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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (12/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Jueves 12 de octubre de 2023 El Peruano / la O fi cina de Asesoría Jurídica y Jefa de la Unidad de Recursos Humanos, en el marco de sus competencias; De conformidad con las facultades conferidas a la Dirección Ejecutiva en el literal k) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA y Resolución Directoral N° 010-2019-OTASS/DE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designación Designar, a partir del 12 de octubre de 2023, a la señora Milagros Palomino Miranda, en el cargo de Coordinadora II de la Dirección de Gestión y Financiamiento del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento. Artículo 2.- Notifi cación Notifi car la presente Resolución a la servidora citada en el artículo 1 de la presente resolución, a la Dirección de Gestión y Financiamiento y a la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Publicidad Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ERNESTO BENITES SARAVIA Director Ejecutivo 2224174-1 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Autorizan funcionamiento de Compass Group Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A., como sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores, la que en adelante se denominará Compass Group Sociedad Administradora de Fondos S.A. RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 080-2023-SMV/02 Lima, 4 de octubre de 2023 LA SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES VISTOS:El Expediente Nº 2023021377, así como el Informe Nº 1301-2023-SMV/10.2, emitido por la Intendencia General de Supervisión de Entidades, con el proveído favorable del Superintendente Adjunto de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Conasev Nº 005-2002- EF/94.10 del 1 de febrero de 2002, se otorgó autorización de funcionamiento a Compass Group Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A., para actuar como sociedad administradora de fondos de inversión; Que, Compass Group Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV autorización de funcionamiento para actuar, adicionalmente, como una sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores; Que, el artículo 33 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución Conasev Nº 068-2010-EF/94.01.1 y sus modi fi catorias; así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 023-2015-SMV/02, señalan los requisitos mínimos que deben cumplirse para que una sociedad administradora de fondos de inversión pueda obtener la autorización de funcionamiento como una sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores; Que, a efectos de veri fi car que Compass Group Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. cuenta con la infraestructura física, capacidad tecnológica y recursos humanos necesarios para su funcionamiento, la SMV, a través de la Intendencia General de Supervisión de Entidades y con la participación de representantes de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, realizó en las instalaciones de la referida sociedad una veri fi cación no presencial, a través de una plataforma virtual; Que, de la evaluación a la documentación presentada por Compass Group Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. y luego de la citada veri fi cación no presencial, se determinó que dicha sociedad cumple con los requisitos previstos para la obtención de la autorización de funcionamiento como sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores, tal como se mani fi esta en el Informe Nº 1301-2023-SMV/10.2; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 3, numeral 1, del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y sus modi fi catorias, y por el artículo 12, numeral 1, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF y sus modi fi catorias; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el funcionamiento de Compass Group Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A., como sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores, la que en adelante se denominará Compass Group Sociedad Administradora de Fondos S.A., la misma que podrá utilizar la denominación abreviada Compass Group SAF S.A. Artículo 2º.- Disponer la inscripción de Compass Group Sociedad Administradora de Fondos S.A., en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- Compass Group Sociedad Administradora de Fondos S.A. deberá acreditar ante la Superintendencia del Mercado de Valores que ha realizado la inscripción de la modi fi cación de su objeto social y denominación social, en los Registros Públicos, en el plazo establecido en el artículo 35 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución Conasev Nº 068-2010-EF/94.01.1 y sus modi fi catorias. Artículo 4º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la Página Institucional de la Superintendencia del Mercado de Valores en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/smv). Artículo 5º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución a Compass Group Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese.LORENA MASIAS QUIROGA Superintendente del Mercado de Valores 2222461-1