NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (26/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 13
13 NORMAS LEGALES Martes 26 de setiembre de 2023 El Peruano / Dirección y a las entidades competentes sobre la situación fi nanciera de la entidad; d) Participar, en coordinación con la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en las fases de programación y formulación del presupuesto institucional del Ministerio; así como conducir su fase de ejecución; e) Efectuar el control previo y concurrente de las operaciones administrativas y fi nancieras del Ministerio, en cumplimiento de las normas del Sistema Nacional de Control; f) Dirigir y supervisar la formulación de los estados fi nancieros y presupuestarios del Ministerio; g) Suscribir contratos y/o convenios relacionados a la adquisición de bienes, contratación de servicios, ejecución de obras y otros de su competencia; h) Supervisar el cumplimiento de los términos contractuales y convenios, que correspondan a su ámbito de competencia; i) Supervisar la administración de los bienes muebles e inmuebles del Ministerio, así como del control y la actualización del margesí de los mismos; j) Emitir los actos administrativos o de administración que correspondan en el marco de las competencias asignadas en la normatividad vigente; k) Proponer, gestionar, emitir y ejecutar los actos de adquisición, administración, disposición, registro y supervisión de los bienes del Ministerio; l) Disponer la habilitación de viáticos para viaje en comisión de servicios en el territorio nacional y al exterior; m) Ejercer la representación legal del Ministerio en asuntos de carácter administrativo; n) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia;o) Expedir resoluciones en las materias de su competencia; p) Supervisar el control patrimonial y custodia de los activos y de los bienes en almacén; q) Gestionar la atención del pago de la contraprestación y de otros actos que sean necesarios en la administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, así como la contratación de personal altamente cali fi cado en el Sector Público; r) Proponer el desarrollo de soluciones de tecnología de la información y aplicativos vinculados a los sistemas administrativos de su competencia; s) Coordinar las acciones vinculadas a la Formulación y Evaluación de Inversiones, de acuerdo a las normas y lineamientos técnicos sobre del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; t) Gestionar la ejecución física y fi nanciera de las inversiones a su cargo; y, u) Las demás funciones que le asigne el/la Secretario/a General o aquellas que le corresponda por norma expresa.” “Artículo 37. O fi cina General de Inversiones y Proyectos La O fi cina General de Inversiones y Proyectos es el órgano de apoyo encargado de la gestión y ejecución de las inversiones y proyectos fi nanciados con operaciones de endeudamiento y con recursos de otras fuentes de fi nanciamiento, y de otras inversiones y proyectos que le sean asignados; así como la gestión de los recursos provenientes de las donaciones no ligadas a endeudamiento para apoyo presupuestario, para impulsar los resultados de los programas presupuestales. Depende de la Secretaría General.” “Artículo 38. Funciones de la O fi cina General de Inversiones y Proyectos Son funciones de la O fi cina General de Inversiones y Proyectos las siguientes: a) Gestionar la ejecución de las inversiones y proyectos fi nanciados con operaciones de endeudamiento y con recursos de otras fuentes de fi nanciamiento, aun cuando su ejecución exceda la vigencia de los acuerdos suscritos con las fuentes cooperantes, hasta su fi nalización; b) Gestionar la ejecución de otras inversiones y proyectos que le sean asignados; c) Gestionar la ejecución de los recursos provenientes de las donaciones asociados a los programas presupuestales que desarrolle el Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de los Convenios de Apoyo Presupuestario suscritos; d) Gestionar los procesos de adquisiciones y contrataciones con norma nacional para la ejecución de las inversiones y proyectos con fuentes de fi nanciamientos distintas a operaciones de endeudamiento; e) Gestionar metodologías, mejores prácticas, estándares, lineamientos y procesos para la gestión de la ejecución de inversiones y proyectos; f) Plani fi car, monitorear y evaluar las inversiones y proyectos durante la etapa de ejecución de las inversiones y proyectos; g) Gestionar los riesgos de las inversiones y proyectos, para su identi fi cación, análisis, respuesta, implementación de respuesta y monitoreo de los riesgos; h) Participar en los procesos de programación, ejecución y evaluación de las inversiones y proyectos a su cargo, en concordancia con las políticas y procedimientos en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; i) Efectuar acciones que corresponden como Unidad Ejecutora de Inversiones; j) Realizar las evaluaciones intermedias y fi nales de las inversiones, proyectos y otras en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; k) Coordinar con los Organismos Multilaterales y Bilaterales la ejecución de las inversiones y proyectos; l) Participar en los procesos de negociación con los Organismos Multilaterales y Bilaterales las operaciones que se encuentren a su cargo; m) Gestionar los procesos de adquisiciones y contratación de los proyectos según las políticas de fi nidas por los organismos cooperantes en el marco de los contratos de préstamo; n) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia; y, o) Las demás funciones que le asigne el/la Secretario/a General o aquellas que le corresponda por norma expresa.” “Artículo 53. Funciones de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal. Son funciones de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal las siguientes: a) Conducir la formulación, propuesta y evaluación de la política macroeconómica, que incluye la política fi scal del país, así como el marco normativo fi scal; en coordinación con los órganos competentes del Ministerio; b) Proponer el Marco Macroeconómico Multianual (MMM), que incluyen los lineamientos de política fi scal de corto, mediano y largo plazo, así como el Informe de Actualización de las Proyecciones Macroeconómicas; c) Coordinar con el Banco Central de Reserva del Perú, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, y otras entidades competentes, las acciones de política económica conducentes a preservar la estabilidad macroeconómica y fi nanciera del país; d) Efectuar el seguimiento a la evolución, perspectivas y riesgos de la economía nacional e internacional; así como, su relación con los ingresos y el cumplimiento de las reglas fi scales; e) Informar sobre el impacto que puedan tener las actividades y políticas de las diversas entidades del Sector Público sobre las fi nanzas públicas y la política fi scal, en el marco de lo establecido en la normatividad vigente sobre responsabilidad y transparencia fi scal; f) Conducir la formulación, propuesta y evaluación de las políticas en materia de descentralización fi scal, en el marco de la política macro fi scal; g) Aprobar y supervisar la ejecución del plan de asistencia técnica a los gobiernos regionales y locales, para la aplicación de las normas y la implementación de las políticas y directivas en materia de descentralización fi scal, así como para la elaboración e implementación de Instrumentos para la Gestión Fiscal subnacional; h) Supervisar la elaboración de los estudios de investigación aplicada e informes analíticos sobre la economía, en el marco del diseño e implementación de la política macroeconómica;