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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (08/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Domingo 8 de octubre de 2023 El Peruano / c) Identi fi car el riesgo de la infraestructura y patrimonio de la Presidencia de Consejo de Ministros y ejecutar la implementación de las acciones de seguridad. d) Proponer la inclusión de las acciones relacionadas a la Seguridad y Defensa Nacional que se deriven de los procesos del Sistema de Defensa Nacional, en los planes sectoriales, planes de desarrollo concertado y planes estratégicos, según corresponda. e) Formular y proponer normas, directivas, metodologías u otros instrumentos para la implementación de los procesos técnicos y acciones relacionadas con el Sistema de Defensa Nacional en la Presidencia del Consejo de Ministros. f) Mantener relaciones dinámicas y permanentes de coordinación técnica - funcional con la Unidad Funcional de Gestión del Sistema de Defensa Nacional o la que haga sus veces en el Ministerio de Defensa. g) Difundir la doctrina de Seguridad y Defensa Nacional en la Presidencia del Consejo de Ministros. h) Coordinar el planeamiento y ejecución de los procesos técnicos y acciones del Sistema de Defensa Nacional en la Presidencia del Consejo de Ministros. i) Planear, coordinar y desarrollar acciones para fortalecer la identidad nacional y fomentar la cultura de Seguridad y Defensa Nacional en la Presidencia del Consejo de Ministros. j) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia. k) Las demás funciones que le asigne el/la Secretario/a Administrativo/a en el marco de sus competencias y/o aquellas que les corresponda por norma expresa.” “Artículo 64-A.- O fi cina de Gestión Documental y Atención al Ciudadano La O fi cina de Gestión Documental y Atención al Ciudadano es la unidad orgánica de apoyo encargada de la gestión documental, orientación y atención al ciudadano y archivo en la entidad, así como de la administración de la central telefónica de la Presidencia del Consejo de Ministros. Depende de la Secretaría Administrativa.” “Artículo 64-B.- Funciones de la O fi cina de Gestión Documental y Atención al Ciudadano Son funciones de la O fi cina de Gestión Documental y Atención al Ciudadano las siguientes: a) Gestionar y ejecutar los procesos de gestión documental y archivísticos en la Presidencia del Consejo de Ministros, de conformidad con la normativa vigente. b) Proponer y aplicar políticas, normas, lineamientos, directivas e instrumentos sobre gestión documental, orientación y atención al ciudadano y archivo en la entidad, en el ámbito de su competencia. c) Brindar orientación, información y atención al ciudadano de los servicios que brinda la Presidencia del Consejo de Ministros. d) Formular y proponer los planes relacionados a la gestión archivística y gestión documental en la entidad. e) Administrar la información del Sistema de Gestión Documental de la Presidencia del Consejo de Ministros. f) Administrar el Archivo Central de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco del Sistema Nacional de Archivos. g) Controlar el servicio archivístico y el acceso a los documentos archivísticos bajo su custodia, de acuerdo a la normativa vigente. h) Coordinar, supervisar y monitorear las actividades o proyectos destinados a la modernización y automatización de los procesos archivísticos y procesos de gestión documental en entornos digitales confi ables, de acuerdo con el marco normativo vigente. i) Certi fi car la copia de los documentos originales que se encuentren en custodia en el Archivo Central.j) Brindar asistencia técnica a las unidades de organización de la Presidencia del Consejo de Ministros, en las materias de su competencia. k) Administrar y atender la Central Telefónica de la Presidencia del Consejo de Ministros. l) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia. m) Las demás funciones que le asigne el/la Secretario/a Administrativo/a en el marco de sus competencias y/o aquellas que les corresponda por norma expresa.” “Artículo 64-C.- O fi cina de Relaciones Nacionales e Internacionales La O fi cina de Relaciones Nacionales e Internacionales es la unidad orgánica de apoyo, encargada de desarrollar las actividades de protocolo y de las relaciones nacionales e internacionales que cuenten con la participación de el/la Presidente/a del Consejo de Ministros; así como del desarrollo de las acciones de cooperación internacional no reembolsable, en el marco de la normativa vigente. Depende del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros.” “Artículo 64-D.- Funciones de la O fi cina de Relaciones Nacionales e Internacionales Son funciones de la O fi cina de Relaciones Nacionales e Internacionales las siguientes: a) Desarrollar actividades de relaciones nacionales e internacionales y de protocolo de el/la Presidente/a del Consejo de Ministros en coordinación con el sector competente según corresponda. b) Coordinar, organizar y preparar la agenda nacional e internacional de el/la Presidente/a del Consejo de Ministros. c) Coordinar con el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Protocolo de las reuniones con representantes de organismos internacionales y representantes de países y entidades extranjeras. d) Gestionar y ejecutar las acciones de cooperación internacional, conforme al marco normativo vigente. e) Identi fi car y priorizar la oferta y demanda de cooperación internacional no reembolsable, en coordinación con las unidades de organización de la Presidencia del Consejo de Ministros y la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, en el marco de la normativa vigente. f) Coordinar la participación de la Presidencia del Consejo de Ministros en espacios bilaterales y multilaterales de cooperación internacional no reembolsable. g) Coordinar y emitir opinión en la negociación y suscripción de instrumentos de cooperación internacional no reembolsable entre la Presidencia del Consejo de Ministros y órganos gubernamentales extranjeros y organizaciones internacionales. h) Canalizar las ofertas de becas, cursos, pasantías y otras modalidades promovidas desde la cooperación internacional no reembolsable, en coordinación con el órgano competente. i) Realizar las acciones de seguimiento a la implementación de las recomendaciones, estándares y buenas prácticas de política pública formuladas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). j) Brindar asistencia técnica en las materias vinculadas con sus funciones. k) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia. l) Las demás funciones que le asigne el/la Presidente/a del Consejo de Ministros en el marco de sus competencias y/o aquellas que les corresponda por norma expresa.” Artículo 3.- Modi fi cación de los Anexos de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros Modi fi car los Anexos 1 y 2 de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la