NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (14/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 77
77 NORMAS LEGALES Jueves 14 de setiembre de 2023 El Peruano / PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Convocan a Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Provincial del Callao, correspondiente al Primer Semestre del año 2023 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 21-2023-ALC/MPC Callao, 8 de setiembre de 2023EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO; CONSIDERANDO:Que, el artículo 31 de la Constitución Política del Perú señala que es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción, precisando que la ley, norma y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participación; Que, el artículo 17º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, prescribe que “los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas”. Señala, además, que “Sin perjuicio de los derechos políticos que asisten a todos los ciudadanos de conformidad con la Constitución y la ley de la materia, la participación de los ciudadanos se canaliza a través de los espacios de consulta, coordinación, concertación y vigilancia existentes, y los que los gobiernos regionales y locales establezcan de acuerdo a ley”. Que, el artículo 20º, numeral 36, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, según texto modi fi cado por Ley N° 31433, establece que es atribución del alcalde convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales, conforme a la circunscripción de gobierno local. Que, asimismo, el artículo 119-A de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, según texto introducido por Ley N° 31433, precisa que: “Las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las di fi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fi scal”. Que, mediante Ordenanza Municipal N° 003-2021- MPC de fecha 31 de marzo de 2021, se aprueba el Reglamento de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Provincial del Callao, norma que habiéndose emitido con anterioridad a la expedición de la Ley N° 31433, sirve de marco referencial y complementario para llevar a cabo dichas audiencias; Que, mediante Informe N° 24-2023-MPC/GPV de fecha 23 de agosto de 2023, la Gerencia de Participación Vecinal comunica a la Gerencia Municipal la necesidad de iniciar las acciones correspondientes para la organización y ejecución del proceso de Audiencia Pública de Rendición de Cuentas correspondiente al Primer Semestre 2023; Que, mediante Informe N° 376-2023-MPC/OGAJ de fecha 05 de setiembre de 2023, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable con respecto a proceder a la convocatoria a Audiencia Pública de Rendición de Cuentas correspondiente al Primer Semestre 2023 por parte de la Municipalidad Provincial del Callao, mediante Decreto de Alcaldía; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, O fi cina General de Asesoría Jurídica, Gerencia de Participación Vecinal y de la O fi cina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones; en ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 20, incisos 6 y 36 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo 1.- CONVOCAR a Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Provincial del Callao, correspondiente al Primer Semestre del año 2023, conforme se detalla a continuación: Día Viernes 29 de setiembre de 2023 Hora 09:00 a.m. LugarCentro de Educación Técnico Productiva San José Artesano Calle Corde 1 s/n – Urb. Aeropuerto, Playa Rímac - Callao InscripcionesHasta el jueves 28 de setiembre de 2023, a través de la Mesa de Partes Presencial y el Portal Institucional de la Entidad Agenda1. Informe general sobre la gestión del gobierno local: - Ejecución presupuestal - Informe sobre avances, logros y di fi cultades en la prestación de los servicios municipales 2. Retos y proyecciones de gestión. 3. Rol de preguntas e intervenciones ciudadanas Artículo 2.- ENCARGAR al Equipo Técnico de Rendición de Cuentas, así como a las Unidades Orgánicas involucradas, la realización de las acciones correspondientes, para la difusión y cumplimiento del presente Decreto. Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la O fi cina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación, su publicación en el Portal Institucional (www.gob.pe.municallao). Artículo 4.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde 2214690-2 Designan funcionario responsable de brindar información que se solicite, en virtud de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 455-2023-ALC/MPC Callao, 4 de setiembre de 2023EL ALCALDE DE MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO:La Resolución de Alcaldía N° 258-2023-ALC/MPC, la Resolución de Alcaldía N° 446-2023-ALC/MPC y la Resolución de Alcaldía N° 451-2023-ALC/MPC, y; CONSIDERANDO:Que, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N°