NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (14/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 65
65 NORMAS LEGALES Jueves 14 de setiembre de 2023 El Peruano / duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Medicina, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y, CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario o fi cial El Peruano con fecha 18.11.2005, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modi fi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modi fi cada con Resoluciones Nros. 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CU- UNFV, de fecha 25.09.2013, recti fi cada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV, de fecha 05.09.2014, se aprobó el “Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad; Que, mediante documento de fecha 13.04.2023, doña EVELYN NELITH RODRÍGUEZ PÉREZ solicita duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Medicina, el cual fue expedido por esta Universidad el 08.02.2006, señala que sufrió la pérdida de dicho diploma; para acreditar lo señalado y a fi n de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta fotografía tamaño pasaporte, la Declaración Jurada Simple, copia de la Resolución R. Nº 1995-2006-UNFV de fecha 07.03.2006, copia del Diploma de Grado de Bachiller en Medicina; así como el recibo de pago del derecho correspondiente; Que, el Jefe de la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General mediante O fi cio Nº 477-2023-OGT- SG-UNFV de fecha 02.05.2023, señalan que se expidió con fecha 08.02.2006 el Diploma de Grado de Bachiller en Medicina a favor de la recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 99, Folio Nº 115 y Registro Nº 72921, el mismo que obra en la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaria General de esta Universidad; asimismo, señalan que lo solicitado por doña EVELYN NELITH RODRÍGUEZ PÉREZ cumple con los requisitos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Medicina, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011- ANR y la Ley Nº 28626; En mérito a la opinión de la O fi cina Central de Asesoría Jurídica, contenida en el Informe Legal Nº 424-2023-OCAJ-UNFV, de fecha 22.05.2023 y estando a lo dispuesto por el Rectorado según Proveído Nº 2336-2023-R-UNFV, de fecha 02.06.2023; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 061 de fecha 26.06.2023, acordó autorizar a la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Bachiller en Medicina, otorgado por la Facultad de Medicina “Hipólito Unanue” de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña EVELYN NELITH RODRÍGUEZ PÉREZ; De conformidad con la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. Nº 9709-2021-UNFV, de fecha 31.12.2021 y la Resolución R. Nº 479-2022-CU-UNFV, de fecha 27.06.2022;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Medicina, otorgado por la Facultad de Medicina “Hipólito Unanue” de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña EVELYN NELITH RODRÍGUEZ PÉREZ (por pérdida). El mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 99, Folio Nº 115, Registro Nº 72921 y fecha de expedición 08.02.2006, el cual obra en la referida O fi cina. Artículo Segundo.- La O fi cina de Trámite Documentario y Atención al Usuario de la Secretaría General, noti fi cará bajo cargo la presente resolución a la interesada. Artículo Tercero.- Encargar a la O fi cina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, aprobado con Resolución Nº 1503- 2011-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Medicina “Hipólito Unanue”, así como la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.CRISTINA ASUNCIÓN ALZAMORA RIVERO Rectora ENRIQUE IVAN VEGA MUCHA Secretario General 2214221-1 Autorizan expedición de duplicado de diploma de Título de Médico Cirujano, otorgado por la Universidad Nacional Federico Villarreal UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL SECRETARIA GENERAL RESOLUCIÓN R. Nº 2001-2023-CU-UNFV San Miguel, 7 de julio de 2023 Visto, el expediente con NT. 23761-2023, de fecha de recepción 17.04.2023, seguido por doña EVELYN NELITH RODRÍGUEZ PÉREZ, egresada de la Facultad de Medicina “Hipólito Unanue”, mediante el cual solicita el duplicado de diploma de Título de Médico Cirujano, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario o fi cial El Peruano con fecha 18.11.2005, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modi fi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modi fi cada con Resoluciones Nros. 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión