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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (15/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Domingo 15 de octubre de 2023 El Peruano / adjuntar copia de la escritura pública o constancia de inscripción que acredite la titularidad, acompañada de la declaración jurada del administrado acerca de su autenticidad. d) Pago por derecho de trámite. 5.2 Presentada la solicitud, cumpliendo con los requisitos señalados en el numeral 5.1, será remitida, en el día a la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, para que, dentro del plazo de treinta (30) días hábiles, realice los siguientes actos: a) Revisar la documentación adjunta en el expediente y veri fi car si se cumplen con las condiciones para el otorgamiento del Certi fi cado de Jurisdicción. b) Realizar la veri fi cación “in situ”, de corresponder. c) En caso de encontrarse conforme, elaborar el informe correspondiente, así como la Resolución y Certi fi cado de Jurisdicción. d) Noti fi car la Resolución y Certi fi cado de Jurisdicción al administrado. 5.3 De formularse observaciones, se noti fi can las mismas al administrado, para que las subsane dentro de un plazo de quince (15) días hábiles, suspendiéndose el plazo del procedimiento administrativo, el cual se reanuda con la presentación de la subsanación respectiva. De no subsanar de forma satisfactoria las observaciones, se declarará la improcedencia de lo solicitado. 5.4 Transcurrido el plazo del procedimiento administrativo sin que la municipalidad noti fi que el pronunciamiento correspondiente, se aplica el Silencio Administrativo Positivo, correspondiendo a la municipalidad otorgar el Certi fi cado de Jurisdicción, dentro de un plazo de tres (03) días hábiles. Artículo 6°.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA OBTENER EL CERTIFICADO DE NOMENCLATURA VIAL 6.1 Para obtener el Certi fi cado de Nomenclatura Vial, el administrado deberá presentar en la plataforma de mesa de partes de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (Subgerencia de Gestión Documentaria), los siguientes documentos: a) Solicitud simple indicando nombres y apellidos completos, domicilio y número de Documento Nacional de Identidad o Carné de Extranjería del administrado, correo electrónico, número telefónico de contacto, y en su caso, la calidad de representante y de la persona a quien represente, precisando los documentos que se adjuntan. b) Plano de Ubicación y Localización. c) Copia de la partida o fi cha registral del predio. d) Pago por derecho de trámite. 6.2 Presentada la solicitud, cumpliendo con los requisitos señalados en el numeral 6.1, será remitida, en el día, a la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, para que, dentro del plazo de treinta (30) días hábiles, realice los siguientes actos: a) Revisar la documentación adjunta en el expediente y veri fi car si se cumplen con las condiciones para el otorgamiento del Certi fi cado de Nomenclatura Vial. b) Realizar la veri fi cación “in situ”, de corresponder. e) En caso de encontrarse conforme, elaborar el informe correspondiente, así como la Resolución y Certi fi cado de Nomenclatura Vial. f) Noti fi car la Resolución y Certi fi cado de Nomenclatura Vial al administrado. 6.3 De formularse observaciones, se noti fi can las mismas al administrado, para que las subsane dentro de un plazo de quince (15) días hábiles, suspendiéndose el plazo del procedimiento administrativo, el cual se reanuda con la presentación de la subsanación respectiva. De no subsanar de forma satisfactoria las observaciones, se declarará la improcedencia de lo solicitado. 6.4 Transcurrido el plazo del procedimiento administrativo sin que la municipalidad noti fi que el pronunciamiento correspondiente, se aplica el Silencio Administrativo Positivo, correspondiendo a la municipalidad otorgar el Certi fi cado de Nomenclatura Vial, dentro de un plazo de tres (03) días hábiles. Artículo 7°.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA OBTENER EL CERTIFICADO NEGATIVO CATASTRAL 7.1 Para obtener el Certi fi cado Negativo Catastral, el administrado deberá presentar en la plataforma de mesa de partes de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (Subgerencia de Gestión Documentaria), los siguientes documentos: a) Solicitud simple indicando nombres y apellidos completos, domicilio y número de Documento Nacional de Identidad o Carné de Extranjería del administrado, correo electrónico, número telefónico de contacto, y en su caso, la calidad de representante y de la persona a quien represente, precisando los documentos que se adjuntan. b) Plano de Ubicación y Localización con coordenadas UTM Datum WGS84. c) Copia de la partida o fi cha registral del predio. d) Pago por derecho de trámite. 7.2 Presentada la solicitud, cumpliendo con los requisitos señalados en el numeral 7.1, será remitida, en el día, a la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, para que, dentro del plazo de treinta (30) días hábiles, realice los siguientes actos: a) Revisar la documentación adjunta en el expediente y veri fi car si se cumplen con las condiciones para el otorgamiento del Certi fi cado Negativo Catastral. b) Realizar la veri fi cación “in situ”, de corresponder. c) En caso de encontrarse conforme, elaborar el informe correspondiente, así como la Resolución y Certi fi cado Negativo Catastral. d) Noti fi car la Resolución y Certi fi cado Negativo Catastral al administrado. 7.3 De formularse observaciones, se noti fi can las mismas al administrado, para que las subsane dentro de un plazo de quince (15) días hábiles, suspendiéndose el plazo del procedimiento administrativo, el cual se reanuda con la presentación de la subsanación respectiva. De no subsanar de forma satisfactoria las observaciones, se declarará la improcedencia de lo solicitado. 7.4 Transcurrido el plazo del procedimiento administrativo sin que la municipalidad noti fi que el pronunciamiento correspondiente, se aplica el Silencio Administrativo Positivo, correspondiendo a la municipalidad otorgar el Certi fi cado Negativo Catastral, dentro de un plazo de tres (03) días hábiles. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Todos los aspectos -no considerados en la presente Ordenanza, se regirán de manera supletoria, por las normas legales vigentes sobre la materia. Segunda.- FACULTAR, al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, establezca las disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza. Tercera.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, a la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro y otras, según corresponda y conforme a sus competencias. Cuarta.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y ENCARGAR, a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, la publicación en la Plataforma Única del Estado Peruano (www.gob.pe/municieneguilla) y en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde 2224588-1