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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (17/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Domingo 17 de setiembre de 2023 El Peruano / El numeral 4 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, establece que la transferencias a que se re fiere el numeral 3 de la citada ley, se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, o con resolución ejecutiva regional o resolución de alcaldía, en el caso de los gobiernos regionales y locales, respectivamente. La resolución del titular del pliego del gobierno nacional y la resolución ejecutiva regional se publican en el diario o ficial El Peruano y la resolución de alcaldía, que se publica en su página web. El numeral 5 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, se autoriza a las entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del FONAFE, fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control a realizar transferencias financieras a favor del Pliego 022: Ministerio Público. El numeral 6 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, señala que el Pliego 022: Ministerio Público, a fin de garantizar la oportunidad de la incorporación de dichos recursos en dicha Unidad Ejecutora, incorpora los recursos transferidos en el marco de lo señalado en la precitada disposición, a la sola solicitud de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, en la categoría de gasto corriente de la fuente de financiamiento de donaciones y transferencias. De conformidad al artículo primero de la Resolución de Alcaldía Nº 0256-2023-MDCH/A de fecha 2 de agosto de 2023, se aprueba la Transferencia Financiera a la Contraloría General de la República y a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público por concepto de control concurrente del Proyecto “Creación de Pistas y Veredas en los Sectores de Chunacan Alta y Huacchacancha de la Localidad de Acomayo del Distrito de Chinchao - Provincia de Huánuco - Departamento de Huánuco”, con código único de inversiones Nº 2495029” que según el cuadro de la citada resolución señala el monto de S/ 50 211,12 (CINCUENTA MIL DOSCIENTOS ONCE Y 12/100 SOLES) de transferencia a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público (1%). Mediante el numeral 35.1 del artículo 35 de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, dado el carácter financiero del Presupuesto del Sector Público, sólo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos se registran en números enteros. Mediante el memorando Nº 000298-2023-MP-FN-GG- OGFIN de fecha 31 de agosto de 2023, la O ficina General de Finanzas comunica que la Municipalidad Distrital de Chinchao - Huánuco, ha realizado la Transferencia Financiera Nº 00031 con fecha 29 de agosto de 2023, en mérito a la Resolución de Alcaldía Nº 0256-2023/MDCH/A, según el reporte de operaciones en línea adjunto al precitado memorando; señalando que a fin de cumplirse con el objetivo de dicha transferencia financiera, solicita la incorporación del monto de S/ 50 211,00 (CINCUENTA MIL DOSCIENTOS ONCE Y 00/100 SOLES) en el Presupuesto Institucional del Pliego 022: Ministerio Público del presente ejercicio fiscal. El numeral 18.2 del artículo 18 de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” aprobada por la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, señala que los Pliegos que reciben las Transferencias Financieras incorporan dichos recursos a través de un crédito suplementario en la meta presupuestaria para la cual fueron transferidas y en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, salvo en el caso que la normatividad vigente disponga que los recursos materia de la transferencia se registran en una fuente de financiamiento distinta. El numeral 18.3 del artículo 18 de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” aprobada por la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, establece que, los Pliegos que reciben los recursos aprueban mediante Resolución la desagregación de estos a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del dispositivo legal que autoriza la transferencia financiera.Al amparo del numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e ficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justi ficativo para su adopción. En atención a lo solicitado y estando a lo propuesto por la O ficina de Presupuesto de la O ficina General de Plani ficación y Presupuesto, corresponde emitir el acto resolutivo que autorice la referida Incorporación de mayores Ingresos Públicos en el presupuesto Institucional del Pliego 022: Ministerio Público del presente ejercicio fiscal. Contando con los vistos de la Gerencia General, Oficina General de Asesoría Jurídica, O ficina General de Finanzas, O ficina General de Plani ficación y Presupuesto y la O ficina de Presupuesto. De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y sus modi ficatorias; SE RESUELVE:Artículo Primero. - Autorizar con e ficacia anticipada a partir del 01 de setiembre de 2023, la Incorporación de Mayores Ingresos Públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 022: Ministerio Público del Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 50 211,00 (CINCUENTA MIL DOSCIENTOS ONCE Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, de acuerdo al siguiente detalle: (EN SOLES) INGRESOS Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias1. Ingresos Presupuestarios 1.4 Donaciones y Transferencias 1.4. 2 3 De Otras Unidades de Gobierno 1.4. 2 3. 1 3 De los Gobiernos Locales 50 211,00 ------------- TOTAL INGRESOS 50 211,00 ========EGRESOS Sección Primera : Gobierno Central Pliego : 022 Ministerio Público Unidad Ejecutora : 002 Gerencia General Categoría Presupuestal : 9002 Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos Producto/ Proyecto : 3 999999 Sin Producto Actividad : 5 001045 Procesos de las Fiscalías Supremas Fuente de Financiamiento : 4. Donaciones y Transferencias Categoría de Gasto Gastos Corrientes2.3 Bienes y Servicios 50 211,00 ------------- TOTAL EGRESOS 50 211,00 ======== Artículo Segundo.- Disponer que los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo primero de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo Tercero.- La O ficina General de Plani ficación y Presupuesto del Pliego 022: Ministerio Público, instruirá a la O ficina de Presupuesto para que elabore las correspondientes “Notas para Modi ficación Presupuestaria” que se requiera. Artículo Cuarto .- Disponer que la O ficina General de Plani ficación y Presupuesto remita copia de la presente