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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (14/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de agosto de 2024 El Peruano / la jurisdicción del distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima. TÍTULO II MARCO INSTITUCIONAL Artículo 4.- Instituciones y actores involucrados en la gestión integral de residuos sólidos Las instituciones y los actores involucrados en la gestión y manejo de los residuos sólidos son: 1. El Ministerio del Ambiente 2. La Municipalidad Metropolitana de Lima 3. La Municipalidad Distrital de Santa Rosa 4. Las Empresas Operadoras de Residuos Sólidos de ámbito municipal. 5. Los generadores de residuos sólidos municipales.6. Las asociaciones de recicladores formalizadas. Artículo 5.- Municipalidades Distritales 5.1. La Municipalidad Distrital de Santa Rosa es responsable por la gestión y manejo de los residuos sólidos de orígenes domiciliarios, especiales y similares que se generen en su jurisdicción, incluyendo las vías concesionadas, salvo el contrato de concesión regule lo contrario. Asimismo, es competente para: a) Plani fi car la gestión integral de los residuos sólidos municipales, en el ámbito de su jurisdicción, compatibilizando su Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales (PMR) en concordancia con los demás instrumentos de plani fi cación nacional, regional y local. b) Asegurar la adecuada prestación del servicio de limpieza pública (limpieza de vías, espacios y monumentos públicos e incluyendo la limpieza de playas), recolección, transporte, transferencia, tratamiento y disposición fi nal de los residuos sólidos municipales, de acuerdo con las disposiciones reglamentarias aprobadas por el Ministerio del Ambiente (MINAM) y los criterios que establezca la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML). c) Suscribir convenios interinstitucionales con las empresas que brindan servicios públicos, como las de saneamiento, distribución de energía eléctrica u otras que operen en la jurisdicción del distrito de Santa Rosa, con la fi nalidad que se realice el cobro de las tasas por la prestación de los servicios de limpieza, recolección, transporte y disposición fi nal de los residuos sólidos municipales. d) Normar, en la jurisdicción del distrito de Santa Rosa, el manejo de los servicios de los residuos sólidos municipales, bajo su competencia, en concordancia con las disposiciones emitidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML). e) Aprobar y actualizar el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales (PMR), en concordancia con el Plan Provincial de Gestión Integral de Residuos Sólidos Municipales (PIGARS) y el Plan Nacional de Gestión Integral de Residuos Sólidos correspondiente y remitir anualmente el reporte de cumplimiento o implementación a la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) para el respectivo seguimiento. f) Emitir la licencia de funcionamiento de la infraestructura de residuos sólidos de ámbito de gestión municipal y no municipal, en el ámbito de su jurisdicción, y acorde a la vida útil de dicha infraestructura, teniendo como prerrequisito la certi fi cación ambiental emitida por la autoridad competente. g) Regular, supervisar, fi scalizar y sancionar a los generadores de residuos sólidos de la construcción y/o demolición, en el ámbito de la jurisdicción del distrito de Santa Rosa, con excepción de los proyectos de inversión sujetos al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) o a un instrumento de gestión ambiental complementario bajo el ámbito de la autoridad competente. h) Suscribir acuerdos interdistritales para la integración de los servicios de residuos sólidos municipales bajo criterios de economía de escala y e fi ciencia.i) Garantizar que los residuos sólidos municipales de su competencia destinados a disposición fi nal sean conducidos directamente a infraestructuras de residuos sólidos aprobadas por la autoridad competente. j) Implementar obligatoriamente el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, en todo el ámbito de la jurisdicción del distrito de Santa Rosa, facilitando la valorización de los residuos sólidos municipales y asegurando una disposición fi nal técnicamente adecuada. k) Promover la formalización de asociaciones de recicladores que operan en la jurisdicción del distrito de Santa Rosa para la inscripción en el Registro Nacional de Recicladores a cargo del Ministerio del Ambiente (MINAM), para su posterior inclusión en el Registro Municipal y para su participación en el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos que implemente la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. l) Cumplir con las disposiciones y lineamientos en situación de desastre natural, antrópico y/o emergencia ambiental determinados por la autoridad competente en el marco del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, así como la Ley N° 28804, Ley que Regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental y su Reglamento, según corresponda. m) Supervisar, fi scalizar y sancionar las actividades realizadas por recicladores formales e informales y/o asociaciones de recicladores, que operen en la jurisdicción del distrito de Santa Rosa. n) Supervisar, fi scalizar y sancionar a los generadores de residuos sólidos de ámbito municipal. ñ) Implementar en su jurisdicción, estrategias de minimización y valorización de residuos sólidos municipales. o) Solicitar la Declaratoria de Emergencia de la gestión y manejo de los residuos sólidos ante el Ministerio del Ambiente (MINAM), en atención a las causales previstas en el artículo 125° del Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos. p) Efectuar denuncia penal contra los que cometan delitos ambientales en la jurisdicción del distrito de Santa Rosa por el incumplimiento de las normas relativas al manejo de los residuos sólidos. q) Promover la ejecución de acciones de sensibilización, capacitación, educación y cultura ambiental que incluya la gestión y manejo de los residuos sólidos municipales, considerando los lineamientos establecidos por el Ministerio del Ambiente (MINAM). r) Clausurar, en coordinación con la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), los lugares que no cumplan las condiciones donde se desarrolle la disposición de residuos sólidos de ámbito municipal denominado botaderos, denunciando y sancionando a los responsables. s) Recuperar o reconvertir aquellas áreas degradadas por la acumulación permanente de residuos sólidos municipales, para lo cual deberá contar con los instrumentos de gestión ambiental aprobados por la autoridad competente. t) Cumplir las disposiciones establecidas por la autoridad competente en la gestión y manejo de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE). u) Presentar ante el Ministerio del Ambiente (MINAM) y el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), en el último día hábil del mes de marzo de cada año, conforme al marco legal aprobado, el reporte de las actividades ejecutadas del año anterior en el marco de los Planes de Gestión de Residuos Sólidos Municipales. v) Fortalecer la gestión y manejo del Aceite Comestible Usado (ACU), bajo su competencia. w) Reportar a través del Sistema de Información para la Gestión de Residuos Sólidos (SIGERSOL), la información solicitada por el Ministerio del Ambiente (MINAM), relativa a la gestión de los residuos sólidos de ámbito municipal. x) Promover el principio de Responsabilidad Extendida del Productor (REP), fomentar y facilitar la implementación de los Planes de Manejo de Neumáticos Fuera de Uso (NFU), a cargo de los sistemas de manejo individual o colectivo, en el marco de sus competencias. Asimismo, coadyuvar a la formalización y el emprendimiento de