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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (21/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de agosto de 2024 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR a la señora NELLY JEANETTE PALACIOS TORRES en el cargo de con fi anza de Asesora II de la Gerencia General de la Biblioteca Nacional del Perú, previsto en el CAP Provisional de la Biblioteca Nacional del Perú con número de Orden 008. Artículo 2.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA PEÑA CARDOZA Jefa Institucional (e) 2317217-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Cancelan autorización de funcionamiento como sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores de MGi Sociedad Administradora de Fondos S.A. RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 108-2024-SMV/02 Lima, 16 de agosto de 2024 EL SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES VISTOS: El Expediente Nº 2024033196 y el Informe Nº 1042- 2024-SMV/10.2 del 9 de agosto de 2024, emitido por la Intendencia General de Supervisión de Entidades con proveído de la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 253 del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Supremo Nº 020-2023-EF, para desempeñarse como sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores se requiere la autorización de organización y funcionamiento expedida por la Superintendencia del Mercado de Valores; Que, de acuerdo con los artículos 167 y 168 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV Nº 068-2010-EF/94.01.1 y sus modi fi catorias, la cancelación de la autorización de funcionamiento es dictada por la Superintendencia del Mercado de Valores a pedido de parte; Que, MGi Sociedad Administradora de Fondos S.A. solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores la cancelación de su autorización de funcionamiento como sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores, que le fuera otorgada mediante Resolución de Superintendente Nº 073-2022-SMV/02 del 3 de agosto de 2022, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 7 de agosto de 2022; Que, de la revisión realizada a la documentación presentada por MGi Sociedad Administradora de Fondos S.A. se observa que ésta ha cumplido con lo dispuesto en los artículos 167 y 168 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, a efectos de obtener la cancelación de su autorización de funcionamiento como sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores, tal como se menciona en el Informe Nº 1042-2024-SMV/10.2, manteniéndose vigente sólo su autorización de funcionamiento como sociedad administradora de fondos de inversión; Que, conforme a lo establecido en el artículo 180 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, en caso de revocación o cancelación de la autorización de funcionamiento, procede la exclusión de la sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores del Registro Público del Mercado de Valores; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 12, numeral 1, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF y su modi fi catoria; RESUELVE:Artículo 1.- Cancelar la autorización de funcionamiento como sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores de MGi Sociedad Administradora de Fondos S.A.; y, en consecuencia, excluirla de la sección de Sociedades Administradoras de Fondos Mutuos de Inversión en Valores del Registro Público del Mercado de Valores, por lo que en adelante cambiará su denominación a MGi Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. Artículo 2.- Publicar la presente resolución en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (https://www.gob.pe/smv) y en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su noti fi cación a MGi Sociedad Administradora de Fondos S.A. Artículo 4.- Transcribir la presente resolución a MGi Sociedad Administradora de Fondos S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZÓSIMO JUAN PICHIHUA SERNA Superintendente del Mercado de Valores 2316470-1 PODER JUDICIAL AUTORIDAD NACIONAL DE CONTROL DEL PODER JUDICIAL Disponen la realización de Visita Judicial Ordinaria para el mes de setiembre a la Corte Superior de Justicia de San Martín JEFATURA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 129-2024-ANC-PJ-JN Lima, diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro. LA JEFATURA NACIONAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE CONTROL DEL PODER JUDICIAL (ANC); VISTO Y CONSIDERANDO: Primero .- Que, conforme a la Ley Nº 30943 - Ley de Creación de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, este órgano tiene a su cargo el control funcional de los jueces de todas las instancias y del personal auxiliar jurisdiccional del Poder Judicial, excepto jueces supremos, contando para ello con autonomía administrativa, funcional y económica. En ese sentido, la