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24 NORMAS LEGALES Sábado 25 de noviembre de 2023 El Peruano / locales que soliciten el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP) para el transporte aéreo, terrestre y/o fl uvial, de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros y equipos, entre otros, que permitan un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizadas, para realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, de forma posterior al apoyo brindado, hasta por la suma que les sea comunicada por dichos Ministerios, según corresponda; Que, adicionalmente, la citada disposición legal señala que dichas transferencias fi nancieras se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; siendo que, la resolución del titular del pliego se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante el O fi cio N° 01896-2023-MINDEF/ SG, el Ministerio de Defensa solicita al Ministerio de Educación, efectuar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 81 369,34 (OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 34/100 SOLES), correspondiente al apoyo de la Fuerza Aérea del Perú en el transporte aéreo llevado a cabo el 31 de enero de 2023, en base al reporte de horas de vuelo, en la ruta Lima-Chachapoyas-Lima, para la realización de actividades institucionales orientadas al mejor cumplimiento de las funciones del Ministerio de Educación dentro del marco de la Estrategia para el “Dialogo por la Gobernabilidad y la Paz Social”, conforme a lo requerido por el Ministerio de Educación mediante O fi cio N° 00032-2023-MINEDU/DM, en virtud del literal b) de la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638; Que, a través del Memorándum N° 00332-2023-MINEDU/SG, la Secretaría General del Ministerio de Educación solicita gestionar una Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Defensa, por la suma de S/ 81 369,34 (OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 34/100 SOLES), correspondiente al apoyo de la Fuerza Aérea del Perú en el transporte aéreo llevado a cabo el 31 de enero de 2023, en la ruta Lima-Chachapoyas-Lima, para la realización de actividades institucionales orientadas al mejor cumplimiento de las funciones del Ministerio de Educación dentro del marco de la Estrategia para el “Dialogo por la Gobernabilidad y la Paz Social”, conforme a lo establecido en el literal b) de la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638; para lo cual, adjunta los Informes N° 00023-2023-MINEDU/SG-ODI, N° 00041-2023-MINEDU/SG-OGC y N° 00373-2023-MINEDU/SPE-OTIC-UIT, de la O fi cina de Diálogo, de la O fi cina General de Comunicaciones y de la Unidad de Infraestructura Tecnológica de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación, respectivamente, así como la Certi fi cación de Crédito Presupuestario - Nota N° 0000002762; Que, con el Informe N° 01860-2023-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emite opinión favorable sobre la Transferencia Financiera a efectuarse a favor del Ministerio de Defensa, hasta por la suma de S/ 81 369,34 (OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 34/100 SOLES), por el apoyo brindado por la Fuerza Aérea del Perú en el transporte aéreo requerido por el Ministerio de Educación, conforme a lo señalado en los considerandos precedentes; por cuanto se atiende con cargo a los recursos disponibles en el presupuesto institucional del Pliego 010: M. de Educación, Unidad Ejecutora 024: Sede Central, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 81 369,34 (OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 34/100 SOLES), a favor del Ministerio de Defensa, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 010: M. de Educación, hasta por la suma de S/ 81 369,34 (OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 34/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Ministerio de Defensa, para los fi nes señalados en la parte considerativa de la presente Resolución, en el marco de lo establecido en el literal b) de la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023. Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- El Ministerio de Defensa, en el ámbito de sus competencias, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera. Artículo 4.- Copia de la presente Resolución se remite a la O fi cina General de Administración del Ministerio de Educación, para que efectúe las acciones que correspondan. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIRIAM PONCE VERTIZ Ministra de Educación 2238294-1 ENERGÍA Y MINAS Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31211, Ley que dispone la adecuación del transporte y disposición final de relave a las empresas que realizan actividades minero-metalúrgicas DECRETO SUPREMO N° 031-2023-EM LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio de Energía y Minas es el encargado de diseñar, establecer y supervisar las políticas nacionales y sectoriales en materia de energía y de minería, asumiendo la rectoría respecto de ellas; Que, de acuerdo a la precitada Ley, el Ministerio de Energía y Minas ejerce la potestad de autoridad sectorial ambiental para las actividades de minería, en concordancia con los lineamientos de política y las normas nacionales establecidas por el Ministerio del Ambiente como entidad rectora; Que, mediante Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (en adelante, Ley del SEIA), se crea el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, como un sistema único y coordinado de identi fi cación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales