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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (18/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de octubre de 2023 El Peruano / LEY Nº 31900 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA INCORPORACIÓN EN EL CURRÍCULO NACIONAL DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DE CONTENIDOS CURRICULARES DE ESTUDIOS SOBRE EDUCACIÓN FINANCIERA Y TRIBUTARIA, CONTABILIDAD, ECONOMÍA Y DERECHOS DEL CONSUMIDOR Artículo único. Declaración de interés nacional Se declara de interés nacional la incorporación en el Currículo Nacional de la Educación Básica de contenidos curriculares de estudios sobre educación fi nanciera y tributaria, contabilidad, economía y derechos del consumidor, orientados a fortalecer el desarrollo de las capacidades y habilidades del estudiante para el ámbito laboral que le permita afrontar los incesantes cambios en la sociedad y adquirir conocimientos, superar la pobreza e impulsar el desarrollo del país. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. Implementación En el marco de la declaración establecida en el artículo único y en caso de ejecutarse el objeto de dicha declaración, el Ministerio de Educación, de conformidad con sus atribuciones y competencias, establecerá los procedimientos para la implementación de los referidos contenidos curriculares en todos los niveles del Currículo Nacional de la Educación Básica en las instituciones educativas del país. Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación. En Lima, a los veintiocho días del mes de setiembre de dos mil veintitrés. ALEJANDRO SOTO REYES Presidente del Congreso de la República HERNANDO GUERRA GARCÍA CAMPOS Primer Vicepresidente del Congreso de la República A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICAPOR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros 2226137-3 LEY Nº 31901 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA LA LEY 29973, LEY GENERAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD, PARA PROMOVER LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LAS ENTIDADES ESTATALES EN MATERIA DE DISCAPACIDAD Artículo único. Modi fi cación de los artículos 64, 69, 70, 72, 73, 74 y 75 de la Ley 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad Se modi fi can los artículos 64 -literal c)-; 69 -literal b) del párrafo 69.2-; 70 -literal a) del párrafo 70.2-; 72; 73 -párrafo 73.1 y literal d) del párrafo 73.2-;74 -literales a), b), c) y d)- y 75 de la Ley 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, que quedan redactados en los siguientes términos: “Artículo 64. Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis)El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) tiene las siguientes funciones: [...]c) Promover y proponer que, en la formulación, el planeamiento y la ejecución de las políticas y los programas de todos los sectores y niveles de gobierno, se tomen en cuenta, de manera expresa, las necesidades e intereses de la persona con discapacidad, garantizando la participación ciudadana. [...]Artículo 69. O fi cina Regional de Atención a las Personas con Discapacidad (Oredis) [...]69.2 La O fi cina Regional de Atención a las Personas con Discapacidad (Oredis) tiene las siguientes funciones: [...] b) Promover y proponer que, en la formulación, el planeamiento y la ejecución de las políticas y los programas regionales, se tomen en cuenta, de manera expresa, las necesidades e intereses de las personas con discapacidad garantizando la participación de sus organizaciones. [...] Artículo 70. O fi cina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad (Omaped) [...]70.2 La O fi cina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad (Omaped) tiene las siguientes funciones: a) Promover y proponer que, en la formulación, el planeamiento y la ejecución de las políticas y los programas locales, se tomen en cuenta, de manera expresa, las necesidades e intereses de la persona con discapacidad garantizando la participación de sus organizaciones. [...] Artículo 72. Sistema Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Sinapedis)Créase el Sistema Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Sinapedis) como sistema