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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (21/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Martes 21 de noviembre de 2023 El Peruano / suspensión de vacaciones del personal administrativo y jurisdiccional, que tenga relación directa con las labores de implementación de las unidades modelo de fl agrancia, a efectos de garantizar el éxito del referido proceso de implementación. Artículo Octavo.- Disponer que la implementación de las salas de audiencias en cuanto a mobiliario, necesidades logísticas, tecnológicas y de distribución, así como el logo institucional de la Unidad Modelo de Flagrancia a implementar, debe seguir el diseño, color y estructura establecido en la Unidad Piloto de Flagrancia en El CISAJ de El Porvenir, distrito judicial de La Libertad. Artículo Noveno.- Disponer que los órganos jurisdiccionales a implementar funcionarán en el distrito de Sullana, Provincia y Departamento de Piura, competencia del Distrito Judicial de Sullana. Artículo Décimo.- Encargar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Sullana, adopte las medidas administrativas necesarias a fi n de garantizar la implementación de la unidad modelo de fl agrancia, así como para el cumplimiento de las medidas administrativas dispuestas por este Órgano de Gobierno. Artículo Décimo Primero.- Disponer que la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Sullana, realice las coordinaciones necesarias con los operadores de justicia (Ministerio Publico, Defensa Publica, MININTER-PNP) a efectos de garantizar la implementación y funcionamiento de las unidades modelo de fl agrancia, conforme al diseño, modelo y propuesta establecida. Artículo Décimo Segundo.- Disponer, que a través de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial, se realice el seguimiento y monitoreo del funcionamiento y producción de la Unidad Modelo de Flagrancia, para el análisis correspondiente. Artículo Décimo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Fiscal de la Nación, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior, Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Presidencia de Corte Superior de Justicia de Sullana, Secretaría Técnica de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial, Gerencia de Infraestructura Inmobiliaria, Gerencia de Informática, Responsable Técnico del Programa Presupuestal 0099 – Celeridad de los Procesos Judiciales Laborales; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente Los votos discordantes de la señora Barrios Alvarado y el señor Bustamante Zegarra, son como sigue: VOTO EN DISCORDIA DE LOS MAGISTRADOS SUPREMOS ELVIA BARRIOS ALVARADO Y RAMIRO BUSTAMANTE ZEGARRA Lima, 13 de noviembre de 2023VISTOS: El O fi cio Nº 000272-2023-ST-CNF-PJ, de fecha 03 de noviembre de 2023 y el Informe Nº 000023-2023-ST-CNF-PJ, de fecha 03 de noviembre de 2023, que concluye que es necesario disponer la creación de cuatro Unidades Modelo de Flagrancia Tipo II, en la Corte Superior de Justicia de Sullana, que entrarán en vigencia a partir del 01 de diciembre de 2023, entre otros. CONSIDERANDO: AntecedentesPrimero. Mediante la Resolución Administrativa N°000266-2023-CE-PJ, de fecha 07 de julio de 2023, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el Plan de Implementación de Unidades de Flagrancia Delictiva en el Poder Judicial, donde la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial, en coordinación con la Gerencia General identi fi caron la necesidad de crear unidades modelo de fl agrancia delictiva por tipología, las mismas que deben ser sustentadas por factores como densidad poblacional, histórico de carga procesal, índice de criminalidad entre otros factores. Estando diseñadas estas unidades para el tratamiento exclusivo del proceso inmediato en casos fl agrantes, lo cual implica la necesidad de contar con órganos jurisdiccionales, despachos fi scales, defensores públicos y efectivos policiales a dedicación exclusiva, y se ha precisado que para el caso de la jurisdicción de Sullana, se ha previsto una unidad modelo de fl agrancia Tipo II, siendo que para el caso del Poder Judicial, cada unidad modelo de fl agrancia cuenta con 3 Juzgados de Investigación Preparatoria y 2 Juzgados Unipersonales Penales. Segundo . Mediante el Decreto Supremo N° 105-2023- PCM, de fecha 10 de octubre de 2023, el Poder Ejecutivo declaró en Estado de Emergencia los distritos de Sullana, Bellavista, Marcavelica, Salitral, Querecotillo, Ignacio Escudero y Miguel Checa de la provincia de Sullana del departamento de Piura, precisándose en el artículo 7°, referido al fi nanciamiento, que la implementación de las acciones previstas en el decreto supremo antes mencionado se fi nancia con cargo al presupuesto institucional asignado a los pliegos involucrados y a las asignaciones de recursos adicionales autorizadas por el Ministerio de Economía y Finanzas, asignación que se materializó mediante el Decreto de Urgencia Nº 00034-2023 de fecha 27 de octubre de 2023, que dicta medidas extraordinarias, en materia económica y fi nanciera, para fortalecer e implementar las unidades de fl agrancia delictiva y dicta otras medidas. Tercero . En atención al Decreto de Urgencia Nº 00034-2023, la Gerencia General del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 000545-2023-GG-PJ de fecha 31 de octubre dispuso la modi fi cación presupuestaria en el nivel funcional programático en el Presupuesto Institucional del Pliego 004 Poder Judicial para el Año Fiscal 2023, cuyo monto a favor de la Unidad Ejecutora 1 – Gerencia General, Corte Superior de Justicia de Sulllana, es por la suma de S/ 7,142,193 en gasto corriente en la genérica de gasto 2.3 bienes y servicios; y por la suma de S/ 10,6551,800 para gastos de capital en la genérica de gasto 2.6 adquisición de activos no fi nancieros, que en suma hace un total de S/ 17,797,993, precisando que el referido Decreto de Urgencia N° 034-2023, está cubriendo las genéricas 2.3 Bienes y Servicios y 2.6 Adquisición de Activos no Financieros; sin embargo, para la implementación de las Unidades Modelo de Flagrancia Delictiva, se requiere además, la contratación de jueces, por lo que, considerando que en el pliego Poder Judicial, se cuenta con saldos presupuestales en la genérica de gasto 2.1 Personal y Obligaciones sociales, se utilizarán dichos saldos presupuestales para la contratación de Jueces. Cuarto . Mediante O fi cio Nº 001064-2023-P-CSJSU- PJ, de fecha 31 de octubre de 2023, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Sullana formuló el requerimiento de órganos jurisdiccionales para la implementación de las Unidades de Flagrancia en la Corte Superior de Justicia de Sullana, sustentado en el Ofi cio N° 001628-2023-ADM-CSJSU/PJ de la O fi cina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Sullana que propone el Plan de Implementación Unidad de Flagrancia Delictiva, establece la necesidad de crear tres (3) Juzgados de Investigación Preparatoria (JIP) y dos (2) Juzgados Unipersonales Penales (JUP), lo que hace un total de cinco órganos jurisdiccionales. ANÁLISIS : Quinto . Teniendo en consideración la propuesta efectuada por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Sullana efectuada mediante el O fi cio Nº 001064-2023-P-CSJSU-PJ, esta se re fi ere a la creación