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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (14/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de agosto de 2024 El Peruano / establece el procedimiento para el Reconocimiento y Registro Municipal de las Organizaciones Sociales, en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) del distrito de Santa Rosa”, los mismos que tendrán el siguiente tenor literal: Artículo 19º.- Requisitos que deben presentar para solicitar el reconocimiento y registro de organizaciones sociales: 19.1. Las Organizaciones Sociales, de cualquier tipo y nivel, para obtener su reconocimiento y registro en el RUOS, deberán presentar la siguiente documentación: k) Declaración jurada de no tener más de dos cargos dirigenciales dentro del Distrito de Santa Rosa. Artículo 37º. - Para las OSB: A. OLLAS COMUNES: Pasos previos para la constitución y reconocimiento de las “Ollas Comunes” como Organización Social de Base – conforme a la Directiva Nº 001 - 2024-MIDIS. La Constitución de una Olla Común se realiza cumpliendo previamente, lo siguiente: 8. Los bene fi ciarios de las ollas comunes deben elegir por votación al presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y almacenero, por un periodo hasta de (2) dos años. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social, a la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Participación Vecinal, y a la Subgerencia de Programas Alimentarios, y/o las unidades orgánicas que hagan sus veces la ejecución, cumplimiento y seguimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnología de la Informática y Comunicación su publicación en el portal de la Municipalidad de Distrital de Santa Rosa (www.mdsr-lima.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GEORGE ROBLES SOTO Alcalde 2312528-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OROPESA Ordenanza Municipal que declara zonas rígidas a diferentes calles en la jurisdicción del distrito de Oropesa ORDENANZA MUNICIPAL N° 011-2024 -A-MDO-Q/C Oropesa, 3 de junio del 2024 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OROPESA, DE LA PROVINCIA DE QUISPICANCHI – DEPARTAMENTO CUSCO. POR CUANTO:En Sesión Ordinaria de Concejo N° 010-2024-CM- MDO-Q/C, de fecha 30 de mayo del 2024; y teniendo como punto de agenda el Informe N° 109-2024-MDO/GM/OSLO/FEMC, de fecha 05 de junio del 2024, emitido por el Jefe de División de Desarrollo Urbano y Rural, y; VISTO:El Acuerdo de Concejo N° 058-2024-CM-MDO-Q/C, de fecha 03 de junio del 2024, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, señala que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el cual indica que la autonomía que la Constitución Política establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 195° de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el artículo 73° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades establece que las municipalidades distritales asumen sus competencias y ejercen las funciones en materia de organización del espacio público - uso del suelo, concordante con el artículo 81° de la referida norma que precisa funciones especí fi cas compartidas en materia de tránsito, vialidad y transporte público, acorde con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 016-2009-MTC que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito; Que, el artículo 6° del Decreto Supremo N° 016- 2009-MTC que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito y sus modi fi caciones, establece que las municipalidades distritales en materia de tránsito terrestre, ejercen funciones de gestión y fi scalización en el ámbito de su jurisdicción, en concordancia con las disposiciones que emita la Municipalidad Provincial respectiva y las previstas en el citado Reglamento; en materia de vialidad, la instalación, mantenimiento y renovación de los sistemas de señalización de tránsito en su jurisdicción, conforme al Reglamento correspondiente; además, su artículo 239° dispone que la autoridad competente, cuando la situación lo justi fi que, puede prohibir o restringir la circulación o estacionamiento de vehículos en determinadas vías públicas o áreas urbanas; Que, el artículo 18° de la Ley N° 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que las municipalidades, en materia de tránsito, tienen como competencia: la gestión y fi scalización, dentro de su jurisdicción, en concordancia con las disposiciones que emita la municipalidad provincial respectiva y los reglamentos nacionales pertinentes; y en materia de vialidad: la instalación, mantenimiento y renovación de los sistemas de señalización de tránsito en su jurisdicción, conforme al Reglamento Nacional respectivo; Que, la Ordenanza Municipal Nº 004-2019-A-MDO/Q del 14/03/20219 se aprobó la declaratoria de diversas áreas del distrito de Oropesa como Zona Rígida para Estacionamiento Vehicular, precisa en cuyo Art. 1º Prohíbase el estacionamiento de vehículos, las 24 horas, en la plaza de Armas del distrito de Oropesa, y la avenida Primavera, Plaza de Armas del Centro Poblado de Huasao y Plaza de Armas del Centro Poblado de Choquepata, y las diferentes calles del Distrito de Oropesa como los centros poblados de Huasao (Av. Juan Velasco Alvarado del Centro Poblado de Huasao) y Choquepata (Av. Principal de acceso al Centro Poblado de Huasao las diferentes calles de los centros poblados de Huasao (Av. Juán Velasco Alvarado del Centro Poblado de Choquepata) y Calles transversales de ambos Centros Poblados .