TEXTO PAGINA: 70
70 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de noviembre de 2023 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Ordenanza que aprueba el Régimen Tributario que establece el Derecho de Emisión Mecanizada para el Ejercicio Fiscal 2024 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 559/MDSMP San Martín de Porres, 24 de noviembre de 2023EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES VISTOS; En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; Dictamen N° 014-2023-COPLANIFI-REG/MDSMP de la Comisión de Plani fi cación y Finanzas; Acuerdo de Concejo N° 442-2022 de fecha 07 de diciembre de 2022 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Ordenanza N° 539-MDSMP; Informes N° 2782 y 2815 -2023-SGATYOC/GAT/MDSMP de fechas 10 y 11 de octubre de 2023 de la Subgerencia de Administración Tributaria y Orientación al Contribuyente; Informe N° 077-2023-GAT-MSMP de fecha 30 de octubre de 2023 de la Gerencia de Administración Tributaria; O fi cio N° 501-2023-MDSMP/GM de fecha 30 de octubre de 2023 de la Gerencia Municipal; Informe N° 078-2023-GAT-MSMP de fecha 08 de noviembre de 2023 de la Gerencia de Administración Tributaria; Informe N° 278-2023-OGAJ/MDSMP de fecha 13 de noviembre de 2023 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; Proveído N° 654- 2023 GM/MDSMP de fecha 13 de noviembre de 2023 de la Gerencia Municipal y su Reglamento Interno del Concejo Distrital, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 304-MDSMP; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley N° 30305, las Municipalidades Provinciales y Distritales, son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, otorga potestad a los gobiernos locales y competencia para crear, modi fi car y suprimir en materia tributaria contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a Ley, estableciendo adicionalmente que las Municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, el artículo 30º de la Ley de Nº 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades- establece que los Concejos Municipales ejercer en sus funciones de gobierno, mediante aprobación de Ordenanzas y Acuerdos, y el numeral 8) del articulo 9º de la referida Ley, establece que son atribuciones del Concejo Municipal la aprobación, modi fi cación y derogación de ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades- declara que: ”las Ordenanzas de las Municipalidades provinciales y distritales en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que las municipalices tienen competencia normativa (…). Mediante Ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley; Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa, entre otros mecanismos, a través de las ordenanzas municipales, los que de conformidad con lo previsto por el artículo 200º, Inciso 4) de la Constitución tiene rango de Ley, al igual que las Leyes propiamente dichas, los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia, los Tratados, los Reglamentos del Congreso y las normas de carácter general; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto supremo Nº 133-2013 EF, establece que los gobiernos locales, mediante ordenanza pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencia o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por D.S. N° 156-2004-EF, indica que las municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto y de los recibos correspondientes, incluida su distribución a domicilio, quedan facultados a corar por dichos servicios no más de 0.4% de la U.I.T. vigente al 01 de enero de cada ejercicio; Que, mediante Ordenanza Nº 539-MDSMP, se estableció el Monto por Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación y Distribución a Domicilio de la Declaración Jurada y Liquidación de del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2023,siendo que dicha Ordenanza fue rati fi cada con Acuerdo de Concejo Nº 442-2022 del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima; a su vez la Séptima Disposición Final de la Ordenanza Nº 2386-2021 ha establecido que si bien las Ordenanzas que aprueban el servicio de emisión mecanizada de valores para el contribuyente deben ser rati fi cadas anualmente, el Acuerdo de Concejo rati fi catorio podría tener una vigencia máxima de dos (02) ejercicios fi scales adicionales en la medida que no existan variaciones sustanciales en las condiciones que originaron la rati fi cación; para lo cual la Gerencia Municipal de la Municipalidad distrital respectiva, deberá comunicar formalmente tal decisión al SAT de Lima, hasta el último día hábil del mes de diciembre; Que, mediante informe N° 278-2023-OGAJ/MDSMP de fecha 13 de noviembre de 2023, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye emitiendo opinión favorable respecto al proyecto de ordenanza que “aprueba el régimen tributario que establece el derecho de emisión mecanizada para el ejercicio 2024”; Que, mediante Proveído N° 654-2023 GM/MDSMP de fecha 13 de noviembre de 2023 la Gerencia Municipal remite los actuados para la consideración del Concejo Municipal; Que, en consecuencia, para el ejercicio fiscal 2024, se hace necesario prorrogar la vigencia de la Ordenanza N° 539-MDSMP, ratificada por Acuerdo de Concejo N° 442-2022-MML que establece la Tasa por concepto de Derecho de Emisión Mecanizada para el Ejercicio 2023; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN TRIBUTARIO QUE ESTABLECE EL DERECHO DE EMISION MECANIZADA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024 Artículo Primero.- MARCO LEGAL APLICABLE Establecer para el ejercicio 2024 la prórroga de la Ordenanza N° 539-MDSMP, rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo N° 442-MML que establece la Tasa por concepto de Derecho de Emisión Mecanizada para el Ejercicio 2023. Artículo Segundo.- TASA POR DERECHO DE EMISION Fijar el monto de S/. 2.40 (Dos soles con 40/100 soles) por predio estándar y el costo por predio adicional de S/. 0.30 (0 soles con 30/100 soles). Este monto será abonado conjuntamente con el pago al contado del