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52 NORMAS LEGALES Martes 21 de noviembre de 2023 El Peruano / En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminada, a partir del 15 de noviembre de 2023, la designación de la señora Irene Cayo del Castillo, en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional del Instituto Nacional de Defensa Civil-INDECI; sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 2.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Subgerencia de Personal y Compensaciones y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2236722-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Disponen expedir duplicado de diploma de grado de Bachiller en Ciencias-Industrias Alimentarias de la Universidad Nacional Agraria La Molina UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN N° 0153-2023-CU-UNALM La Molina, 13 de abril de 2023CONSIDERANDO: Que, mediante Formulario Único de Trámite-FUT, de fecha 23 de marzo de 2023, la Srta. Flor de María Arata Campos, ex alumna de la Facultad de Industrias Alimentarias, solicita el duplicado de diploma de grado de Bachiller en Ciencias-Industrias Alimentarias, por motivo de pérdida; Que, la Srta. Flor de María Arata Campos, obtuvo el diploma de grado de Bachiller en Ciencias-Industrias Alimentarias, mediante Resolución N° 727-2004-UNALM, de fecha 16 de noviembre de 2004, encontrándose inscrito en el Libro Nº 29, Folio Nº 50 y Registro N° 13329 de esta Casa de Estudios; Que, revisada la solicitud, ésta cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5° del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR y sus modi fi catorias, por lo que resulta procedente lo solicitado, debiendo expedirse el duplicado correspondiente; Por lo expuesto, estando a las normas legales glosadas, Ley N° 28626 y artículo 310° literal p) del Reglamento General de la UNALM; artículo 14° del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos-SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 009-2015-SUNEDU/CD, y estando a lo acordado por el Consejo Universitario en sesión extraordinaria de la fecha;SE RESUELVE: Artículo 1°.- Anular el diploma de grado de Bachiller en Ciencias-Industrias Alimentarias de Flor de María Arata Campos, expedido el 16 de noviembre de 2004. Artículo 2°.- Expedir el duplicado de diploma de grado de Bachiller en Ciencias-Industrias Alimentarias, a favor de Flor de María Arata Campos, por motivo de pérdida del original e inscribir en el libro o fi cial de registro. Artículo 3°.- Dar cuenta de la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. Artículo 4°.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese.AMÉRICO GUEVARA PÉREZ Rector JORGE PEDRO CALDERÓN VELÁSQUEZ Secretario General 2235505-1 Modifican la Res. N° 156-2023-UNTELS-R y autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur a favor de la Contraloría General de la República UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN RECTORAL N° 210-2023-UNTELS-R Villa El Salvador, 9 de noviembre de 2023.VISTO:El Proveído N° 1217-2023-UNTELS-R de fecha 06 de noviembre de 2023, mediante el cual la Rectora de la UNTELS, dispone MODIFICAR la Resolución Rectoral N° 156-2023-UNTELS-R de fecha 21 de setiembre de 2023, que aprueba la transferencia fi nanciera con cargo al presupuesto institucional del año fi scal 2023 del pliego 543 - Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, por el monto de S/ 38,053.00 (Treinta y Ocho Mil Cincuenta y Tres con 00/100) en la fuente de fi nanciado de Recursos Ordinarios (RO), en bene fi cio del Pliego 019: Contraloría General de la República, con afectación los recursos disponibles del P.I con CU N° 2251367: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE COMEDOR UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLOGICA DE LIMA SUR, VILLA EL SALVADOR – LIMA”, en el extremo que corresponde el monto de S/ 29,375.00 (Veintinueve mil trescientos setenta y cinco con 00/100 soles); CONSIDERANDO: Que, el artículo 18° de la Constitución Política del Perú, en su cuarto párrafo establece: Cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por la Ley Universitaria N° 30220 y sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; Que, conforme al artículo 8° de la Ley Universitaria N° 30220, establece: “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la constitución la presente Ley y demás normativa aplicable (…)”; Que, el artículo 60° de la Ley Universitaria N° 30220, establece que: “El Rector es el personero y representante legal de la universidad. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva, la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de