NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (14/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 61
61 NORMAS LEGALES Jueves 14 de setiembre de 2023 El Peruano / Civil Corporativo de Litigación Oral; y d) Procedimiento de Actuación de la Sala Superior del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral; ambas resoluciones administrativas dispusieron su aplicación en todas las Cortes Superiores de Justicia del país, tanto en aquellas que se encuentran implementadas bajo el modelo de litigación oral, como en las Cortes Superiores que por aprobación del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial implementen dicho modelo, como es el caso de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica. Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo Nº 1503- 2023 de la trigésima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 6 de setiembre de 2023, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Implementar en la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, a partir del 29 de setiembre de 2023, el Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral, constituido por los siguientes órganos jurisdiccionales: - Sala Civil de Huancavelica - 1° Juzgado Civil de Huancavelica - 2° Juzgado Civil de Huancavelica Artículo Segundo.- Disponer la aplicación de las normas contenidas en la Resolución Administrativa Nº 049-2020-CE-PJ de fecha 29 de enero de 2020, y en la Resolución Administrativa Nº 015-2020-P-CE-PJ del 4 de febrero de 2020; en cuanto resulta pertinente al Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, Corte Superior de Justicia de Huancavelica; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente Consejo Ejecutivo 2214929-1 Aprueban implementación del Módulo Corporativo Contencioso Administrativo Laboral y Previsional a nivel de juzgados, en la Corte Superior de Justicia de Piura, y dictan diversas disposiciones CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000386-2023-CE-PJ Lima, 12 de septiembre del 2023VISTOS: El O fi cio N° 000341-2023-ST-ETIINLPT-CE-PJ, cursado por el Secretario Técnico del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; que adjunta el Informe N° 000087-2023-ST-ETIINLPT-CE-PJ. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N.° 471-2019-CE-PJ de fecha 27 de noviembre de 2019, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial amplió la competencia funcional del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo para el monitoreo del proceso contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), con el fi n de realizar una plani fi cación de actividades en relación al referido monitoreo. Segundo. Que, por Resolución Administrativa N.° 278-2021-CE-PJ del 27 de agosto de 2021, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial incorpora la actividaddenominada “Levantamiento de Información y Defi nición del Modelo de Despacho Judicial del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional”, al Plan de Actividades del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo 2021, con cargo a la disponibilidad presupuestal. Tercero. Que, con el O fi cio N.° 3416-2022-P-CSJPI- PJ de fecha 13 de diciembre de 2022, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Piura remite al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, el Plan de Implementación del modelo de despacho judicial corporativo en los juzgados de trabajo que tramitan la Subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional (PCALP), a fi n de gestionar su aprobación y fi nanciamiento ante el Consejo Ejecutivo y Gerencia General del Poder Judicial, respectivamente. Cuarto. Que, mediante O fi cio N.° 418-2022-P-ETII. NLPT-CE-PJ del 27 de diciembre de 2022, la Presidencia del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo remitió el Informe N.° 147-2022-ST-ETII.NLPT-CE-PJ a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, solicitando la aprobación del Plan de Implementación del Módulo Corporativo Laboral en los Juzgados de Trabajo que tramitan la Subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional (PCALP) en la Corte Superior de Justicia de Piura. Quinto. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a través de la Resolución Administrativa N.° 00013-2023- CE-PJ del 10 de enero de 2023, aprobó el Plan de Implementación del Modelo de Despacho Judicial Corporativo en los Juzgados de Trabajo que tramitan la Subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional (PCALP) en la Corte Superior de Justicia de Piura. Sexto. Que, por Resolución Administrativa N.° 00042-2023-GG-PJ del 3 de febrero de 2023, la Gerencia General del Poder Judicial aprueba la transferencia de recursos (la asignación de recursos asciende a un total de S/ 1,460,082.00 soles) de la Unidad Ejecutora Gerencia General a la Unidad Ejecutora de la Corte Superior de Justicia de Piura, para la adquisición de bienes, servicios, mobiliario y equipamiento; a fi n de implementar el Modelo de Despacho Judicial Corporativo en los órganos jurisdiccionales que tramitan la Subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional (PCALP). Sétimo. Que, asimismo, mediante Resolución Administrativa N.° 00107-2023-GG-PJ de fecha 21 de marzo de 2023, la Gerencia General del Poder Judicial aprueba la transferencia de recursos (la asignación de recursos asciende a un total de S/ 774,108.00 soles) de la Unidad Ejecutora Gerencia General a la Unidad Ejecutora de la Corte Superior de Justicia de Piura, para la contratación de 20 posiciones CAS; a fi n de implementar el Modelo de Despacho Judicial Corporativo en los órganos jurisdiccionales que tramitan la Subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional (PCALP). Octavo. Que, mediante Resolución Administrativa N.° 000436-2022-CE-PJ modi fi cada por Resolución Administrativa N.° 000445-2022-CE-PJ, entre otros, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la creación de 106 órganos jurisdiccionales permanentes, cuyo monitoreo se encuentra bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, conforme se señala en la aludida resolución administrativa. Asimismo, estableció que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de sus áreas correspondientes, adopten las acciones administrativas respectivas para dar cumplimiento a lo dispuesto.