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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (21/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Sábado 21 de octubre de 2023 El Peruano / S.A.C. solicita el establecimiento de Servidumbre de Electroducto para el proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. San Martin Solar - S.E. San José”, ubicado en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, según las coordenadas UTM (WGS 84) que fi guran en el Expediente; Que, de acuerdo con la documentación que obra en el Expediente, la solicitud de establecimiento de Servidumbre de Electroducto para el proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. San Martin Solar - S.E. San José”, afecta en su totalidad a terrenos eriazos de propiedad del Estado; Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 109 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, los concesionarios están facultados a utilizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; por lo cual, en el presente caso no corresponde el pago de compensación por derecho de servidumbre; Que, la solicitud de establecimiento de Servidumbre de Electroducto para el proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. San Martin Solar - S.E. San José” presentada por la empresa JOYA SOLAR S.A.C. se encuentra amparada por el artículo 110 y siguientes del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, mediante los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el ámbito de sus competencias, han veri fi cado que la solicitud de establecimiento de Servidumbre de Electroducto para el proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. San Martin Solar - S.E. San José”, presentada por la empresa JOYA SOLAR S.A.C., ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 038-2014-EM, por lo que resulta procedente establecer la citada servidumbre; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 038- 2014-EM, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Establecer con carácter permanente el derecho de Servidumbre de Electroducto a favor de la concesión de fi nitiva de transmisión de energía eléctrica de la que es titular la empresa JOYA SOLAR S.A.C., para el proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. San Martin Solar - S.E. San José”, ubicada en el distrito de distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, según las coordenadas UTM (WGS 84) que fi guran en la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa que forman parte del Expediente, conforme al siguiente cuadro: Línea de Transmisión 220 KV S.E. SAN MARTÍN SOLAR - S.E. SAN JOSE Cód. Exp.Inicio y Llegada de la Línea EléctricaNivel de Tensión (kV)N° de TernasLongitud (km)Ancho de la Faja de Servidumbre (m) 21256623S.E. San Martín Solar - Ampliación S.E. San José 220 01 2,1 25 Ampliación S.E. San José - S.E. San José220 01 0,2 25S.E. San Martín Solar Cód. Exp. Descripción de la ServidumbreÁrea de ServidumbrePropietario 21256623S.E. San Martín Solar Coordenadas UTM (WGS 84) Vértice Este Norte 1 201 270.3200 8 152 094.2500 2 201 335.1400 8 152 094.2500 3 201 335.1400 8 151 980.4000 4 201 270.3200 8 151 980.4000Área total: 0.7380 hectáreasEstado Ampliación de la S.E. San José Cód. Exp. Descripción de la ServidumbreÁrea de ServidumbrePropietario 21256623Ampliación de la S.E. San José Coordenadas UTM (WGS 84) Vértice Este Norte 1 200 883.7400 8 153 884.8200 2 200 936.2300 8 153 820.78003 200 864.4600 8 153 761.9500 4 200 811.9700 8 153 825.9900Área total: 0.7684 hectáreasEstado Artículo 2.- Aplicar a la servidumbre establecida mediante la presente Resolución Ministerial, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3.- Disponer que la empresa JOYA SOLAR S.A.C. adopte las medidas necesarias, a fi n de que el área afectada por la servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4.- Disponer que la empresa JOYA SOLAR S.A.C. vele permanentemente para evitar que, en el área afectada por la servidumbre, o sobre ella, se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH Ministro de Energía y Minas 2225188-1 INTERIOR Designan representante del Ministerio de Energía y Minas ante el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 214-2023-IN Lima, 20 de octubre de 2023VISTOS, los O fi cios N° 541-2023-MINEM/SG y N° 825-2023-MINEM/SG del Ministerio de Energía y Minas; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 1127, se crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de