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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (08/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 89

89 NORMAS LEGALES Viernes 8 de setiembre de 2023 El Peruano / Que, el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD), estará integrado por los Representantes de la Sociedad Civil del Distrito de Santa Rosa, y estos ejercerán el cargo de miembros del CCLD por un periodo de dos (2) años, no existiendo reelección Inmediata; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 129-2021-A/ MDSR, se reconoció a los dos (2) representantes de la Sociedad Civil que integraron el CCLD de Santa Rosa, de acuerdo a ley; Que, el CCLD de Santa Rosa, conforme a la Resolución de Alcaldía del periodo fi scal 2021 antes mencionado está conformado por: a) El Alcalde, quien lo preside, pudiendo delegar tal función con el Teniente Alcalde. b) Los cinco (05) Regidoresc) Dos (02) Representantes de la Sociedad Civil, cuyo número es producto del cálculo del 40% del número legal de miembros del concejo municipal, elegido democráticamente para el periodo de dos años. Que, conforme a los nuevos integrantes del Concejo Municipal Distrital de Santa Rosa para la gestión municipal 2023-2026, se han considerados y proclamados a siete regidores municipales, por el cual, conforme lo establece el art. 102º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con respecto a la conformación de los integrantes del CCLD por los representantes de la sociedad civil, es en proporción del cálculo del 40% del número legal de miembros del concejo municipal elegidos democráticamente; es por ello que se deberá de considerar la modi fi cación de algunos artículos del Reglamento de Conformación del CCLD de Santa Rosa, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 478-2018-MDSR, de fecha 27 de abril del 2018, ordenanza que aprueba el Reglamento de Conformación del Concejo de Coordinación Local del Distrito de Santa Rosa, el cual se encuentra vigente a la fecha; Que, conforme lo señala la tercera disposición transitoria y fi nal, en su última línea, de la Ordenanza Municipal Nº 478-2018-MDSR, que aprueba el Reglamento de Conformación del CCLD de Santa Rosa, el cual se encuentra vigente a la fecha, dice: “(…) Los actuales representantes de la sociedad civil mantendrán sus funciones hasta la juramentación de los representantes electos”; Que, la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, tiene el deber de promover la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión, tal como lo indica la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, en este orden de líneas, de acuerdo al Art. 63º, núm. 30) del ROF, son funciones de la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social, Presidir el comité de elección de los representantes de la sociedad civil del distrito ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, efectuando las coordinaciones con la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Participación Vecinal; Que, en virtud a lo señalado líneas anteriores, la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Participación Vecinal de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, solicita prorrogar la vigencia de los miembros representantes de la Sociedad Civil que integran el Consejo de Coordinación Local Distrital, dado que a la fecha no hay representantes del CCLD, asimismo realiza la propuesta de modi fi cación de algunos artículos del reglamento de conformación del CCLD Santa Rosa, que fue aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 478-2018-MDSR, motivo por el cual alcanza el proyecto de ordenanza a la Gerencia Municipal a fi n que se pueda realizar las coordinaciones necesarias sobre los planes de desarrollo concertado y los presupuestos participativos, entre otros a favor de la comunidad; Que, con Informe Nº 0089-2023-GPP/MDSR la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, habiendo analizado y evaluado el proyecto de Ordenanza que prorroga la vigencia de los representantes de La sociedad civil como miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital -CCLD de Santa Rosa, expresa la viabilidad del proyecto en mención hasta que se produzca la proclamación de los nuevos representantes elegidos en el proceso eleccionario mediante resolución de Alcaldía Nº 129-2021-A/MDSR; Que, mediante Informe Legal Nº 093-2023-GAJ/MDSR, la Gerencia de Asesoría Jurídica luego del análisis legal correspondiente señala que el proyecto de ordenanza que prorroga la vigencia de los representantes de la sociedad civil como miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital, CCLD de Santa Rosa, se encuentra ajustado a derecho, encontrándolo viable, hasta que se produzca la proclamación de los nuevos representantes elegidos en el proceso eleccionario del presente año, recomendando se eleven los correspondientes actuados al Concejo Municipal para su análisis y de considerarlo pertinente proceder a su aprobación; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 9º, numeral 8), artículo 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, con el VOTO UNÁNIME, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL COMO MIEMBROS DELCONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL – CCLD DE SANTA ROSA Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de los representantes de la Sociedad Civil, como miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital - CCLD de Santa Rosa, hasta que se produzca la proclamación de los nuevos representantes elegidos en el proceso eleccionario del presente año, el cual será convocado por el señor Alcalde. Artículo Segundo.- Modi fi case los artículos 3º, 4º, 14º, 17º, y 19º del Reglamento de la ordenanza Municipal Nº 478-2018-MDSR, conforme queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 3º: Composición del concejo de coordinación local: 1) El Alcalde, quien lo preside. 2) Los siete (7) regidores del concejo municipal, y 3) Tres (3) representantes de la sociedad civil, cuyo número es producto del cálculo del 40% del número legal de miembros del concejo municipal, elegidos democráticamente para el periodo de dos (2) años”. “Artículo 4º: Representantes de la Sociedad Civil: Los tres (3) representantes de la sociedad civil ante el consejo de coordinación local son elegidos democráticamente por todos los representantes de las organizaciones del distrito de Santa Rosa debidamente inscrito en el correspondiente Libro de registro de Organizaciones del Distrito y que fi guren en el padrón electoral de fi nitivo”. “Artículo 14º: Recursos Administrativos: Contra la denegatoria de la solicitud de inscripción procede opcionalmente el recurso de reconsideración que lo resuelve la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social y/o la Gerencia que haga sus veces, y el recurso de apelación lo resuelve la Gerencia Municipal en uso de sus facultades delegadas”. “Artículo 17º: Convocatoria: El Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía, convoca a elecciones de los representantes de las organizaciones del Distrito de Santa Rosa ante el Consejo de Coordinación Local Distrital-CCLD, con una anticipación no menor de treinta (30) días calendarios antes del vencimiento del mandato de dichos representantes”. “Artículo 19º: Conformación:El Comité Electoral estará integrado por los siguientes miembros: TITULARES (Se modi fi ca al primer titular, el resto queda tal cual lo contempla el reglamento) - Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social, quien lo preside (…)