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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 124

124 NORMAS LEGALES Sábado 30 de setiembre de 2023 El Peruano / VISTOS: La Hoja de Elevación Nº 000170-2023/DRE/RENIEC (07JUN2023) y el Informe Nº 000090-2023/DRE/RENIEC (07JUN2023) de la Dirección de Registro Electoral, el Memorando Nº 001208-2023/OPP/RENIEC (14JUN2023) de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe N° 000150-2023/OPP/URM/RENIEC (13JUN2023) de la Unidad de Racionalización y Modernización de la Ofi cina de Plani fi cación y Presupuesto y el Informe N° 001155-2023/OAJ/RENIEC (22SET2023) de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que mediante Ley N° 26497 se creó el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), con arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como organismo autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; Que mediante la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece como fi nalidad fundamental del proceso de modernización, la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, con el objetivo de alcanzar, entre otros, un Estado transparente en su gestión, con trabajadores y servidores que brindan al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, confi able, predecible y de bajo costo, lo que implica el desempeño responsable y transparente de la función pública, con mecanismos de control efectivos; Que de igual forma, el Decreto Supremo N°103-2022- PCM que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030, precisa como objetivos prioritarios garantizar políticas públicas que respondan a las necesidades y expectativas de las personas en el territorio, mejorar la gestión interna en las entidades públicas, fortalecer la mejora continua en el Estado y garantizar un gobierno abierto que genere legitimidad en las intervenciones públicas; Que la Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las entidades del Estado, tiene como propósito de cautelar y fortalecer los sistemas administrativos con acciones y actividades de control previo, simultáneo y posterior; en concordancia con la Resolución de Contraloría N°320-2006-CG, que aprueba las Normas de Control Interno con el objetivo principal de propiciar el fortalecimiento de los sistemas de control interno y mejorar la gestión pública; y, la Resolución de Contraloría N°0146-2019-CG, que aprueba la Directiva N°006-2019-CG-INTEG sobre “Implementación del Sistema de Control Interno en las Entidades del Estado”, como precepto regulador del procedimiento para implementar el Sistema de Control Interno en las entidades del Estado, así como las normas que dicten los órganos rectores de los sistemas administrativos; Que atendiendo a lo expresado, se tiene que la dinámica institucional ha llevado a que se efectúen modi fi caciones a la estructura orgánica y al Reglamento de Organización y Funciones Institucional, por lo cual se hace imperiosa la necesidad de adecuar los documentos normativos, los cuales se consideran que deben ser ajustados acorde a la operatividad y el logro de las metas y objetivos institucionales; Que los diversos órganos y unidades orgánicas del RENIEC, en su constante compromiso de mejoramiento, vienen revisando su normativa a efectos de solicitar la aprobación de nuevos documentos normativos o en otros casos, se dejen sin efecto, con la fi nalidad de mejorar u optimizar las labores de cada una de ellas; Que mediante el documento de vistos, la Dirección de Registro Electoral, en virtud de las funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 000086-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modi fi catoria, propone la aprobación del Reglamento RE-002-DRE/001 “Veri fi cación del Domicilio Declarado”, primera versión; Que el proyecto de Reglamento RE-002-DRE/001 “Veri fi cación del Domicilio Declarado”, primera versión, tiene como objetivo establecer los lineamientos y alcances para el desarrollo del procedimiento de verifi cación de domicilio que han declarado los ciudadanos ante el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales - RUIPN - del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, en virtud del principio de privilegio de controles posteriores establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y asimismo, contribuir a preparar y mantener actualizado el Padrón Electoral para los procesos electorales de calendario fi jo, elecciones primarias, consulta popular y consulta vecinal con fi nes de demarcación territorial; Que la Unidad de Racionalización y Modernización de la Ofi cina de Plani fi cación y Presupuesto, en su condición de órgano técnico especializado de la Institución, mediante el Informe de Vistos, determinó que el proyecto del documento normativo antes señalado, se encuentra en el marco de las funciones asignadas a la Dirección de Registro Electoral y se ajusta a los lineamientos dispuestos en la Directiva DI-001-OPP/001 “Documentos Normativos del RENIEC”, Primera Versión, aprobada por la Resolución Secretarial N° 000030-2022/SGEN/RENIEC (17ABR2022), en ese sentido, lo ha codi fi cado como Reglamento RE-002-DRE/001 “Veri fi cación del Domicilio Declarado”, primera versión; precisando además que previamente debe dejarse sin efecto el Reglamento RE-221-GRE/008, “Veri fi cación del Domicilio Declarado” primera versión, aprobado por Resolución Jefatural N° 136-2019/JNAC/RENIEC (12SET2019); Que en ese contexto, la O fi cina de Asesoría Jurídica, mediante el documento de vistos, señala que el proyecto de Reglamento RE-002-DRE/001 “Veri fi cación del Domicilio Declarado”, primera versión, presenta la consistencia legal pertinente; correspondiendo que sea aprobado por Resolución Jefatural, para lo cual señala, que previamente deberá dejarse sin efecto, por acto administrativo pertinente, el Reglamento RE-221-GRE/008, “Veri fi cación del Domicilio Declarado” primera versión, aprobado por Resolución Jefatural N° 136-2019/JNAC/RENIEC (12SET2019); y, Estando a lo informado por la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto y contando con la opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 000086-2021-JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modi fi catoria; y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, modi fi cado en parte por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el Reglamento RE-221-GRE/008, “Veri fi cación del Domicilio Declarado” primera versión, aprobado por Resolución Jefatural N° 136-2019/JNAC/RENIEC (12SET2019). Artículo Segundo.- Aprobar el Reglamento RE-002- DRE/001 “Veri fi cación del Domicilio Declarado”, primera versión, propuesto por la Dirección de Registro Electoral, que en anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional www.reniec.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional NOTA: El Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil ha solicitado, a través del PGA, precisar que el Anexo de la Resolución Jefatural N° 000156-2023/JNAC/RENIEC se visualizará en la siguiente página web: https://www.gob.pe/reniec 2220538-1