NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (17/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 51
51 NORMAS LEGALES Domingo 17 de setiembre de 2023 El Peruano / VISTO Y CONSIDERANDO: La carta del abogado Aladino Víctor Lazo Pacheco, presentada el día 22 de agosto de 2023 a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín, elevada al Despacho de la Fiscalía de la Nación en la misma fecha y remitida a la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos el día 22 de agosto de 2023; mediante la cual renuncia al cargo de fiscal provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios, distrito fiscal de Junín, por motivos personales, solicitando que la misma se haga efectiva a partir el día 22 de agosto de 2023. Al respecto es de indicarse que, mediante Resolución Nº 320-2014-CNM, de fecha 14 de noviembre de 2014, el extinto Consejo Nacional de la Magistratura nombra como fiscal provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios (corporativo) de Junín, del distrito judicial de Junín, al abogado Aladino Víctor Lazo Pacheco. Siendo la renuncia un ejercicio del derecho a la libertad de trabajo, la misma se encuentra sujeta a que se cumplan determinadas exigencias para hacerse efectiva a fin de evitar que se afecte el normal desarrollo de las actividades en nuestra institución. En esa línea, conforme a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal; lo señalado en la primera disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y, los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fiscal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en que fue recibida o, dentro de los treinta (30) días siguientes. Estando a lo precisado, de los recaudos que se acompañan se tiene que la carta de renuncia del abogado Aladino Víctor Lazo Pacheco ha sido presentada ante la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín el 22 de agosto de 2023, adjuntando para ello el acta de entrega de cargo, requiriendo que la misma sea aceptada en la misma fecha. Al respecto debe precisarse que el pedido cuenta con la conformidad de la presidencia del referido distrito fiscal. Cabe señalar que, la Coordinadora de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios mediante o ficio Nº 013431-2023-MP- FN-FSNCEDCF, informó que el abogado renunciante se encuentra suspendido por la Autoridad Nacional de Control desde el 24 de julio de 2023 al 24 de enero de 2024, otorgando la conformidad de aceptación de renuncia. Teniéndose en cuenta que la aceptación de la renuncia desde la fecha en que fue recibida o dentro de los treinta días siguientes, es una facultad discrecional del empleador, conforme lo señalado por la O ficina General de Asesoría Jurídica en el informe Nº 000624-2021-MP-FN-OGASEJ, aunado al hecho de que el abogado renunciante desde el mes de julio no viene ejerciendo funciones por una medida de suspensión, no existe una razón que sustente la exoneración del plazo del abogado renunciante. Consecuentemente, la Junta de Fiscales Supremos, mediante Acuerdo Nº 6384, adoptado en sesión ordinaria de fecha 15 de setiembre de 2023, convino por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aceptar la renuncia formulada por el abogado Aladino Víctor Lazo Pacheco, al cargo de fiscal provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios (corporativo) de Junín, distrito fiscal de Junín, desde el día 22 de setiembre de 2023. En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado ALADINO VÍCTOR LAZO PACHECO, al cargo de fiscal provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios (corporativo) de Junín, distrito fiscal de Junín, a partir del día 22 de setiembre de 2023. Artículo Segundo.- Remitir la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para los fines pertinentes. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento de la presente resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, a la Gerencia General, a la O ficina General de Potencial Humano, a la O ficina de Registro y Evaluación de Fiscales, así como al interesado, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la NaciónPresidenta de la Junta de Fiscales Supremos 2215945-1 Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial mixto de Ocallí, distrito fiscal de Amazonas RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 069-2023-MP-FN-JFS Lima, 15 de setiembre de 2023VISTO Y CONSIDERANDO: La carta del abogado Guido Andrey Ojeda Torres, presentada el día 28 de agosto de 2023 a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, remitida a la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos en la misma fecha; mediante la cual renuncia al cargo de fiscal adjunto provincial mixto de Ocallí, distrito fiscal de Amazonas, por motivos personales y familiares, solicitando que la misma se haga efectiva a partir del día 4 de setiembre de 2023. Al respecto es de indicarse que, mediante Resolución Nº 174-014-CNM, de fecha 24 de julio de 2014, el extinto Consejo Nacional de la Magistratura expidió el nombramiento de fiscal adjunto provincial mixto de Ocallí, a favor del abogado Guido Andrey Ojeda Torres. Siendo la renuncia un ejercicio del derecho a la libertad de trabajo, la misma se encuentra sujeta a que se cumplan determinadas exigencias para hacerse efectiva a fin de evitar que se afecte el normal desarrollo de las actividades en nuestra institución. En esa línea, conforme a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal; lo señalado en la primera disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y, los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fiscal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en que fue recibida o, dentro de los treinta (30) días siguientes. Estando a lo precisado, y atendiendo a que la carta de renuncia del abogado Guido Andrey Ojeda Torres ha sido presentada ante la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas el día 28 de agosto de 2023, requiriendo que la misma sea aceptada a partir del día 4 de setiembre de 2023, se advierte que dicha misiva cuenta con la conformidad de la presidencia del referido distrito fiscal; habiendo hecho entrega de cargo conforme se desprende del o ficio Nº 1992-2023-MP-FN- PJFSAMAZONAS. No obstante, teniéndose en cuenta que la aceptación de la renuncia desde la fecha en que fue recibida o dentro de los treinta días siguientes, es una facultad discrecional del empleador, conforme lo señalado por la O ficina General de Asesoría Jurídica en el informe Nº 000624-2021-MP-FN-OGASEJ, corresponde aceptar la renuncia formulada, exonerando el plazo de los 30 días previos de la presentación de su renuncia. Consecuentemente, la Junta de Fiscales Supremos, mediante Acuerdo Nº 6385, adoptado en sesión ordinaria de fecha 15 de setiembre de 2023, convino por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aceptar la renuncia formulada por el abogado Guido Andrey Ojeda Torres, al cargo de fiscal adjunto provincial mixto de Ocallí, distrito fiscal de Amazonas, desde el día 4 de setiembre de 2023.