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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 110

110 NORMAS LEGALES Sábado 30 de setiembre de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar la asignación, de manera temporal, de una (01) plaza de Fiscal Superior, con carácter transitoria, creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020, a la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1301-2023-MP-FN, de fecha 03 de junio de 2023, a partir del 01 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2023. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la abogada Mónica Elizabeth Muñoz Alva, Fiscal Adjunta Superior Titular Penal de Arequipa, Distrito Fiscal de Arequipa, en el Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2153-2023-MP-FN, de fecha 31 de agosto de 2023. Artículo Tercero.- Nombrar a la abogada Mónica Elizabeth Muñoz Alva, como Fiscal Superior Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, con retención de su cargo de carrera. Artículo Cuarto.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, conforme a lo establecido en la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 183-2022-MP-FN-JFS, de fecha 16 de diciembre de 2022; así como en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2220323-1 Prorrogan vigencia de nombramientos, designaciones y/o de staques de personal fiscal, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2474-2023-MP-FN Lima, 29 de setiembre de 2023VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio Nº 361-2023-MP-FN-1°FSUPR.P, cursado por la Primera Fiscalía Suprema Penal, o fi cio Nº 668-2023-MP-FN-2°FSUPR.P, remitido por la Segunda Fiscalía Suprema Penal, o fi cio Nº 382-2023-MP-FN- FSTEDCFP, suscrito por la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, o fi cio Nº 8863-2023-MP-FN- PJFSLIMA, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, ofi cios Nros. 4077 y 4234-2023-ANC-MP-J, remitidos por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, ofi cio Nº 1695-2023-MP-FN-FSCNFEED, suscrito por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, o fi cio Nº 4125-2023-MP-FN- CN-FEVCMYGF, cursado por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, o fi cio Nº 777(A)-2023-MP-FN-FSCN-FECCO, suscrito por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, o fi cios Nros. 739 y 825-2023-MP-FN-UFEC, remitidos por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Ciberdelincuencia, o fi cios Nros. 2495 y 2501-2023-FSCEE-MP-FN, suscritos por la Coordinación del Equipo Especial de Fiscales, conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5050-2016-MP-FN, de fecha 26 de diciembre de 2016, informe Nº 265-2023-MP-FN-CFSN-FPS-DHI, remitido por la Coordinación del Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales, informe Nros. 260 y 278-2023-MP-FN-CFSN-FPS-DHI, suscritos por la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, o fi cios Nros. 1640 y 1644-2023-MP-FN-FSCN-FEDTP, remitidos por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas, o fi cio Nº 258-2023-MP-FN- CFSPN-FPS-DTC, cursado por la Coordinación Nacional de la Fiscalía Superior Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Delitos de Terrorismo y delitos conexos, o fi cios Nros. 13430 y 13438-2023-MP- FN-FSNCEDCF, remitidos por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, o fi cio Nº 4411 y 4412-2023-FSCN- FISLAA-MP-FN, suscritos por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, o fi cios Nros. 1043 y 1058-2023-FSC-EFICCOP- MP-FN, cursados por el Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción del Poder, o fi cio Nº 313-2023-MP- FN-DC y 468-2023-MP-FN-AEIYDC, remitidos por el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, o fi cio Nº 2427-2023-MP-FN-CN- FEMA, suscrito por la Coordinación de las Fiscalias Especializadas en Materia Ambiental a nivel nacional, ofi cio Nº 2701-2023-MP-FN-CN-FISPREV, cursado por la Coordinación Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito mediante los cuales, solicitan la prórroga de nombramiento, designación y/o destaque del personal fi scal del Distrito Fiscal de Lima Centro. Que, el numeral 3 del artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Que, según el numeral 64.2 de la ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de