Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (21/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de agosto de 2024 El Peruano / el que permite organizar la gestión interna de recursos humanos, en congruencia con los objetivos estratégicos de la entidad. Asimismo, permite de fi nir las políticas, directivas y lineamientos propios de la entidad con una visión integral, en temas relacionados con recursos humanos. Los procesos que se consideran dentro de este subsistema son: a) Estrategia, políticas y procedimientos b) Plani fi cación de recursos humanos 3.2. Organización del trabajo y su distribución: En este subsistema, se defi ne las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas. Los procesos que se consideran dentro de este subsistema son: a) Diseño de los puestos b) Administración de puestos (…)” Que, el literal c) del Numeral 5.1 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de fi ne: “c). Manual de Clasi fi cador de Cargos: Documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad”. Que, por otro lado el numeral 6.1.7 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH antes acotada establece: “La ORH o la que haga las veces debe elevar la propuesta de MCC al(la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la OPP o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el (la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad”. Que, en cumplimiento de la Cuarta Disposición complementaria fi nal del Decreto Supremo Nº 053-2022- PCM prescribe que, para el cumplimiento de la segunda disposición complementaria fi nal de la ley Nº 31419, cuando corresponda las entidades actualizan o modi fi can sus instrumentos de gestión de recurso humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) para la elaboración, aprobación, actualización y modi fi cación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) o el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) y el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) o el Manual de Per fi l de puestos (MPP) según corresponda. Que, en el orden de ideas expuestas, mediante informe Nº 00001550-2023/RRHH/MDM emitido por el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos, mediante el cual remite el Manuel de Clasi fi cador de Gastos (MCC) para opinión previa de parte de la Sub Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Racionalización para su posterior aprobación, empero del mismo informe se colige que la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) fue puesta de conocimiento por ante SERVIR para su evaluación, tanto es así se han ido levantando observaciones que fueron remitidas al sectorista del SERVIR Joselyn Barreda, las cuales fueron comunicadas formalmente mediante: Carta Nº 00000043-RRHH/MDM-2023 de fecha 14/04/2023, Carta Nº 000000119-RRHH/MDM-2023 de fecha 18/07/2023, Carta Nº 000000140- RRHH/MDM-2023 de fecha 09/08/2023 y Carta Nº 000000189-RRHH/MDM-2023 de fecha 25/09/2023, por lo que habiéndose levantado las observaciones realizadas y conforme a la reunión programada con el Área de gestión de Instrumentos de Gestión - SERVIR los días 5 y 6 de octubre del 2023 al haberse levantado las observaciones a la fecha se tiene la propuesta fi nal del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) conforme Al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 009-2022-MDM, y su modi fi catoria mediante la Ordenanza Municipal Nº 006-2023-MDM mediante el cual se la modi fi cación de la estructura orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de las Municipalidad Distrital de Majes, por que estando a lo descrito, corresponde a la Sub Gerencia de Plani fi cación Presupuesto y Racionalización. Que, mediante Informe Nº 159-2023-UPYR-SGPPYR-MDM emitido por el encargado de la Unidad de Plani fi cación y Racionalización, previa a la evaluación de los antecedentes, concluye en el siguiente extremo: “a) en merito a lo precisado en el presente informe, este Despacho procedió a revisar el proyecto del MCC alcanzado por la Unidad de Recursos Humanos mediante el informe Nº 1550-2023/RRHH/MDM, el mismo que fue analizado y veri fi cado en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del ROF aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 009-2022-MDM, encontrándose un debido alineamiento de las denominaciones y funciones de los cargos estructurales con clasi fi cación “Empleado de con fi anza” (EC), Servidor Publico Directivo Superior” (SP-DS), “Servidor Publico Ejecutivo” (SP-EJ) con respecto a la denominación y funciones de los órganos y Unidades orgánicas del ROF aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 009-2022-MDM y modi fi cado mediante Ordenanza Municipal Nº 006-2023-MDM. b) Existen algunos cargos estructurales con denominación y funciones con clasi fi cación SP-ES y SP-AP que no estarían siguiendo un debido alineamiento a Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 009-2022-MDM, pero que según lo precisado por el jefe de la Unidad de Recurso Humanos, estarían atendiendo a criterio técnicos considerados por SERVIR y en la Directiva Nº 006-2021-servir-GDSRH según las coordinaciones realizadas con esta instancia y la asistencia técnica que a su vez recibió de la misma (…) Luego de realizar la evaluación a la propuesta del MCC remitido por la Unidad de Recursos Humanos, y considerando lo mencionado en el presente informe, se emite opinión favorable respecto del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Municipalidad Distrital de Majes, en el marco del Procedimiento determinado por la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GCSRH” propuesta que fue validada y/o rati fi cada mediante proveído Nº 0000001151-2023/SGPPYR/MDM emitida por el Sub Gerente de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización. Que, mediante Informe Nº 00000598-2023/SGAJ/ MDM emitido por la Subgerencia de Asesoría Jurídica, señala previa a la evaluación concluye que, “(…) corresponde a la Gerencia Municipal proceda mediante resolución de determinar sobre la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de la Municipalidad Distrital de Majes 2023 el mismo que como anexo se remite en el presente expediente administrativo (…)”. Que, para el caso presente el Manual de Clasi fi cador de Cargos fue propuesto por la Unidad de Recursos Humanos, el mismo a la fecha cuenta con la opinión favorable de la Sub Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización a través de la o fi cina de Plani fi cación y Racionalización por lo que habiendo obtenido su validación procede con su aprobación, ello teniendo lo descrito en el numeral 6.1.7. de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH en el que expresamente señala: “La ORH o la que haga las veces debe elevar la propuesta de MCC al(la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la OPP o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el (la) titular de la entidad aprueba el MCC (…)” asimismo para efectos del presente caso se debe tener en cuenta lo descrito en el literal h). sub numeral 5.1. del acápite 5 “De fi niciones” de la directiva acotada en el cual establece: “Titular de la entidad: Máxima autoridad administrativa para efectos del SAGRH”. Finalmente, el literal j) del artículo IV del Titulo Preliminar del Reglamento de la Ley Nº 30057 Ley del Servicio Civil Aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM establece: “Titular de la entidad: Para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública. En el caso de los Gobiernos Regionales y Locales, la máxima autoridad administrativa es el Gerente General del Gobierno Regional y el Gerente Municipal, respectivamente. Que, ese sentido, de conformidad al principio de confi anza en atención a la idoneidad de los profesionales que se desempeñan en el cargo, tanto más, que la Unidad de Recursos Humanos, Sub Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización, así como la Subgerencia