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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (12/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Martes 12 de setiembre de 2023 El Peruano / aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 392- 2020-CG, y sus modi fi catorias, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del OCI es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del OCI designado por la Contraloría General de la República ejerce sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el período de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación de los Jefes del OCI termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del OCI; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación de fi nitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación en el cargo; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 076- 2023-CG, de fecha 27 de febrero de 2023, se designó al señor Luis Manuel Del Carmen Vásquez Limo en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Chota; Que, la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, mediante la Hoja Informativa Nº 000083-2023-CG/VCST, en atención a sus competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº 179-2021-CG, y sus modi fi catorias, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Gerencia Regional de Control de Cajamarca para dar por terminada la designación del colaborador Luis Manuel Del Carmen Vásquez Limo en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Chota, de conformidad con el literal d) del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000799-2023-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000725-2023-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que da término a la designación del señor Luis Manuel Del Carmen Vásquez Limo en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Chota, entidad bajo el ámbito de control de la Gerencia Regional de Control de Cajamarca, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por terminada la designación del señor Luis Manuel Del Carmen Vásquez Limo, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Chota. Artículo 2.- La acción de personal dispuesta en el artículo precedente tendrá efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente.Artículo 3.- Disponer que el colaborador que se reincorpora a la Contraloría General de la República, a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución, de corresponder, deberá ser asignado a la unidad orgánica de línea, a cuyo ámbito de control pertenece la entidad donde estuvo designado. Artículo 4.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Subgerencia de Personal y Compensaciones y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2213724-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur a Brasil, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 074-2023-UNTELS-CU Villa El Salvador, 18 de agosto de 2023VISTO: El ACUERDO adoptado en la Sesión de Consejo Universitario de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur de fecha 16 de agosto del 2023, mediante la cual se dispone; AUTORIZAR el viaje en comisión de servicio, al Dr. EDWIN AUGUSTO VIGO SANCHEZ en su calidad de Defensor Universitario y docente Principal de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, para su participación en el “III Encuentro de la Red Iberoamericana de Defensorías Universitarias - RidDU”, que es organizado por la Universidad Federal de Rio de Janeiro, en la Ciudad de Rio de Janeiro de la República Federativa de Brasil, a desarrollarse los días 20, 21 y 22 de setiembre del 2023, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 18° de la Constitución Política del Perú, en su cuarto párrafo establece: Cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por la Ley Universitaria N° 30220 y sus propios estatutos en el marco de la constitución y de las leyes; Que, conforme al artículo 8° de la Ley Universitaria N° 30220, establece: “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la constitución la presente Ley y demás normativa aplicable (…)”; Que, conforme lo establece el artículo 58° de la Ley Universitaria – Ley N° 30220, “el Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad”; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 157-2019-UNTELS de fecha 02 de setiembre del 2019, se NOMBRÓ como docente Principal a tiempo completo, plaza N° 5, al Dr. EDWIN AUGUSTO VIGO SANCHEZ en la Escuela Profesional de Administración de Empresas.