta cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5° del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR y sus modi fi catorias, por lo que resulta procedente lo solicitado, debiendo expedirse el duplicado correspondiente; Por lo expuesto, estando a las normas legales glosadas, Ley N° 28626 y artículo 310°, literal p), del Reglamento General de la UNALM; artículo 14°, del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos-SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 009-2015- SUNEDU/CD y, estando a lo acordado por el Consejo Universitario en sesión ordinaria de la fecha; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Anular el diploma de Título Profesional Economista de la señorita Karina Rocío Montes Tapia, expedido el 13 de octubre de 2005. Artículo 2°.- Expedir el duplicado de diploma de Título Profesional de Economista, a favor de la señorita Karina Rocío Montes Tapia, por motivo de pérdida del original e inscribir en el libro o fi cial de registro.Artículo 3°.- Dar cuenta de la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. Artículo 4°.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese.AMÉRICO GUEVARA PÉREZ Rector JORGE PEDRO CALDERÓN VELÁSQUEZ Secretario General 2235527-1 Disponen expedir duplicado de diploma de Título Profesional de Ingeniero Pesquero de la Universidad Nacional Agraria La Molina UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN N° 0337-2023-CU-UNALM La Molina, 14 de setiembre de 2023CONSIDERANDO: Que, mediante Formulario Único de Trámite-FUT, de fecha 07 setiembre de 2023, el señor Eric Hanschke Dileo, ex alumno de la Facultad de Pesquería, solicita el Duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero Pesquero, por motivo de pérdida; Que, el señor Eric Hanschke Dileo, obtuvo el diploma de Título Profesional de Ingeniero Pesquero, mediante Resolución N° 662-2005-UNALM, de fecha 11 de noviembre de 2005, encontrándose inscrito en el Libro Nº 27, Folio Nº 199 y Registro N° 9126 de esta Casa de Estudios; Que, revisada la solicitud, ésta cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5° del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR y sus modi fi catorias, por lo que resulta procedente lo solicitado, debiendo expedirse el duplicado correspondiente; Por lo expuesto, estando a las normas legales glosadas, Ley N° 28626 y artículo 310°, literal p), del Reglamento General de la UNALM; artículo 14°, del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos-SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 009-2015- SUNEDU/CD y, estando a lo acordado por el Consejo Universitario en sesión ordinaria de la fecha; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Anular el diploma de Título Profesional de Ingeniero Pesquero del señor Eric Hanschke Dileo, expedido el 11 de noviembre de 2005. Artículo 2°.- Expedir el duplicado de diploma de Título Profesional de Ingeniero Pesquero, a favor del señor Eric Hanschke Dileo, por motivo de pérdida del original e inscribir en el libro o fi cial de registro. Artículo 3°.- Dar cuenta de la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. Artículo 4°.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese.AMÉRICO GUEVARA PÉREZ Rector JORGE PEDRO CALDERÓN VELÁSQUEZ Secretario General 2235528-1