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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (26/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Jueves 26 de octubre de 2023 El Peruano / - Walter Grundel Jiménez, como representante titular. - Richard Hancco Soncco, como representante alterno. Artículo 2.- Disponer a la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental remita copia autenticada de la presente Resolución Ministerial a las instituciones que conforman el Consejo Directivo y a la Dirección Ejecutiva del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, así como a los miembros reconocidos en el artículo 1 precedente, para los fi nes de ley. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), y del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR (www.gob.pe/serfor) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíqueseJENNIFER LIZETTI CONTRERAS ÁLVAREZ Ministra de Desarrollo Agrario y Riego 2228355-1 Designan Jefe de la Unidad Zonal Cajamarca del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 347-2023-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 25 de octubre de 2023VISTOS:El Memorando Nº 2688-2023-MIDAGRI-DVDAFIR- AGRO RURAL-DE/UGRH emitido por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 270-2023-MIDAGRI- DVDAFIR-AGRO RURAL-DE se dispuso designar al señor RAUL AUGUSTO CALDERON MUNDACA en el puesto de Jefe de la Unidad Zonal Cajamarca del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural — AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación efectuada al señor RAUL AUGUSTO CALDERON MUNDACA en el puesto de Jefe de la Unidad Zonal Cajamarca del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, y designar al profesional que desempeñará dicho cargo; Que, mediante documento de visto, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos informa que de la revisión y evaluación del currículum vitae descriptivo y documentos sustentatorios, se concluye que el señor LUIS ANTONIO ZEGARRA ESCALANTE cumple con los requisitos para ser designado en el puesto de Jefe de la Unidad Zonal Cajamarca, conforme a la normativa vigente; Que, con el objeto de garantizar las actividades del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, resulta necesaria efectuar la designación del señor LUIS ANTONIO ZEGARRA ESCALANTE en el puesto de Jefe de la Unidad Zonal Cajamarca; Que, de conformidad con las facultades otorgadas a esta Dirección Ejecutiva en el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 137-2021-MIDAGRI y modi fi catorias; Contando con los vistos de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y de la Unidad de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA la designación del señor RAUL AUGUSTO CALDERON MUNDACA, en el puesto de Jefe de la Unidad Zonal Cajamarca del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR al señor LUIS ANTONIO ZEGARRA ESCALANTE en el puesto de Jefe de la Unidad Zonal Cajamarca del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.gob.pe/agrorural). Regístrese, comuníquese y publíquese.VÍCTOR ALEJANDRO BACA RAMOS Director Ejecutivo 2228711-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que aprueba una nueva escala remunerativa para los servidores comprendidos en el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728 de la Defensoría del Pueblo DECRETO SUPREMO N° 231-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el numeral 1 de la Octogésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, exonera a la Defensoría del Pueblo de lo establecido en el artículo 6 y numeral 9.1 del artículo 9 de la citada norma, para la aprobación de una nueva escala remunerativa para los servidores comprendidos en el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728; Que, el numeral 2 de la Octogésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, señala que la nueva escala remunerativa se aprueba mediante decreto supremo, a solicitud del Pliego, de conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público y de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo, el numeral 4 de la Octogésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que la implementación de la referida disposición, se sujeta al presupuesto institucional de la Defensoría del Pueblo, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, mediante el O fi cio N° 0140-2023-DP y el O fi cio N° 027-2023-DP/SG, la Defensoría del Pueblo solicita la aprobación de una nueva escala remunerativa para los servidores comprendidos en el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, adjuntando para tal efecto el Memorando N° 324-2023-DP/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto. Asimismo, remite información complementaria a través del O fi cio N° 0567- 2023-DP que adjunta el Memorando N° 617-2023-DP/OPP que contiene el Informe N° 0015-2023-DP/OPP-PRE a través del cual señala que la Defensoría del Pueblo cuenta con saldos disponibles para implementar lo dispuesto en la Octogésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023;