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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (18/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de octubre de 2023 El Peruano / GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y servicios 83 200,00 PRODUCTO 3000734 : Capacidad instalada para la preparación y respuesta frente a emergencias y desastres ACTIVIDAD 5005561 : Implementación de brigadas para la atención frente a emergencias y desastres FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y servicios 24 800,00 PRODUCTO 3000737 : Estudios para la estimación del riesgo de desastres ACTIVIDAD 5006235 : Generación de información y monitoreo de incendios forestales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y servicios 72 000,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0130 : Competitividad y Aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de la fauna silvestre PRODUCTO 3000001 : Acciones comunesACTIVIDAD 5000276 : Gestión del ProgramaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y servicios 2 026 656,00 PRODUCTO 3000383 : Productores forestales y manejadores de fauna silvestre informados sobre el manejo sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre ACTIVIDAD 5005174 : Generación, administración y difusión de información forestal y de fauna silvestre FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y servicios 96 000,00 PRODUCTO 3000695 : Productores y manejadores forestales y de fauna silvestre con acceso y trazabilidad e fi ciente sobre los recursos forestales y de fauna silvestre ACTIVIDAD 5005180 : Otorgamiento de derechos de acceso a los recursos forestales y de fauna silvestre y acciones de seguimiento y verifi cación FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y servicios 724 560,00 ACTIVIDAD 5005600 : Inventario nacional forestal y de bosques de producción permanente, valoración y evaluación poblacional de fl ora y fauna silvestre FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 2.3 Bienes y servicios 247 720,00ACTIVIDAD 5005971 : Zoni fi cación forestal y de fauna silvestre FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y servicios 173 000,00 PRODUCTO 3000697 : Productores y manejadores forestales y de fauna silvestre capacitados y sensibilizados en el manejo e fi ciente de los recursos forestales y de fauna silvestre ACTIVIDAD 5004414 : Asistencia técnica en aprovechamiento de los recursos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y servicios 1 268 550,00ACTIVIDAD 5004413 : Capacitación y sensibilización en el manejo de los recursos forestales, ecosistemas forestales y de fauna silvestre FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y servicios 31 720,00 PRODUCTO 3000886 : Bosques con control y vigilancia efectivos ACTIVIDAD 5006320 : Vigilancia del bosque y los recursos forestales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y servicios 200 000,00 ========== TOTAL EGRESOS 4 948 206,00 ========== Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de ingresos, fi nalidades y unidades de medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diciesiete días del mes de octubre del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2226139-3 Decreto Supremo que modifica los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos en diversos gobiernos regionales y gobiernos locales, así como en diversas empresas y un organismo público de los gobiernos locales DECRETO SUPREMO N° 224-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA