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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (08/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Lunes 8 de abril de 2024 El Peruano / días hábiles posteriores de ser aprobado por el Directorio u órgano equivalente. La Superintendencia Nacional de Salud, en el marco de sus acciones de supervisión, y ante determinados eventos de riesgo o cambios en el entorno del mercado, puede solicitar la modi fi cación y/o actualización del Plan de Gestión de Riesgo Operacional del año en curso”. Artículo 2.- MODIFICAR el artículo 19 del “Reglamento para la Gestión del Riesgo Operacional en las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud”, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 010-2014-SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD/CD. Modifíquese el artículo 19 del “Reglamento para la Gestión del Riesgo Operacional en las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud”, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 010-2014-SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD/ CD, el mismo que queda redactado en los siguientes términos: “Artículo 19.- Informe a la Superintendencia Las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud deben presentar a la Superintendencia Nacional de Salud informes anuales referidos a la gestión del riesgo operacional. Dichos informes deben ser remitidos a más tardar el 28 de febrero del año siguiente al año de reporte. La Superintendencia Nacional de Salud, en el marco de sus acciones de supervisión puede requerir información complementaria o adicional al Informe Anual de la Gestión del Riesgo Operacional cuando lo considere necesario y pertinente. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y en la misma fecha, la publicación de la Resolución, en la página web institucional (www.gob.pe/susalud). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VELASCO GUERRERO Superintendente 2277055-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Aprueban la nómina de Martilleros Públicos a ser inscritos en el Registro de Martilleros Públicos de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, correspondiente al año judicial 2024 PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000343-2024-P-CSJLIMANORTE-PJ Independencia, 2 de abril de 2024 VISTO:La Resolución Jefatural Nro. 068-2024-SUNARP- Z.R.N°IX/JEF, la Resolución Administrativa N° 000214-2024-P-CSJLIMANORTE-PJ del 20 de febrero del 2024 y el O fi cio N° 064-2024-USJ-GAD-CSJLIMANORTE- PJ de fecha 25 de marzo del 2024 remitido por el Jefe de la Unidad de Servicios Judiciales, Abraham Ezequiel Torres Llanos; y,CONSIDERANDO: Primero .- Por Resolución Jefatural Nro. 068-2024-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) dispone la Habilitación Anual para ejercer el cargo de Martillero Público durante el año 2024, la cual se encontrará vigente hasta la expedición de la Resolución Jefatural que disponga la habilitación de Martilleros Públicos para ejercer sus funciones el año 2025. Segundo.- A través de Resolución Administrativa N° 0214-2024-P-CSJLIMANORTE-PJ, esta Presidencia dispuso el inicio del proceso de inscripción y/o reinscripción de los Martilleros Públicos en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, correspondiente al año judicial 2024, observando los requisitos previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial. Tercero .- En ese sentido, mediante O fi cio del antecedente el Jefe de la Unidad de Servicios Judiciales, hace de conocimiento el O fi cio N° 0057-2024-CSJ-USJ- GAD-CSJLIMANORTE-PJ, por el cual se comunica que, ha fi nalizado el proceso de inscripción y/o reinscripción de Martilleros Públicos para el periodo del año 2024, razón por la que da cuenta que la nómina para el ejercicio del año 2024 para el Distrito Judicial de Lima Norte, queda integrada por 37 martilleros. Cuarto .- La Ley N° 27728, Ley de Martillero Público (Diario O fi cial “El Peruano”, 24.5.2002) se regula la actividad del Martillero Público autorizado para llevar a cabo ventas en remate o subasta pública, mientras que por Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, en su artículo 4°, dispone que todo martillero público mantendrá su inscripción vigente mediante la habilitación anual para el ejercicio de sus funciones Quinto .- Atendiendo a los considerandos precedentes y con la fi nalidad de dar cumplimiento a las normas acotadas, siendo necesario asegurar la continuidad del servicio de los Martilleros Públicos, como órganos de auxilio judicial; en virtud de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, resulta procedente emitir el acto administrativo de aprobación de la nómina de Martilleros Públicos que prestarán servicios en esta Corte Superior, para el periodo 2024. SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la nómina de Martilleros Públicos a ser inscritos en el Registro de Martilleros Públicos de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, correspondiente al año judicial 2024; según el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, la cual se encontrará vigente hasta la expedición de la Resolución Jefatural que disponga la habilitación de Martilleros Públicos para ejercer sus funciones el año 2025. Artículo Segundo.- DISPONER que la Unidad de Servicios Judiciales ingrese al Sistema informático respectivo, la nómina de Martilleros Públicos acotada, la cual debe ser destinada para su designación correspondiente. Artículo Tercero.- DISPONER que la presente resolución sea publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la página web de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Gerencia General Poder Judicial, Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación del Poder Judicial, O fi cina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control-CSJ Lima Norte, Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Servicios Judiciales, Coordinación de Servicios Judiciales y Recaudación, O fi cina de Imagen Institucional, y de los interesados/as para su conocimiento, cumplimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LORENZO CASTOPE CERQUIN Presidente de la CSJ de Lima Norte Presidencia de la Corte Superior de Justiciade Lima Norte