Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (19/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Jueves 19 de octubre de 2023 El Peruano / ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Aprueban Norma que establece el Uso del Sistema de Denuncias por Incumplimiento de Actos Administrativos o Decisiones Emitidos en el Procedimiento de Reclamos - SISDEN RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 00284-2023-CD/OSIPTEL Lima, 13 de octubre de 2023 OBJETONORMA QUE ESTABLECE EL USO DEL SISTEMA DE DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTO DE ACTOS ADMINISTRATIVOS O DECISIONES EMITIDOS EN EL PROCEDIMIENTO DE RECLAMOS – SISDEN VISTOS: (i) El Proyecto de Norma que establece el uso del Sistema de Denuncias por Incumplimiento de Actos Administrativos o Decisiones Emitidos en el Procedimiento de Reclamos - SISDEN, presentado por la Gerencia General; (ii) El Informe N° 00055-STSR/2023, que sustenta y recomienda la aprobación del referido Proyecto de Norma al que se re fi ere el numeral precedente, y con la conformidad de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, Ley Nº 27332, modi fi cada por las Leyes Nº 27631, Nº 28337 y Nº 28964, establece que el Osiptel ejerce, entre otras, la función normativa que comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materias de su competencia, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios, así como la facultad de tipi fi car infracciones por incumplimiento de obligaciones; Que, en virtud a lo dispuesto en el inciso b) del artículo 25 del Reglamento General de Osiptel, aprobado por Resolución N° 008-2001-PCM, este Organismo, en el ejercicio de su función normativa, tiene la facultad de dictar reglamentos o disposiciones de carácter general referidos a las reglas a la que están sujetos los procesos que se sigan ante cualquiera de los órganos funcionales del Osiptel; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1412, se aprobó la Ley de Gobierno Digital, la misma que establece un marco de gobernanza para la implementación del gobierno digital en las entidades de la Administración Pública, que permita la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios públicos digitales en los tres niveles de gobierno; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 047-2015-CD/OSIPTEL, se aprobó el Reglamento para la Atención de Gestiones y Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones (en adelante, Reglamento de Reclamos) 1, incorporando en el procedimiento de atención de reclamos de usuarios la fi gura de la denuncia. En efecto, en el artículo 83 de dicho cuerpo normativo, se habilitó a los usuarios a presentar denuncias ante la Secretaría Técnica de Solución de Reclamos con el fi n de que se realice la evaluación del cumplimiento de la solución anticipada de reclamos, solución anticipada del recurso de apelación, las resoluciones emitidas por la empresa operadora o por el Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (Trasu), así como la aplicación del silencio administrativo positivo; Que, en la actual regulación, la fi gura de la denuncia se encuentra recogida en el artículo 92 del Texto Único Ordenado del Reglamento para la Atención de Gestiones y Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 099-2022-CD/OSIPTEL Que, en atención a la incorporación de la fi gura de la denuncia, se implementó un proceso para la atención de las denuncias que establece el requerimiento de información a las empresas operadoras respecto del presunto incumplimiento denunciado, así como informar al usuario sobre las acciones y gestiones realizadas a fi n de coadyuvar al cumplimiento de la decisión y/o acto administrativo por el que se acogió su pretensión; siendo que las actividades antes mencionadas se realizan de manera manual. Que, en ese contexto, el Osiptel ha creado el Sistema de Denuncias por Incumplimiento de Actos Administrativos o Decisiones Emitidos en el Procedimiento de Reclamos (SISDEN), el cual permitirá que la tramitación de la denuncia se efectúe de manera más ágil y e fi ciente por parte de cada uno de los actores intervinientes, desde el ingreso de la denuncia hasta la evaluación del cumplimiento por parte de la STSR; Que, conforme a la política de transparencia de este Organismo Regulador, según lo dispuesto en los artículos 7 y 27 de su Reglamento General, y en concordancia con las reglas establecidas por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS para la publicación de proyectos de normas legales de carácter general, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 016-2023-CD/OSIPTEL publicada en el diario o fi cial El Peruano, se dispuso la publicación, para comentarios, del Proyecto Normativo referido en la sección de VISTOS; Que, sobre la base de la debida evaluación de los comentarios formulados al referido proyecto, y en mérito al sustento desarrollado en el Informe Nº 00055-STSR/2023, que incluye la respectiva Matriz de Comentarios, corresponde al Consejo Directivo del Osiptel aprobar la Norma que establece el uso del Sistema de Denuncias por Incumplimiento de Actos Administrativos o Decisiones Emitidos en el Procedimiento de Reclamos – SISDEN; En aplicación de las funciones señaladas en el inciso b) del artículo 25 del Reglamento General del Osiptel y en el inciso b) del artículo 8 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones – Osiptel, aprobado por el Decreto Supremo N° 160-2020-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión N° 952/23 de fecha 05 de octubre de 2023; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Norma que establece el Uso del Sistema de Denuncias por Incumplimiento de Actos Administrativos o Decisiones Emitidos en el Procedimiento de Reclamos - SISDEN. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para: (i) La publicación en el diario o fi cial “El Peruano” de la presente Resolución, conjuntamente con la Norma señalada en el Artículo Primero. (ii) La publicación de la presente Resolución, conjuntamente con la Norma señalada en el Artículo Primero, su Exposición de Motivos, la Matriz de Comentarios y la Declaración de Calidad Regulatoria