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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (19/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 100

100 NORMAS LEGALES Viernes 19 de abril de 2024 El Peruano / a una Sociedad de Auditoria para efectuar la auditoria fi nanciera de los periodos 2023 y 2024; habiéndose contratado sólo la ejecución de la auditoria por el periodo 2023, encontrándose pendiente la contratación de la Auditoria del periodo 2024; y para tal efecto, solicita la Transferencia Financiera por el importe de S/. 419,268.00, fi jado por concepto de Retribución Económica incluido el IGV. aprobado con la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG; advirtiéndose que de no efectuarse la transferencia solicitada o realizarse fuera de plazo otorgado no se realizará la contratación de la sociedad auditora o se retrasará la misma, lo cual puede afectar la presentación de los informes de auditoria cuyo resultados constituyen un insumo necesario para la Cuenta General de la Republica que anualmente remite la Contraloría General de la Republica de conformidad a o establecido en el ítem f) del artículo 22 de la Ley Nº 27785 y el artículo 81 de la Constitución Política del Perú; Que, la transferencia fi nanciera referida en los considerandos precedentes, se realizan en el caso de los Gobiernos Regionales por acuerdo de Consejo Regional, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego; así como, del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego, y la resolución del Titular del Pliego y el Acuerdo de Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano; Que, en el marco de las normas y disposiciones necesarias para el fortalecimiento de la Entidad Fiscalizadora Superior y del Sistema Nacional de Control y con la fi nalidad de modernizar, mejorar y asegurar el ejercicio oportuno, efectivo y e fi ciente del control gubernamental, así como para optimizar sus capacidades orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción, y conforme a lo determinado por el artículo 20º de la Ley Nº 27785, modi fi cado por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, de acuerdo a la disponibilidad que se cuenta en el Presupuesto Institucional Aprobado para el año 2024, es necesario dar atención a la solicitud de la Transferencia Financiera solicitada por la Contraloría General de la Republica con el Ofi cio Nº 000850-2023-CG/GAD, de fecha 09 de febrero de 2024; hasta por la suma de S/. 419,268.00, destinada a fi nanciar los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría; Que, mediante O fi cio Nº 000120-2024-GRLL-GGR/ GRA, de fecha 19 de febrero del año 2024, la Gerencia Regional de Administración solicita opinión favorable para la trasferencia fi nanciera referida en el párrafo precedente, señalando que en el Presupuesto Institucional aprobado para el Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 001 SEDE CENTRAL, está previsto la suma de S/. 419.268.00 soles por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, en la meta 0075 de la Categoría Presupuestaria 90001 ACCIONES CENTRALES; Que, mediante Informe Nº 000056-2024-GRLL-GGR- GRP, el Gerente Regional de Presupuesto emite opinión favorable y da conformidad para que se continúe el trámite para APROBAR la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/. 419,268.00, a favor de la Contraloría General de la República del costo total del arancel fi jado por la Contraloría General de República a través de la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG del 4 de noviembre del 2021, conforme a lo previsto en el artículo 20º de la Ley Nº 27785, modi fi cado por la Ley Nº 30742, en atención a solicitud de la Transferencia Financiera efectuada por la Contraloría General de la Republica con el O fi cio Nº000850-2024-CG/GRECE destinados a fi nanciar los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría.; Que, con Informe Legal Nº 000011-2024-GRLL-GGR- GRAJ-VAS, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica opina que es viable la respecto de la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a fi nanciar la contratación de los servicios de sociedades de auditoría, en el marco de lo establecido en el artículo 20º de la Ley Nº 27785, modi fi cada por la Ley Nº 30742, Ley del Fortalecimiento de la Contraloría General de la República”.Que, en Sesión de Consejo Regional de fecha 26 de setiembre del año en curso, la Presidente del Consejo Regional de La Libertad, propuso a debate el Dictamen Nº 005-2024-GRLL-CR/COMPLAN, emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de La Libertad, que aprobó por Unanimidad el proyecto de Acuerdo Regional relativo a autorizar la transferencia fi nanciera señalada línea arriba; donde, previa sustentación técnica y legal por parte de las gerencias regionales del Gobierno Regional de La Libertad, según constan del acta de su propósito, sometió a votación del Pleno del Consejo Regional, siendo aprobado por Unanimidad; Que, estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y demás normas aplicables, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Pleno Consejo Regional ACORDÓ POR UNANIMIDAD: EL ACUERDO REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- APROBAR la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/. 419,268.00, a favor de la Contraloría General de la República, de acuerdo a la disponibilidad que se cuenta en el Presupuesto Institucional aprobado para el año 2024 del Gobierno Regional de La Libertad, de acuerdo a la solicitud de la Transferencia Financiera efectuada por la Contraloría General de la Republica con el O fi cio Nº 000850-2024- CG/GAD, destinados a fi nanciar los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría, para efectuar la auditoría fi nanciera gubernamental del periodo del año 2024 en el Gobierno Regional La Libertad. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Gerencia Regional de Administración del Gobierno Regional de La Libertad, a efectuar la transferencia fi nanciera aprobado el artículo precedente, para lo cual, bajo su responsabilidad, así como de Gerencia Regional de Presupuesto adoptarán las acciones administrativas que correspondan para el debido cumplimiento a lo aprobado por el presente acuerdo regional. Artículo Tercero.- DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial El Peruano y a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO: Registre, notifíquese y cúmplase.EVER CADENILLAS CORONEL Presidente del Consejo Regional 2280591-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que aprueba la rectificación de zonificación del plano de zonificación del distrito de La Molina, aprobado por Ordenanza N° 1144 ORDENANZA N° 2614 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha;