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13 NORMAS LEGALES Jueves 5 de octubre de 2023 El Peruano / y se realiza el empuntado, que es el anudado de todos los hilos que han quedado sueltos. En los casos en los que se han utilizado dos máquinas para realizar el tejido, se unen los dos tejidos resultantes con hilo y aguja para formar una sola pieza; Que, cabe señalar que, en la actualidad, la división del trabajo en los talleres se organiza según roles de género. De esta forma, los varones suelen ser quienes se encargan de manejar el telar a pedal, mientras que las mujeres se dedican a realizar el hilado, a bordar o a emplear telar de cintura, según sea la pieza por trabajar; Que, sobre el diseño que se plasma en las producciones textiles, como telares y tapices, se pueden identi fi car iconografías preincas de las culturas Wari, Paracas y Nasca (en muchos casos fusionados), como son los tocapu (conjunto de cuadrados con decoración geométrica), zigzags, animales (pumas, cóndores, ovejas, llamas), paisajes (símbolos asociados a actividades de la zona). También, se identi fi can diseños contemporáneos, vanguardistas, tridimensionales (a través de relieves que dan la ilusión de movimiento y profundidad), entre otros; Que, en cuanto a los portadores de estos conocimientos textiles, se auto identi fi can como tejedores. A su vez, por su ubicación y arraigo territorial en distintos barrios tradicionales de Ayacucho, se identi fi can como tejedores del barrio tradicional de Santa Ana, de Carmen Alto, de Magdalena, de Belén y de Puca Cruz, como también de otros barrios de origen más reciente como Yuraq Yuraq, la Picota, Pilacucho y Huascahura, residiendo en estos últimos, en su mayoría, tejedores jóvenes que se independizaron y abrieron sus propios talleres textiles. Vale agregar que los talleres de los tejedores se caracterizan por funcionar en la propia vivienda, conformándose una casa-taller. En esta, se transmiten los conocimientos textiles a nivel intrafamiliar; Que, en la actualidad, los tejedores que se dedican a la producción de tapices provienen de la tradición de la confección de la frazada ayacuchana, la cual rescata iconografías propias de las culturas preincas. Este tipo de frazada era producida y vendida tanto como en Ayacucho, al igual que en regiones tales como Junín y Puno. Varios de estos artesanos cuentan aún con algunas muestras de sus primeras frazadas, las cuales se caracterizan por mantener tonalidades marrones, blancas y, en algunos casos, guindas y fucsias; Que, los talleres familiares de mayor renombre, en los que se elabora el tapiz ayacuchano, son los de los Gómez, los Laura, los Oncebay y los Sulca (habiendo sido reconocidos como Personalidad Meritoria de la Cultura los tejedores Honorato Oncebay Coras y Alfonso Sulca Chávez). Igualmente, destacan los tejedores Hernan Bajalqui, Victor Moises Bravo, José de la Cruz Arango, Ciprian Fernandez, Gerardo Fernández, Alejandro Gallardo, Jesús Manuel Gómez Salma, Edmundo Huaranqa, Jesus Huarcaya, Alfredo Jayo, Nicolas Llamocca, Macedonio Palomino, Marcelino Pomataylla, Ciriaco Sosa, Benigno Quispe y su hijo Leoncio, Alejo Fernández y su hijo Inocencio, y Fortunato Gallardo y sus hijos Emiliano, Oscar y Luis; Que, luego de todo lo expuesto, se evidencia la importancia del uso del telar de pedal hasta hoy en día, siendo esta una tecnología que fue incorporada durante la Colonia y que ha ido evolucionando con el correr del tiempo. Cabe destacar que muchos de los tejedores ayacuchanos construyen sus propios telares según el tipo de piezas que crean, por lo que han innovado en el tamaño, peinetas y uso de pedales. De igual forma, es destacable el hecho de que diversos tejedores trabajen para el rescate del uso de tintes de origen vegetal, es decir de técnicas de teñido textil tradicional, que datan de tiempos ancestrales: la extracción de estos tintes se lleva a cabo en periodos especí fi cos, como momento previo al tejido en pedal, e, incluso, posee un carácter ritual. Por ejemplo, la familia Oncebay realiza una ofrenda o pago a la tierra en el mismo taller antes de iniciar la extracción y el teñido de las fi bras de ovino y/o alpaca. De acuerdo a su testimonio, si no se realiza la ofrenda, es posible que el color no resulte tan intenso o pierda su tonalidad con el transcurrir del tiempo; Que, asimismo, los procesos de transformación y preparación de la materia prima, al igual que las técnicas de tejido de las distintas piezas, son transmitidos dentro de las familias, de generación en generación a través de la participación de los hijos y nietos. Como ya fue mencionado, toda esta labor implica una división de tareas según roles de género, siendo los varones los tejedores a pedal y las mujeres las encargadas del hilado, el bordado y el uso del telar de cintura, dependiendo del tipo de pieza que se quiere producir. De igual manera, los tejedores ayacuchanos han desarrollado diversas piezas textiles, entre ellas el tapiz decorativo, las que tienen un valor simbólico y emblemático, e integran el imaginario social regional. Estas piezas presentan diversidad de iconografías, entre ellas las asociadas a culturas preincas como la Wari, que habitó en el actual territorio de Ayacucho y destacaba por su producción textil; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 338-2015- MC, se aprobó la Directiva N° 003-2015-MC, “Directiva para la Declaratoria de las Manifestaciones de Patrimonio Cultural Inmaterial y de la Obra de Grandes Maestros, Sabios y Creadores como Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural” , en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; así como su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”; Con los vistos de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección de Patrimonio Inmaterial y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley Nº 31770, Ley que modi fi ca la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio General de la Nación; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, saberes y técnicas de tejido del tapiz ayacuchano, por su original valor estético y por ser expresión de la memoria histórica y la identidad cultural del pueblo de Ayacucho. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial, en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ayacucho y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. La presente resolución y sus anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo 4.- Notifi car la presente resolución, el Informe N° 000617-2023-DGPC/MC, el Informe N° 000584-2023-DPI/MC y el Informe N° 000032-2023-DPI-CAG/MC a Ia Dirección Desconcentrada de Cultura de Ayacucho y al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.HAYDEE VICTORIA ROSAS CHAVEZ Viceministra de Patrimonio Cultural eIndustrias Culturales 2221435-1