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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (29/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de noviembre de 2023 El Peruano / DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES. Primera.- FACULTAR al alcalde para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente norma, así como la prórroga del régimen de bene fi cios implementado. Segunda.- Los montos cancelados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente norma no son considerados como pagos indebidos o en exceso, por lo que no son objeto de devolución y/o compensación. Tercera.- CONDONAR las multas tributarias, los derechos de emisión y/o las costas y gastos de cobranza coactiva de los contribuyentes, que, a la entrada en vigencia de la presente ordenanza, tengan como únicas deudas tales conceptos. Cuarta.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, a la O fi cina General de Administración y Finanzas, a la O fi cina de Tesorería, a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, el estricto cumplimiento y difusión de la presente norma y a la O fi cina de Gobierno Digital, tomar acciones y/o medidas técnicas necesarias para la implementación del presente régimen en el Sistema Integral de Administración Tributaria. Quinta.- DEROGAR toda norma que se oponga a la presente. Sexta.- PUBLICAR la presente norma en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac (www.muniPachacámac.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.ENRIQUE V. CABRERA SULCA Alcalde 2238909-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Autorizan dispensa de la publicación del edicto matrimonial de las parejas contrayentes aptas que participen en el Matrimonio Civil Comunitario 2023 aprobado con Ordenanza N° 426-MDSJL y prorrogan plazo de inscripción y recepción de expedientes matrimoniales DECRETO DE ALCALDÍA Nº 028-2023-MDSJL San Juan de Lurigancho, 22 de noviembre de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTOS; el Informe Nº 1593-2023-SGRC-SG/MDSJL, de la Subgerencia de Registro Civil, del 17 de noviembre de 2023, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el segundo párrafo del artículo 39 de la Ley Nº 27972 establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía;Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 42 de la norma acotada, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, la Ordenanza N° 426-MDSJL, autoriza la realización de dos matrimonios civiles comunitarios durante el año 2023 en el distrito de San Juan de Lurigancho, siendo el 02 de diciembre de 2023, la fecha para la realización del segundo matrimonio; Que, mediante Informe Nº 1593-2023-SGRC-SG/ MDSJL, la Subgerencia de Registro Civil, señala que a través de la Ordenanza Nº 426-MDSJL publicada en el diario o fi cial El Peruano con fecha 04 de febrero de 2023, se autoriza la realización de dos (02) Matrimonios Civiles durante el año 2023, siendo el último a celebrarse el sábado 02 de diciembre de 2023, a horas 6.00pm, estableciéndose como plazo de inscripción a partir del lunes 23 de octubre al miércoles 22 de noviembre de 2023; que estando próximo a cerrar la inscripción resulta necesario ampliar el plazo de inscripción y exoneración de la publicación del Edicto; Estando a lo expuesto y contando con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Secretaría General, Subgerencia de Registro Civil y en uso de las atribuciones contenidas en el artículo 252 del Código Civil, modi fi cado por la Ley Nº 31643, Ley que modi fi ca el Código Civil para facultar a los notarios a celebrar matrimonio civil; y el numeral 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo 1.- PRORROGAR el plazo de inscripción y recepción de los expedientes matrimoniales hasta las 17.00 horas del día miércoles 29 de noviembre de 2023, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes. Artículo 2.- Autorizar la dispensa de la publicación del edicto matrimonial de las parejas contrayentes aptas que participen en el Matrimonio Civil Comunitario 2023 aprobado con Ordenanza N° 426-MDSJL, por las razones expuestas en los considerandos precedentes. La dispensa del Edicto Matrimonial contendrá la relación de los contrayentes aptos para contraer matrimonio civil con sus datos respectivos. Artículo 3.- Encargar a la Subgerencia de Registro Civil el cumplimiento del presente decreto; a Secretaría General la publicación en el diario o fi cial El Peruano; a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional en articulación con la Subgerencia de Tecnologías de la Información la difusión en el portal institucional: www.munisjl.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JESUS MALDONADO AMAO Alcalde ANEXO Relación de Contrayentes del “Segundo Matrimonio Civil Comunitario” ITEM EXPEDIENTE EL CONTRAYENTE LA CONTRAYENTE 1 53221-2023CHAVEZ GUILLEN SERGIO ABRAHAM BETETA BUSTAMANTE ERICA URSULA 2 52156-2023ROSARIO CONDORI EDWIN ELEAZAR TAMAYO MACUYAMA CLARITA CECILIA 3 51471-2023AYALA CCEPAYA GABRIEL RODAS GUIZADO ANGELICA 4 49122-2023ROMERO VILLAFUERTE GASPAR ABELORIZANO DAMIAN OLGA 5 51847-2023OLIVA BURGOS EDUARDO JAVIER CARRERA LARRAIN ROSITA EMPERATRIZ