Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (19/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Jueves 19 de octubre de 2023 El Peruano / de Fiscalización de la Intendencia de Supervisión de IPRESS-ISIPRESS”; Que, la identi fi cación de riesgos en las IPRESS y UGIPRESS fi scalizadas advierte el incumplimiento de alguna norma legal o de otra fuente jurídica, los cuales afectan la calidad, oportunidad, aceptabilidad de la prestación de servicios de salud o gestión sanitaria; por esta razón, la ISIPRESS realiza el análisis de los riesgos detectados en las actividades de fi scalización y cursan los respectivos Informes Iniciales de Fiscalización, sobre los cuales las IPRESS y UGIPRESS deben pronunciarse mediante la remisión del Plan de Mitigación de Riesgos (PMR); el cual es un documento técnico que contiene el conjunto de compromisos y acciones realizados por el administrado para la implementación de acciones correctivas frente a los hechos advertidos durante la fi scalización, que constituyan riesgos, incumplimientos normativos u otros, así como para su tratamiento; el cual es objeto de monitoreo, seguimiento y evaluación por la ISIPRESS en el marco de sus competencias; Que, en ese contexto, se aprobó el “Manual del Plan de Mitigación de Riesgos”, mediante la Resolución de Superintendencia N° 096-2021-SUSALUD/S, el cual es un documento que establece las pautas metodológicas del PMR a cargo de la ISIPRESS y la ISIAFAS de SUSALUD, a fi n que las IPRESS, IAFAS y las UGIPRESS fi scalizadas, elaboren e implementen el referido plan, en respuesta a las acciones de fi scalización por el incumplimiento de obligaciones, prohibiciones y otras limitaciones exigibles a los administrados, derivados de una norma legal o reglamentaria, contratos con el Estado u otra fuente jurídica bajo un enfoque de cumplimiento normativo, de prevención del riesgo, de gestión y tutela de los bienes jurídicos protegidos; Que, en el marco de las disposiciones normativas antes mencionadas, la Superintendencia Adjunta de Supervisión (SASUPERVISIÓN) a través de la Intendencia de Supervisión de IPRESS (ISIPRESS) realiza el análisis de la respuesta a los Informes Iniciales (remisión de PMR y Evidencia Documentaria) remitidos por las IPRESS y UGIPRESS fi scalizadas; advirtiéndose en base al análisis realizado por la ISIPRESS en el Informe N° 001413-2022-SUSALUD-ISIPRESS; que no todas las IPRESS y UGIPRESS fi scalizadas remiten el PMR, lo que no permite la oportuna gestión de riesgos en la prestación de servicios de salud condicionando un impacto negativo en la calidad, seguridad, accesibilidad y disponibilidad al ciudadano; por lo que, se requiere establecer lineamientos operativos, en el marco de los dispuesto en el Manual del Plan de Mitigación de Riesgos, aprobado mediante la Resolución de Superintendencia N° 096-2021-SUSALUD/S; conducentes a asegurar la elaboración y remisión del Plan de Mitigación de Riesgos por parte de las IPRESS y UGIPRESS fi scalizadas por la ISIPRESS; Que, en atención a la problemática advertida y conforme a los documentos de vistos, es necesario elaborar una “Guía de Elaboración del Plan de Mitigación de Riesgos para los Administrados Fiscalizados por la Intendencia de Supervisión de IPRESS (ISIPRESS)”, a fi n que las IPRESS, y las UGIPRESS fi scalizadas, elaboren y presenten el PMR, en respuesta a las acciones de fi scalización realizada por la ISIPRESS con el objeto que la citada Intendencia evalúe el referido Plan en el marco de la gestión de riesgos en salud; Que, tratándose de una norma de carácter general, corresponde su publicación acorde a lo estipulado en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, el cual señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario O fi cial El Peruano, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales; Con los vistos del Gerente General, de la Superintendente Adjunta de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización, del Superintendente Adjunto de la Superintendencia Adjunta de Supervisión, del Intendente de la Intendencia de Supervisión de IPRESS, de la Intendente de la Intendencia de Normas y Autorizaciones, y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; Estando a lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud; el Reglamento de Organización y Funciones de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA; el Reglamento de Supervisión de la Superintendencia Nacional de Salud aplicable a las IAFAS, IPRESS y UGIPRESS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 034-2015-SA; la Resolución de Superintendencia N° 043-2014-SUSALUD/S, modi fi cada por Resolución de Superintendencia N° 044-2021-SUSALUD/S, que cambia la denominación a “Guía de elaboración y actualización de Instrumentos de Fiscalización de la Intendencia de Supervisión de IPRESS-ISIPRESS”; el Manual del Plan de Mitigación de Riesgos”, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 096-2021-SUSALUD/S; SE RESUELVE:Artículo 1.- DISPONER la publicación del proyecto de norma que aprueba la “Guía de elaboración del Plan de Mitigación de Riesgos para los administrados fi scalizados por la Intendencia de Supervisión de IPRESS (ISIPRESS)”, en el portal institucional: http://www.gob.pe/susalud, a efectos de recibir los comentarios y sugerencias de los agentes usuarios y del público en general, durante el plazo de treinta (30) días hábiles. Los comentarios, sugerencias y aportes deberán ser enviados al correo electrónico siguiente: proyectodenormas@susalud.gob.pe. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como la publicación del proyecto normativo a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución, en la página web institucional (www.gob.pe/susalud). Artículo 3.- ENCARGAR a la Intendencia de Normas y Autorizaciones la recepción, procesamiento y sistematización de los comentarios y sugerencias que se presenten, a fi n de evaluar y efectuar los ajustes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VELASCO GUERRERO Superintendente 2226005-1 Disponen la publicación del proyecto normativo que modifica el Reglamento de Junta de Usuarios de los Servicios de Salud, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 031-2019-SUSALUD/S, y el Procedimiento de Designación y Renovación de Junta de Usuarios de los Servicios de Salud, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 043-2019-SUSALUD/S RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 071-2023-SUSALUD/S Lima, 16 de octubre de 2023VISTOS:El Memorándum N° 001109-2023-SUSALUD- SAREFIS, de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización; el Informe N° 001245-2023-SUSALUD-INA y Memorándum N° 001170-2023-SUSALUD-INA, ambos de la Intendencia de Normas y Autorizaciones;