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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (23/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Sábado 23 de setiembre de 2023 El Peruano / VISTO; el Informe Nº 122-2023/COE-TPC, del 6 de julio de 2023, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad estadounidense ROIG CÁRDENAS o ROIG CALDERÓN formulada por la Cuarta Sala Penal de Apelaciones Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao, para ser extraditado de la República Portuguesa y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de trá fi co ilícito de drogas agravado, en agravio del Estado peruano; CONSIDERANDO:Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 21 de diciembre de 2022, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad estadounidense ROIG CÁRDENAS o ROIG CALDERÓN formulada por la Cuarta Sala Penal de Apelaciones Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao, para ser procesado por la presunta comisión del delito de trá fi co ilícito de drogas agravado, en agravio del Estado peruano (Expediente N.° 179-2022); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante Informe Nº 122-2023/COE-TPC, del 6 de julio de 2023, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para ser procesada por la presunta comisión del delito de tráfi co ilícito de drogas agravado, en agravio del Estado peruano; Que, entre la República del Perú y la República Portuguesa no existe tratado bilateral de extradición, por lo que resulta de aplicación la Convención de las Naciones Unidas contra el Trá fi co Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, fi rmada por el Perú el 20 de diciembre de 1988 y rati fi cada el 16 de enero de 1992 y fi rmada por la República Portuguesa el 13 de diciembre de 1989 y rati fi cada el 3 de diciembre de 1991; y, en su defecto, el principio de reciprocidad en un marco de respeto de los derechos humanos; así como el Código Procesal Penal peruano y el Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga la Convención; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano estadounidense ROIG CÁRDENAS o ROIG CALDERÓN para ser extraditado de la República Portuguesa y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de trá fi co ilícito de drogas agravado, en agravio del Estado peruano.Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos ANA MARIA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA Ministra de la ProducciónEncargada del Despacho delMinisterio de Relaciones Exteriores 2218362-17 Revocan la Resolución Suprema Nº 065- 2021-JUS, mediante la cual el Gobierno peruano accedió a solicitud de extradición activa de ciudadano de nacionalidad peruana RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 206-2023-JUS Lima, 21 de setiembre de 2023VISTO; el Informe Nº 128-2023/COE-TPC, del 17 de julio de 2023, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la revocatoria de la Resolución Suprema N.° 065-2021-JUS, publicada el 2 de abril de 2021, mediante la cual el Gobierno peruano accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana JORGE EDUARDO SORIANO CLOTET formulada por el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Flagrancia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, para ser extraditado de la República Argentina y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de omisión a la asistencia familiar, en agravio de dos menores de edad con identidad reservada; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Consultiva del 19 de noviembre de 2020, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana Jorge Eduardo Soriano Clotet formulada por el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Flagrancia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, para ser extraditado de la República Argentina y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de omisión a la asistencia familiar, en agravio de dos menores de edad con identidad reservada (Expediente Nº 106-2020); Que, mediante Resolución Suprema Nº 065-2021- JUS, publicada el 2 de abril de 2021 en el diario o fi cial El Peruano, el Gobierno peruano accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana Jorge Eduardo Soriano Clotet formulada por el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Flagrancia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, para ser procesado por la presunta comisión del delito de omisión a la asistencia familiar, en agravio de dos menores de edad con identidad reservada; Que, mediante Resolución del 9 de febrero de 2023, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República dejó sin efecto la Resolución Consultiva del 19 de noviembre de 2020, por haberse resuelto la situación jurídica del reclamado sin necesidad de ejecutar la extradición; Que, el literal e) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial