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17 NORMAS LEGALES Jueves 5 de octubre de 2023 El Peruano / Paisaje Arqueológico “Líneas y Geoglífos de la Pampa de Ocucaje sector II VERTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNO ESTE (X) NORTE (Y) 8 8-9 95.08 224°51’34” 433661.0000 8387524.00009 9-10 250.00 113°1’15” 433657.0000 8387429.0000 10 10-11 1049.20 146°33’34” 433423.0000 8387341.0000 11 11-12 1858.42 181°47’13” 432400.0000 8387574.0000 12 12-13 2238.63 176°42’57” 430576.0000 8387930.000013 13-14 1653.66 201°8’6” 428407.0000 8388484.000014 14-15 1860.39 60°23’27” 426765.0000 8388288.000015 15-16 814.00 160°23’29” 427486.0000 8390003.000016 16-1 1271.88 201°6’41” 428035.0000 8390604.0000 TOTAL 18263.7 2520°0’2” Datum: WGS84 Proyección: UTMZona UTM: 18 SÁrea (m2): 14 845 746.00 m2 (1484.5746 ha)Perímetro: 18 263.70 m Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 006-2023-SDPCICI-DDC ICA /MC de fecha 14 de agosto de 2023, así como en el Informe N° 001030-2023-DSFL/MC, Informe N° 000140-2023-DSFL-LMS/MC y en el Plano Perimétrico con código PPROV-075-MC-DGPA-DSFL-2023 WGS84 el cual se adjunta como Anexo a la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA - Señalización xInstalar paneles informativos e hitos de delimitación. - Retiro de estructuras temporales; maquinarias, herramientas, elementos y/o Accesorios:xRetirar las estructuras temporales que se hayan dentro del polígono como cualquier otra infraestructura. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Ocucaje, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 006-2023-SDPCICI-DDC ICA/MC de fecha 14 de agosto de 2023, el Informe N° 001030-2023-DSFL/MC, Informe N° 000140-2023-DSFL-LMS/MC e Informe Nº 000189-2023-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PPROV-075-MC-DGPA-DSFL-2023 WGS84, las cuales serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SHIRLEY YDA MOZO MERCADO DirectoraDirección General de PatrimonioArqueológico Inmueble 2221717-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan Directora de la Dirección de Promoción de la Mujer Productora Agraria de la Dirección General de Gestión Territorial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0333-2023-MIDAGRI Lima, 4 de octubre de 2023VISTOS:La Nota Interna Nº 0532-2023-MIDAGRI-SG de fecha 02 de octubre de 2023, de la Secretaría General del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Memorando Nº 1098-2023-MIDAGRI-SG/OGGRH, de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, que adjunta el Informe Nº 0361-2023-MIDAGRI-SG/OGGRH-ODTH, de la Ofi cina de Desarrollo del Talento Humano; y, el Informe Nº 1654-2023-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 0213-2023-MIDAGRI-SG/OGGRH, se designó temporalmente al señor Renzo César Silva Huerta, Director de la Dirección de Articulación Intersectorial e Intergubernamental, como Director de la Dirección de Promoción de la Mujer Productora Agraria de la Dirección General de Gestión Territorial del Viceministerio de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a partir del 26 de julio de 2023, en adición a sus funciones y, en tanto se designe al titular; siendo necesario dar por concluida la referida designación temporal y, designar a la profesional que lo desempeñará; Con las visaciones del Secretario General del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; de la Directora General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos; y, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación temporal del señor Renzo César Silva Huerta, Director de la Dirección de Articulación Intersectorial e