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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (26/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Jueves 26 de octubre de 2023 El Peruano / RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que autoriza al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a efectuar el pago de la cuota internacional no contemplada en el Anexo B: Cuotas Internacionales para el Año Fiscal 2023 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 DECRETO SUPREMO N° 027-2023-RE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se aprueba el Anexo B: Cuotas Internacionales-Año Fiscal 2023, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a las cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Año Fiscal 2023; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.4 del artículo 1 de la Ley Nº 31638, las cuotas internacionales no contempladas en el Anexo B: Cuotas Internaciones-Año Fiscal 2023, se aprueban de acuerdo a la formalidad prevista en el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del pliego respectivo, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, en atención a la formalidad establecida en el numeral 69.2 del artículo 69 del referido Decreto Legislativo, el pago de las cuotas internacionales no contempladas en el Anexo B, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el ministro de Relaciones Exteriores y el ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último; Que, mediante O fi cio N° 2944-2023-JUS/SG, de 10 de octubre de 2023, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores la autorización para efectuar el pago de la cuota internacional a favor de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos-OCDE, no contemplada en el Anexo B de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Que, en el presupuesto del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se han previsto los recursos para el pago de la cuota internacional a favor de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos-OCDE, por lo que corresponde emitir el Decreto Supremo que apruebe dicho pago; Que, en virtud de lo señalado en el numeral 1 del inciso 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, el presente proyecto normativo se considera excluido del alcance del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; y el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1.- Aprobación Se aprueba la cuota internacional a favor de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)Artículo 2.- Autorización Se autoriza al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a efectuar el pago de la cuota internacional no contemplada en el Anexo B de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle: PLIEGO PRESUPUESTARIOMONEDA MONTO PERSONA JURÍDICA 006: Ministerio de Justicia y Derechos HumanosEUROS 287 000,00Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) Artículo 3.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto Supremo se ejecuten con cargo al presupuesto institucional del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 4.- Equivalencia en moneda nacional y extranjera Disponer que la equivalencia en moneda nacional y extranjera, sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 5.- Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2228751-3 SALUD Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Hospital Santa Rosa RESOLUCIÓN SECRETARIAL Nº 293-2023/MINSA Lima, 25 de octubre del 2023Visto, el Expediente N° OGGRH020230000439 que contiene el Memorándum N° D003331-2023-OGGRH-MINSA de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, el O fi cio N° 000791-2023-SERVIR-PE que remite el Informe Técnico N° 000183-2023-SERVIR-GDSRH de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR y el Informe N° 001086-2023-OGAJ-MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece en su Cuarta Disposición Complementaria Final, modi fi cada por el Decreto Legislativo N° 1450, que el Cuadro para Asignación de Personal – CAP y el Presupuesto Analítico de Personal PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE; Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley N° 30057,