NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (08/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 59
59 NORMAS LEGALES Viernes 8 de setiembre de 2023 El Peruano / Artículo Segundo.- Disponer que el nombramiento, designación y destaque, señalados en el artículo primero, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2213106-1 Dan por concluido el nombramiento de Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Piura RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2237-2023-MP-FN Lima, 7 de setiembre de 2023VISTOS Y CONSIDERANDO:Los o fi cios N.ros 2976 y 3100-2023-MP-FN- OCEFETID, cursados por el abogado Daniel Alberto Jara Espinoza, Jefe de la O fi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas, mediante los cuales eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas del Callao, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante, y ser destacado para que preste apoyo al Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Tarapoto, Distrito Fiscal de San Martín; asimismo, eleva la propuesta de reemplazo para la plaza a generarse. El numeral 3 del artículo 65° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley N° 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la ley N° 30483, también modi fi cada mediante Ley N° 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. La Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al personal fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, nombramiento y designación que tendrá vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N.º 31718. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Gillmar Alejandro Torero López, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Piura, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Piura, así como la prórroga de los mismos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.ros 2118-2022-MP-FN y 1590-2023-MP-FN, de fechas 06 de octubre de 2022 y 28 de junio de 2023. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Gillmar Alejandro Torero López, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao, designándolo en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas del Callao, y destacándolo para que preste apoyo al Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas - Sede Tarapoto, Distrito Fiscal de San Martín. Artículo Tercero.- Nombrar al abogado Carlos Eduardo Llacsahuanga Clavijo, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Piura, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Piura. Artículo Cuarto.- Disponer que los nombramientos, designaciones y destaque señalados en los artículos segundo y tercero de la presente resolución, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que algún magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Callao y Piura, Coordinador del Despacho de la Fiscalía de la Nación, ante la Sección de Asuntos para Narcóticos (NAS) y DEA de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica y demás organismos vinculados en la lucha contra el Trá fi co Ilícito de drogas y delitos conexos, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2213107-1 Nombran Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Cusco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2238-2023-MP-FN Lima, 7 de setiembre de 2023