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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (25/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Sábado 25 de noviembre de 2023 El Peruano / educativa denominado “Mejoramiento de los servicios educativos en la I.E. nivel primario 56262 de Cancahuani del distrito de Capacmarca- provincia de Chumbivilcas – Departamento de Cusco”, con CUI Nº 2448727, cuya ejecución contractual culmina el año 2023 con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de lo establecido en el numeral 2 de la Trigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORIA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 2 832 014,00 ============ TOTAL EGRESOS 2 832 014,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 080702 : Municipalidad Distrital de CapacmarcaPROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular PROYECTO 2448727 : Mejoramiento de los servicios educativos en la I.E. Nivel Primario 56262 de Cancahuani del Distrito de Capacmarca - Provincia de Chumbivilcas - Departamento de Cusco FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 2 832 014,00 ============ TOTAL EGRESOS 2 832 014,00 ============ Artículo 3. Procedimiento para la Aprobación Institucional 3.1 El Titular del Pliego habilitador en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 1, así como el Titular del Pliego habilitado en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 2 aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en los artículos 1 y 2 del presente Decreto Supremo, respectivamente, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 3.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 3.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego del Gobierno Nacional involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. La O fi cina de Presupuesto del gobierno local elabora las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo establecido en el presente Decreto Supremo. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 2 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas MIRIAM JANETTE PONCE VERTIZ Ministra de Educación 2238699-5 Aceptan renuncia y encargan el puesto de Jefe de la Central de Compras Públicas - Perú Compras RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 013-2023-EF Lima, 24 de noviembre de 2023CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1018, se crea el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas - Perú Compras, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, conforme al artículo 4 del precitado Decreto Legislativo, el Jefe de la Central de Compras Públicas - Perú Compras es nombrado por resolución suprema, refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante Resolución Suprema Nº 009-2018-EF se designa al señor Víctor Fernando Masumura Tanaka en el cargo de Jefe de la Central de Compras Públicas - Perú Compras; quien ha presentado renuncia al cargo, quedando vacante el mismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y la Resolución Ministerial Nº 331-2023-EF/41, que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Víctor Fernando Masumura Tanaka al cargo de Jefe de la Central de Compras Públicas - Perú Compras, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar el puesto de Jefe de la Central de Compras Públicas - Perú Compras, al señor Luis Mijail Vizcarra Llanos, Director General de la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas, en adición a sus funciones, en tanto se designe al Titular. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2238714-2