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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (12/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Jueves 12 de octubre de 2023 El Peruano / Designan Gerente Macro Regional de la Gerencia Macro Regional Norte del Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000195-2023-SIS/J La Victoria, 11 de octubre del 2023VISTOS: El Informe N° 000601-2023-SIS/OGAR- UGRH de la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos, el Memorando N° 003531-2023-SIS/OGAR de la O fi cina General de Administración de Recursos, el Informe Legal N° 000708-2023-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, el numeral 11.9 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Seguro Integral de Salud – SIS, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA y modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016- SA, dispone que corresponde al Jefe del SIS “designar, suspender o remover al Jefe Adjunto y a los trabajadores en cargos de dirección y con fi anza, de acuerdo a la normatividad aplicable ”; Que, mediante Nota Informativa N° 000381-2023-SIS/ SG, el Secretario General del Seguro Integral de Salud propone a la Jefatura Institucional al señor John Alexander Joo Salinas como Gerente Macro Regional de la Gerencia Macro Regional Norte; Que, mediante Memorando N° 003531-2023-SIS/ OGAR, la O fi cina General de Administración de Recursos hace suyo el Informe N° 000601-2023-SIS/OGAR-UGRH de la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos, a través del cual se veri fi ca el cumplimiento del per fi l de puesto y concluye que resulta viable designar al señor John Alexander Joo Salinas, bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, en el cargo de con fi anza de Gerente Macro Regional de la Gerencia Macro Regional Norte del Seguro Integral de Salud; Que, mediante Informe Legal N° 000708-2023-SIS/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que, en mérito a lo opinado por la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos y al amparo del numeral 11.9 del artículo 11 del ROF del SIS, resulta viable que la Jefa del SIS, en su condición de titular del pliego y máxima autoridad ejecutiva institucional, emita la resolución jefatural que designe, bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, al señor John Alexander Joo Salinas en el cargo de con fi anza de Gerente Macro Regional de la Gerencia Macro Regional Norte del SIS; Con los vistos de la Directora General (e) de la O fi cina General de Administración de Recursos; del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor John Alexander Joo Salinas, bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, en el cargo de con fi anza de Gerente Macro Regional de la Gerencia Macro Regional Norte del Seguro Integral de Salud. Artículo 2 .- Encargar a la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud la noti fi cación de la presente resolución a los interesados y a los órganos del Seguro lntegral de Salud, para conocimiento y fi nes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Jefa del Seguro Integral de Salud 2224335-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PÚBLICO Aprueban modificación de las “Condiciones y reglas generales para el uso de la playa de estacionamiento en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez”, presentadas por Lima Airport Partners S.R.L. y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 0044-2023-CD-OSITRAN Lima, 5 de octubre de 2023VISTOS: La Carta Nº C-LAP-GALG-2023-0033, de fecha 18 de setiembre de 2023, presentada por Lima Airport Partners S.R.L. (en adelante, LAP) y el Informe Conjunto N° 144-2023-IC-OSITRAN, elaborado por la Gerencia de Atención al Usuario y la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proyecto de Resolución de Consejo Directivo correspondiente; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley N° 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público y Promoción de los Servicios de Transporte Aéreo (en adelante, Ley N° 26917) establece que la misión del OSITRAN es regular el comportamiento de los mercados en los que actúan las Entidades Prestadoras, así como el cumplimiento de los Contratos de Concesión, cautelando en forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los inversionistas y de los usuarios; Que, el literal c) del artículo 3 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y sus modi fi catorias establece que la función normativa comprende la facultad de dictar en el ámbito y en materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el ámbito de competencia del OSITRAN se encuentra de fi nido en el artículo 4 de la Ley N° 26917 y en el artículo 4 del Reglamento General del OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo N° 044-2006-PCM y sus modi fi catorias (en adelante, REGO); de acuerdo con ambas disposiciones, el OSITRAN ejerce competencia sobre las entidades prestadoras que explotan infraestructura nacional de transporte de uso público; Que, de conformidad con el numeral 7 del artículo 32 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el artículo