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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (08/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Viernes 8 de setiembre de 2023 El Peruano / de Reactivación del Sector Turismo 2022 -2025, publicada en el diario El Peruano el 16 de mayo de 2022, la cual en su objetivo Nº 1 respecto a “Fortalecer la gobernanza y gestión turística en los destinos” señala en su Línea de Acción Nº 8: GENERAR ESPACIOS DE COORDINACIÓN Y GOBERNANZA ENTRE PÚBLICOS Y PRIVADOS que hace referencia a “Impulsar la reinstalación y fortalecimiento de los Comités Consultivos Regionales de Turismo”; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del artículo 45º de la misma Ley Orgánica, establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, concordante con el artículo 158º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2012-GRA/CR, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; Ley Nº 27568, Ley Marco de Modernización de la Gestión Pública; Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM-SGP; Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 003-2018-PCM/SGP; y demás normas conexas; el Consejo Regional de Ayacucho con el voto aprobatorio por unanimidad de sus miembros, luego de la deliberación y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprueba la siguiente; ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero.- APROBAR la Creación, del Comité Consultivo Regional de Turismo de la Región Ayacucho. Artículo Segundo.- CONFORMAR, el Comité Consultivo Regional de Turismo de la Región Ayacucho”, integrado por las instituciones siguientes: • Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional de Ayacucho, quien asumirá la Secretaría Técnica. • Dirección de Coordinación de las O fi cinas Regionales de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ. • Un (01) Representante de la Cámara Regional de Turismo de Ayacucho. • Un (01) representante de las universidades e instituciones educativas vinculadas al sector turismo. • Un (01) representante del Colegio de Licenciados en Turismo de Ayacucho. • Un (1) representante de las Asociaciones de Guías de Turismo de Ayacucho. • Comisaría de Turismo de Ayacucho de la Policía Nacional del Perú. • Un (1) representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI – Ayacucho. • Dirección Desconcentrada de Cultura Ayacucho• Un (1) representante del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP – Ayacucho. • Municipalidad Provincial de Huamanga.• Municipalidad Provincial de Huanta.• Municipalidad Provincial de Víctor Fajardo.• Municipalidad Provincial de Vilcashuamán.• Municipalidad Provincial de Cangallo.• Municipalidad Provincial de Huancasancos.• Municipalidad Provincial de La Mar. • Municipalidad Provincial de Lucanas. • Municipalidad Provincial de Paucar del Sara Sara.• Municipalidad Provincial de Sucre. • Municipalidad Provincial de Parinacochas.• Un (1) representante de Asociaciones de Empresarios de Transporte Turístico de Ayacucho. • Un (1) representante de la Asociación de Artesanos de Ayacucho. • Un (1) representante del Consejo Regional de Gastronomía y Turismo de Ayacucho. • Un (1) representante de Asociaciones de Agencias de Viajes de Ayacucho. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Ayacucho la formulación del Reglamento que permita la implementación, organización, funcionamiento y sostenibilidad del Comité Regional de Turismo de Ayacucho; en un plazo de 60 días calendarios. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Ayacucho, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario o fi cial “El Peruano” y en el portal electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho, conforme dispone el artículo 42º de la Ley Nº 27867. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ayacucho para su respectiva promulgación, conforme a Ley. En la sede del Consejo Regional de Ayacucho, a los 21 días del mes de diciembre del año dos mil veintidós. RÓGER PALOMINO VILCATOMA PresidenteConsejo Regional POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en Ayacucho, en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 28 días del mes de diciembre del año dos mil veintidós. CARLOS ALBERTO RUA CARBAJAL Gobernador 2212526-1 GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Ordenanza Regional que aprueba el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023 Cajamarca – Región Cajamarca CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N° D7-2023-GR.CAJ/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DE CAJAMARCAPOR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA VISTO:En la Sexta Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, llevado a cabo el día 26 de junio del 2023, como punto de post agenda: Dictamen N° D12-2023-GR.CAJ/COAJ, de fecha 21 de junio de 2023, relativo al “Proyecto de Ordenanza Regional que Aprueba el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023 – Región Cajamarca”; y,