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13 NORMAS LEGALES Jueves 19 de octubre de 2023 El Peruano / mediante la mejora de las políticas de gobierno corporativo y el apoyo a las buenas prácticas; así también, asume la responsabilidad de establecer estándares internacionales de gobierno corporativo; Que, la reunión incluirá un debate sobre la estrategia del Comité para promover la difusión, implementación y seguimiento de los Principios de Gobierno Corporativo revisados del G20/OCDE, los cuales fueron aprobados y puestos en conocimiento del público el 11 de septiembre de 2023, luego de casi 2 años de trabajo del Comité. La agenda también incluye temas de interés de la SMV como son: el Reporte de Sostenibilidad Corporativa Global, Bonos Sostenibles y la propuesta para elaborar unas guías para emisores de bonos corporativos no listados, así como también se informará sobre el avance en la actualización de la Guía sobre Gobierno Corporativo para empresas con propiedad del Estado; Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación la señora Lorena de Guadalupe Masías Quiroga, Superintendente del Mercado de Valores, en el mencionado evento, lo que se alinea con el objetivo estratégico institucional de la SMV de “Fortalecer la integridad del mercado de valores y del sistema de fondos colectivos” y con el objetivo estratégico sectorial de “Lograr el funcionamiento e fi ciente de los mercados y el incremento de la competitividad”; Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional, resulta pertinente autorizar el mencionado viaje, cuyos gastos son cubiertos con cargo al presupuesto de la SMV; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Lorena de Guadalupe Masías Quiroga, Superintendente del Mercado de Valores, a la ciudad de París, República Francesa, del 11 al 16 de noviembre de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectúan con cargo al presupuesto de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes aéreos: US$ 2 453.00 Viáticos (2+2): US$ 2 160.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada comisionada debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la comisionada cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2226278-1Aprueban modificación del Manual de Clasificador de Cargos del Consejo Fiscal RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 360-2023-EF/10 Lima, 18 de octubre del 2023 VISTOS:El O fi cio N° 169-2023-CF/ST de la Secretaría Técnica del Consejo Fiscal y el O fi cio N° 2282-2023-EF/43.02 de la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas; CONSIDERANDO:Que, conforme el Decreto Legislativo N° 1276, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal del Sector Público No Financiero, el Consejo Fiscal, creado mediante la Ley N° 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal, es una comisión autónoma, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, cuyo objeto es contribuir con el análisis técnico independiente de la política fi scal, mediante la emisión de opinión no vinculante a través de informes; Que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8 y 9 del Decreto Supremo N° 287-2015-EF, que establecen disposiciones para la implementación y funcionamiento del Consejo Fiscal, creado mediante la Ley Nº 30099, el Consejo Fiscal cuenta con una Secretaría Técnica, la cual se constituye como Unidad Ejecutora del pliego del Ministerio de Economía y Finanzas, quien tiene como función brindar apoyo técnico y llevar la gestión administrativa del Consejo Fiscal, además de otras funciones que se establezcan en el Reglamento Interno; Que, por Resolución de Secretaría General N° 032- 2021-EF/13, se de fi ne al Consejo Fiscal como entidad Tipo B del Ministerio de Economía y Finanzas, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, en adelante la Directiva, en cuyo literal c) del numeral 5.1 se de fi ne al Manual de Clasi fi cador de Cargos como un documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 266-2022- EF/10 se aprobó el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Consejo Fiscal; Que, el numeral 5.2.3 de la Directiva precisa que la Ofi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces, tiene como responsabilidad elaborar la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos y/o de sus modi fi caciones, de corresponder, así como el informe técnico sustentatorio; Que, respecto a la elaboración y aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos, los numerales 6.1.7 y 6.1.8 de la Directiva disponen que la entidad Tipo B debe remitir su propuesta al titular de la entidad Tipo A a la que se encuentre adscrita; siendo que la entidad tipo A, a través de su O fi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces, debe evaluar la propuesta según los lineamientos dispuestos en la directiva y en atención a su propio Manual de Clasi fi cador de Cargos; asimismo, el Titular de la entidad aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos; Que, a través del O fi cio N° 2282-2023-EF/43.02, la Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas remite el Informe N° 015-2023-MEU, por el cual se otorga opinión favorable a la modi fi cación