NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (26/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 5
5 NORMAS LEGALES Martes 26 de setiembre de 2023 El Peruano / “Artículo 16.- Secretaría Administrativa La Secretaría Administrativa es el órgano de administración interna responsable de asistir a la Secretaría General en la supervisión de la gestión de los sistemas administrativos y funcionales a cargo de las unidades de organización bajo su dependencia. Asimismo, es responsable de supervisar las acciones de tecnologías de la información y la comunicación en la entidad. Depende de la Secretaría General.” “Artículo 17.- Funciones de la Secretaría Administrativa Son funciones de la Secretaría Administrativa las siguientes: a) Supervisar la conducción y funcionamiento en la entidad, de los sistemas administrativos y funcionales a cargo de las unidades de organización bajo su dependencia , en el marco de la normativa vigente. b) Supervisar las acciones de tecnologías de la información y la comunicación en la entidad. c) Aprobar o proponer a la Alta Dirección, según corresponda, directivas u otros documentos normativos, en el marco de la normativa vigente. d) Supervisar la gestión de las unidades de organización bajo su dependencia. e) Supervisar la formulación del Informe de Rendición de Cuentas y de Transferencia de Gestión del/de la Titular de la Entidad. f) Supervisar las acciones de seguridad y de defensa nacional que correspondan a la entidad, de acuerdo a la normativa vigente. g) Realizar las funciones que le sean delegadas por el / la Titular de la Entidad o el/ la Secretar io/a General, en el marco de la normativa vigente. h) Supervisar las acciones de integridad institucional dentro de la Entidad. i) Expedir resoluciones sobre asuntos de su competencia. j) Las demás funciones que le asigne el/la Secretario/a General, en el marco de su competencia o aquellas que le correspondan por norma expresa.” “05. ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN INTERNA: ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO Artículo 18.- Órganos de Asesoramiento Constituyen órganos de asesoramiento de la Presidencia del Consejo de Ministros los siguientes: 05.1 Ofi cina General de Asesoría Jurídica 05.2 Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto” “Artículo 21.- O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto La O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoramiento responsable de conducir y coordinar los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico, Modernización de la Gestión Pública; así como, de la Fase de la P rogramación Multianual de Inversiones del ciclo de inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y el sistema funcional de estadística en la Presidencia del Consejo de Ministros , de conformidad con la normativa vigente. Depende de la Secretaría Administrativa.” “Artículo 22.- Funciones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto Son funciones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto las siguientes: a) Asesorar a la Alta Dirección, a los órganos, programas y proyectos especiales de la Presidencia del Consejo de Ministros y a sus organismos públicos adscritos, en las materias de su competencia. b) Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico y Modernización de la Gestión Pública ; así como, de la Fase de Programación Multianual de Inversiones del ciclo de inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y del sistema funcional de estadística de la Presidencia del Consejo de Ministros. c) Proponer directivas y normas de aplicación en el ámbito institucional relacionadas con los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico y Modernización de la Gestión Pública; así como, de la Fase de Programación Multianual de Inversiones del ciclo de inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y el sistema funcional de estadística de la Presidencia del Consejo de Ministros. d) Dirigir el proceso de modernización de la gestión institucional de acuerdo a las normas y lineamientos técnicos sobre la materia. e) Emitir opinión técnica respecto a los documentos de gestión de la entidad, de sus organismos públicos adscritos, así como de los programas y proyectos especiales . f) Promover, asesorar y participar en la formulación de la gestión de procesos, simpli fi cación administrativa y demás materias comprendidas en el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública. g) Evaluar y proponer el Proyecto de Presupuesto Institucional Anual con una perspectiva de programación multianual y gestionar la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA). h) Dirigir el proceso técnico de formulación, monitoreo y evaluación de l Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM), Plan Estratégico Institucional (PEI) y Plan Operativo Institucional (POI). i) Gestionar la aprobación de la Programación de Compromisos Anualizada (PCA) de la entidad. j) Conducir el seguimiento de las metas físicas y de la ejecución presupuestal del pliego institucional y de los pliegos de los organismos públicos adscritos del Sector, elaborando proyecciones de gastos y de avance de metas fi nancieras. k) Dirigir la conciliación semestral y anual del marco legal del presupuesto de la entidad. l) Conducir las acciones vinculadas a la Fase de Programación Multianual de Inversiones del ciclo de inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones , de acuerdo a las normas y lineamientos técnicos sobre la materia. m) Proponer el Informe de Rendición de Cuentas y de Transferencia de Gestión del/de la Titular de la Entidad, conforme a la normativa de la materia. n) Conducir y supervisar el Centro de Información y Documentación de la Presidencia del Consejo de Ministros. o) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia. p) Expedir resoluciones en las materias de su competencia. q) Las demás funciones que le asigne el/la Secretario/a Administrativo/a en el marco de sus competencias y/o aquellas que le correspondan por norma expresa.” “06. ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN INTERNA: ÓRGANOS DE APOYO Artículo 23.- Órganos de Apoyo Constituyen órganos de apoyo de la Presidencia del Consejo de Ministros los siguientes: 06.1 Ofi cina General de Administración 06.2 Ofi cina General de Tecnologías de la Información 06.3 Ofi cina General de Recursos Humanos” “Artículo 24.- O fi cina General de Administración La O fi cina General de Administración es el órgano de apoyo responsable de dirigir la gestión de los Sistemas Administrativos de abastecimiento, tesorería y contabilidad, así como de la gestión de inversiones, de acuerdo con la normativa vigente. Depende de la Secretaría Administrativa.” “Artículo 25.- Funciones de la O fi cina General de Administración Son funciones de la O fi cina General de Administración las siguientes: