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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (07/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Jueves 7 de setiembre de 2023 El Peruano / Que, mediante Resolución de Consejo Universitario N° 051-2023-UNTELS-CU, de fecha 25 de julio de 2023, se aprobó la “Directiva para la Autorización y Rendición de Viáticos por Comisión de Servicios del Personal de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur”; Que, mediante Informe N° 001-2023-UNTELS-DIEIS- MDCA, de fecha 28 de agosto de 2023, el docente Ph.D. Ing. Mark Donny Clemente Arenas, en su condición de Co- investigador del Proyecto: PE501084106-2023-PROCIENCIA, solicita al Vicerrector de Investigación, la asignación de recursos por concepto de viáticos y pasajes aéreos para la visita de coordinación (comisión de servicios) a la Universidad Estadual de Campinas - Brasil, con el objetivo de cumplir las actividades programadas en el Plan Operativo del proyecto PE501084106-2023-PROCIENCIA, en tal razón, adjunta el detalle por diversos conceptos y montos: Concept o DólaresTipo de Cambio ReferencialSolesTotal, por 4 Días Viáticos a Nivel Internacional por Dia (del 07 al 10 de setiembre 2023)$ 370 4.00S/ 1,480.00S/ 5,920.00 Pasajes Aéreos a Nivel Internacional Ida: 07 de setiembre 2023Vuelta: 10 de setiembre 2023$ 750.00 4.00S/ 3,000.00S/ 3,000.00 Que, mediante O fi cio N° 329-2023-UNTELS-CU- R-VRI, de fecha 28 de agosto de 2023, el Vicerrector de Investigación traslada a la Rectora de la UNTELS, el Informe N° 001-2023-UNTELS-DIEIS-MDCA, para el viaje en comisión de servicios del docente Ph. D. Ing. Mark Donny Clemente Arenas, quien realizará una visita de coordinación a la Universidad Estadual de Campinas - Brasil, en el marco del proyecto “Alianzas Interinstitucionales para Programas de Doctorado – Etapa I”, a desarrollarse del 07 al 10 de setiembre de 2023; Que, mediante Proveído N° 694-2023-UNTELS-R, de fecha 29 de agosto de 2023, la Rectora de la UNTELS, remite a la Secretaria General, el expediente de viaje en comisión de servicios del docente Ph. D. Ing. Mark Donny Clemente Arenas, para la visita de coordinación a la Universidad Estadual de Campinas – Brasil, a ser evaluado y aprobado en sesión extraordinaria del Consejo Universitario; Que, mediante O fi cio N° 00709-2023-UNTELS-R-OPP, de fecha 31 de agosto de 2023, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, remite a la Secretaria General, en referencia al O fi cio N° 0205-2023-UNTELS-R-SG, la disponibilidad presupuestal para atender el requerimiento de gasto por viaje en comisión de servicios a la Universidad Estadual de Campinas – Brasil, del docente Ph. D. Ing. Mark Donny Clemente Arenas, programado del 07 al 10 de setiembre de 2023, por el importe total de Ocho Mil Novecientos Veinte y 00/100 Soles (S/ 8,920.00); Que, con fecha 31 de agosto de 2023, en sesión extraordinaria los miembros del Consejo Universitario acordaron por unanimidad: autorizar el viaje en comisión de servicios del docente Ph. D. Ing. Mark Donny Clemente Arenas, programado del 07 al 10 de setiembre a la Universidad Estadual de Campinas – Brasil; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria N° 30220, de fecha 09 de julio de 2014, la Resolución N° 002-2023-CEU-UNTELS, de fecha 12 de mayo de 2023, y el Estatuto a la Rectora y al Consejo Universitario de la UNTELS; RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje en comisión de servicios del docente Ph. D. Ing. MARK DONNY CLEMENTE ARENAS, a la “Universidad Estadual de Campinas – Brasil”, programado del 07 al 10 de setiembre de 2023, en el marco del proyecto denominado: “Alianzas Interinstitucionales para Programas de Doctorado – Etapa I”. Artículo Segundo.- DISPONER la asignación de viáticos y pasajes aéreos internacionales con cargo al Presupuesto Institucional 2023, a nombre del docente Ph. D. Ing. MARK DONNY CLEMENTE ARENAS, para el viaje en comisión de servicios a la Universidad Estadual de Campinas – Brasil, por el importe total de Ocho Mil Novecientos Veinte y 00/100 Soles (S/ 8,920.00), según el detalle descrito Concepto DólaresTipo de Cambio ReferencialSolesTotal, por 4 Días Viáticos a Nivel Internacional por Dia (del 07 al 10 de setiembre 2023)$ 370 4.00S/ 1,480.00S/ 5,920.00 Pasajes Aéreos a Nivel Internacional Ida: 07 de setiembre 2023Vuelta: 10 de setiembre 2023$ 750.00 4.00S/ 3,000.00S/ 3,000.00 - Disponibilidad según O fi cio N° 00709-2023-UNTELS- R-OPP Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente resolución en el Portal de Transparencia Estándar de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente resolución al Vicerrector de Investigación, Director General de Administración y O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto de la UNTELS. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.GLADYS MARCIONILA CRUZ YUPANQUI Rectora MARLY KARINA URIBE ALLAUCA Secretaria General 2212060-1 Autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a favor de la Contraloría General de la República SECRETARÍA GENERAL UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1067-2023 Arequipa, 10 de agosto de 2023VISTOS los O fi cios N° 000773-2022-CG/SGE del 13 de octubre de 2022, N° 000180-2022-CG/SESNC del 10 de noviembre de 2022, N° 000019-2023-CG/PLPREPI del 31 de enero de 2023, emitidos por la Contraloría General de la República y el O fi cio N° 1501-2023-DIGA de la Dirección General de Administración. CONSIDERANDO:Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa está constituida conforme a la Ley N° 30220, Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, cientí fi ca y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Que, según el artículo 8° de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 8° del Estatuto Universitario, el Estado reconoce la autonomía universitaria que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la citada Ley y demás normativa aplicable y se mani fi esta en los regímenes Normativo, de Gobierno, Académico, Administrativo y Económico. Que, de acuerdo al artículo 2° de la Ley N° 31358, que establece medidas para la expansión del Control