NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (08/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 86
86 NORMAS LEGALES Viernes 8 de setiembre de 2023 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Convocan a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2023 – II de la Municipalidad Distrital de Miraflores DECRETO DE ALCALDÍA N° 008-2023/MM Mira fl ores, 4 de setiembre de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES Vistos, el Memorándum N° 238-2023-GPV/MM de fecha 24 de agosto de 2023, emitido por la Gerencia de Participación Vecinal; el Informe N° 257-2023-GAJ/MM de fecha 28 de agosto de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 1462-2023- GM/MM de fecha 28 de agosto de 2023, emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la mencionada ley mediante decretos de alcaldía; asimismo, el artículo 42° de la referida norma legal, establece que los decretos de alcaldía establecen las normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Consejo Municipal; Que, a través de la Ley N° 31433, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 06 de marzo de 2022, se modi fi caron algunos artículos de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, entre ellos el numeral 36 de su artículo 20°, mediante el cual señala que es una atribución del Alcalde, convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales, conforme a la circunscripción de gobierno local; Que, asimismo, la Ley N° 31433, incorpora el artículo 119-A a la Ley N° 27972, estableciendo que las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las di fi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos, asimismo, establece que los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fi scal; Que, mediante la Resolución Directoral N° 11-2021-JUS-DGTAIPD, se aprueba el “Lineamiento para la implementación y actualización del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública”, el mismo que tiene como objetivo establecer las disposiciones para una adecuada implementación y actualización del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública, como herramienta de transparencia activa y proactiva, a efectos de garantizar el cumplimiento del principio de publicidad de la información, fomentando una cultura de transparencia y fortaleciendo la vigilancia ciudadana sobre los actos de la Administración Pública; Que, en el Anexo I: Cuadro de contenidos de información desagregados según los rubros temáticos del Lineamiento antes citado, señala que dentro del rubro de Participación Ciudadana se encuentra las Audiencias Públicas; Que, el literal g) del artículo 60° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Mira fl ores que fue aprobado mediante Ordenanza N° 475/MM, modi fi cado por la Ordenanza N° 488/MM y cuyo texto de fi nitivo ha sido aprobado por la Ordenanza N° 504/MM del 15 de noviembre de 2018 y modi fi cado mediante Ordenanza N° 557/MM publicada el 28 de noviembre de 2020, establece que una de las funciones de la Gerencia de Participación Vecinal es: “Proponer, organizar y conducir el desarrollo de mecanismos participativos de control y vigilancia ciudadana como Cabildos Abiertos y Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas, en coordinación con las unidades orgánicas competentes”; Que, mediante el Memorándum N° 238-2023- GPV/MM de fecha 24 de agosto de 2023, la Gerencia de Participación Vecinal hace suyo el Informe N° 006-2023-MHH-GPV/MM, mediante el cual sustenta la propuesta de convocar a Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2023-II de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores, adjuntando para ello el proyecto de decreto de alcaldía correspondiente y, además, solicita a la Gerencia de Asesoría Jurídica que emita su opinión; Que, mediante el Informe N° 257-2023-GAJ/MM de fecha 28 de agosto de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente procedente continuar con el trámite de aprobación del decreto de alcaldía que tiene como objetivo convocar a Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2023-II de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores; Que, mediante el Memorándum N° 1462-2023-GM/ MM de fecha 28 de agosto de 2023, la Gerencia Municipal remite el Informe N° 257-2023-GAJ/MM juntamente con los actuados administrativos y solicita proseguir con el trámite correspondiente, conforme a lo recomendado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; Que, mediante el Informe Nº 017-2023-GPV/MM de fecha 04 de septiembre de 2023, la Gerencia de Participación Vecinal solicita a la Secretaría General variar la fecha de la realización de la Audiencia Pública de Rendición de Cuenta 2023-II, adjuntando para ello el cronograma modi fi cado, el cual deberá tenerse en cuenta para la emisión del decreto de alcaldía respectivo; De acuerdo con lo expuesto, y de conformidad con lo previsto por numeral 6 del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo Primero.- CONVOCAR a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2023 – II de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores, la misma que se llevará a cabo en modalidad virtual, conforme al cronograma que se detalla a continuación: ACTIVIDAD PROGRAMADA FECHA Difusión y convocatoria (Diario O fi cial El Peruano; www.mira fl ores.gob.pe; redes sociales institucionales)08 de Setiembre de 2023 Inscripción, Registro de Participantes y presentación de preguntas y/o consultas.(Medio: Formulario Google, difundido a través del Portal Web: www.mira fl ores.gob.pe, y redes sociales institucionales)Hasta el lunes 18 de Setiembre de 2023 Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2023, modalidad virtual(Medio: Plataforma Virtual y Trasmisión en vivo a través de redes sociales institucionales)Viernes 22 de setiembre de 2023, a horas 9:00 a.m. Publicación de la Información de Rendición de Cuentas en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad(Medio: Portal Web: www.mira fl ores.gob.pe)Martes 03 de Octubre de 2023 Artículo Segundo.- PRECISAR que los ciudadanos o representantes de organizaciones privadas o entidades públicas podrán registrar su participación, preguntas y/o consultas a través de un formulario virtual generado para dicho fi n, el cual será difundido a través del Portal Web de la Municipalidad (https://www.gob.pe/mira fl ores.gob. pe) y en las redes sociales institucionales o, remitiéndola de manera directa a través de la mesa de partes ubicada