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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (26/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Jueves 26 de octubre de 2023 El Peruano / Que, con Resolución Viceministerial N° 102-2023-MINEDU, se convoca al Concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año 2023, y se aprueba el respectivo cronograma; Que, a través del O fi cio Nº 02127-2023-MINEDU/ VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 14767-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, dependiente de la referida Dirección General, a través del cual se propone y sustenta la necesidad de modi fi car el Cronograma del Concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año 2023, aprobado por Resolución Viceministerial N° 102-2023-MINEDU, en atención a las di fi cultades presentadas en el proceso de contratación para la ejecución del servicio de diseño, impresión, modulado y embalaje de fi chas ópticas, captura de datos, digitalización y cali fi cación de las pruebas nacionales, indispensables para la implementación de la aplicación de la Prueba Nacional del mencionado concurso; Que, bajo dicho contexto, la propuesta tiene por objeto realizar la modi fi cación de las fechas de inicio y fi n de las actividades del cronograma del citado concurso; a partir de la actividad N° 3 denominada “Aplicación de la Prueba Única Nacional”, y subsiguientes, con excepción de las fechas de fi n de las actividades N° 17 y N° 19; referidas a la “Emisión de resoluciones de ascenso de escala magisterial a ganadores del concurso” y “Emisión de resoluciones de ascenso de escala magisterial a ganadores de la fase excepcional del concurso”, respectivamente, con la fi nalidad de coadyuvar el desarrollo de las actividades del referido concurso y, de esta forma, cautelar el buen inicio del Año Escolar 2024, programado para marzo de 2024; Que, la propuesta de modi fi cación cuenta con la opinión favorable de la Dirección Técnico Normativa de Docentes y de la Dirección General de Desarrollo Docente; Que, con Informe N° 01718-2023-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emite opinión favorable respecto de la propuesta de modi fi cación, por cuanto la misma se encuentra alineada con los instrumentos de plani fi cación estratégica institucional y sectorial del sector Educación; y no irrogará gastos adicionales al Pliego 010. M. de Educación; Que, a través del Informe N° 01355-2023-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que la modi fi cación del citado cronograma resulta legalmente viable; Que, de acuerdo con el literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 002-2023-MINEDU, se delega en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley N° 29944, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 002-2023-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el Cronograma del Concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año 2023, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 102-2023-MINEDU, el cual queda redactado conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.FATIMA SORAYA ALTABAS KAJATT Viceministra de Gestión Pedagógica (e) 2228226-1 ENERGÍA Y MINAS Otorgan a favor de ELECTRONOROESTE S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Zorritos - S.E. Tumbes II Terna”, ubicada en el departamento de Tumbes RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 365-2023-MINEM/DM Lima, 18 de setiembre de 2023VISTOS: El Expediente Nº 14406423 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el proyecto “Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Zorritos– S.E. Tumbes II Terna”, presentada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad – ELECTRONOROESTE S.A.; el Informe Nº 672-2023-MINEM/DGE-DCE y el Memorando Nº 02313-2023-MINEM/DGE, de la Dirección General de Electricidad; el Memorando Nº 00547-2023/MINEM-VME, del Viceministerio de Electricidad; el Informe Nº 0948-2023-MINEM/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante documento con Registro Nº 3454331, de fecha 21 de febrero de 2023, la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad – ELECTRONOROESTE S.A. solicita el otorgamiento de la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el proyecto “Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Zorritos– S.E. Tumbes II Terna”, ubicado en los distritos de Tumbes, Corrales, La Cruz, San Juan de la Virgen y Zorritos, provincias de Tumbes y Contralmirante Villar y departamento de Tumbes; Que, de acuerdo a la memoria descriptiva del proyecto, este consiste en la construcción de una línea eléctrica en 60 kV de aproximadamente 23,585 km de longitud, compuesta por dos (02) tramos: Un tramo aéreo con cable AAAC-240mm2 (23,10 km) y un tramo subterráneo con cable de energía CU XLPE-240 mm2 (0,485 km), los cuales componen la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Zorritos– S.E. Tumbes II Terna; la cual tiene la fi nalidad de garantizar la con fi abilidad del suministro eléctrico en la zona norte del departamento de Tumbes; Que, de conformidad con el artículo 28 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, la solicitud de concesión que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 25, debe resolverse en un plazo máximo de sesenta días hábiles a partir de la fecha de su presentación, sin considerar la presentación de los incidentes que se promuevan, los cuales suspenderán el plazo hasta que queden resueltos; asimismo, el referido artículo establece que la concesión de fi nitiva será otorgada por Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas; Que, el artículo 37 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece los requisitos para el