NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (17/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 45
45 NORMAS LEGALES Domingo 17 de setiembre de 2023 El Peruano / Actividad de Financiamiento Participativo Financiero y sus Sociedades Administradoras; Que, los cambios antes mencionados se incluyen en un nuevo cuerpo normativo que incorpora, además de tales cambios, las disposiciones sobre preparación y presentación de estados fi nancieros y memoria anual por parte de las entidades supervisadas por la Superintendencia del Mercado de Valores, contenidas en las normas aprobadas mediante Resolución SMV N° 016-2015-SMV/01; Que, el 12 de septiembre de 2023 y al amparo de lo dispuesto en el numeral 18 del inciso 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2021-PCM, la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria ha declarado que no corresponde realizar el AIR Ex Ante por parte de esta Superintendencia para la aprobación del presente proyecto normativo; Que, según lo dispuesto en la “Política sobre difusión de proyectos normativos, normas legales de carácter general, agenda temprana y otros actos administrativos de la SMV”, aprobada por la Resolución SMV N° 014-2014- SMV/01, se considera necesario difundir en consulta pública el Proyecto, a través de la Página Institucional de la Superintendencia del Mercado de Valores en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/smv), por un periodo de treinta (30) días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución, a efectos de que el público pueda remitir sus sugerencias o comentarios a la propuesta; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del artículo 1 y el literal c) del artículo 5 de la Ley Orgánica de la SMV, y por el numeral 4 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, así como a lo acordado por el Directorio de la SMV en su sesión del 28 de agosto de 2023; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar la difusión del proyecto de Normas sobre preparación, presentación y difusión de Estados Financieros, Memoria Anual e Informe de Gerencia aplicables a las entidades supervisadas por la Superintendencia del Mercado de Valores. Artículo 2°.- Disponer que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en consulta pública en la Página Institucional de la Superintendencia del Mercado de Valores en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/smv). Artículo 3°.- El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado en los artículos anteriores es de treinta (30) días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4°.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser remitidos a la siguiente dirección de correo electrónico: proynormin fi n@smv.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.LORENA MASIAS QUIROGA Superintendente del Mercado de Valores 2215744-1 Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 074-2023-SMV/02 Lima, 14 de septiembre de 2023LA SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES VISTOS:El Expediente N° 2023037761; y el Informe Conjunto N° 1237-2023-SMV/07/08 de la O fi cina de Planeamiento, Gestión e Integridad y de la O fi cina de Administración de la Superintendencia del Mercado de Valores que recomienda autorizar una transferencia fi nanciera y pago a favor de la Contraloría General de la República. CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 20 de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, publicada el 28 de marzo de 2018, se establece que las sociedades de auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República. Asimismo, se señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República; Que, de acuerdo con lo dispuesto por la citada Ley, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad; Que, por Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG publicada el 5 de noviembre de 2021, la Contraloría General de la República aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales deben transferir a la Contraloría General de la República; Que, con O fi cio N° 000654-2023-CG/GAD, la Contraloría General de la República solicitó a la SMV efectuar la transferencia fi nanciera para el Período Auditado 2023; Que, de acuerdo con el informe de vistos, se cuenta con la disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia a favor de la Contraloría General de la República, por el monto ascendente a S/ 117 207.00 para la contratación de la sociedad de auditoría externa para el ejercicio 2023 y S/ 11 920.00 para el pago de los Derechos por designación de periodos 2023 y 2024; y, Estando a lo señalado y de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785 y en el Reglamento de Organización y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF y sus modi fi catorias; RESUELVE:Artículo 1º.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2023, del Pliego 058: Superintendencia del Mercado de Valores, Unidad Ejecutora 001: Superintendencia del Mercado de Valores [001274] hasta por la suma de S/ 117 207.00 (ciento diecisiete mil doscientos siete y 00/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, destinado a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2023 de la Superintendencia del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1° de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal