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9 NORMAS LEGALES Jueves 5 de diciembre de 2024 El Peruano / de Quito Arma, provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; la Directiva Nº 003-2018-VMPCIC/MC; la Resolución Viceministerial Nº 000001-2023-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Paisaje Arqueológico “Huarunta”, ubicado en el distrito de Quito Arma, provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo, salvo se identi fi que afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios; en cuyo caso, el plazo máximo para la declaración y delimitación de fi nitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especi fi caciones de la determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 00001-2023-SD-JCSM/MC de fecha 31 de enero de 2023, así como en el Informe Nº 001176-2024/ DSFL-DGPA-VMPCIC/MC e Informe Nº 000210-2024/ DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC y en el Plano Perimétrico con código PPROV-075-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Huancavelica, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de la afectación:xSe notificó el notificó el acta de inspección a las autoridades locales a fin de que puedan abstenerse de continuar afectando el Patrimonio Arqueológico de su localidad. Señalización xSe recomendó la colocación de hitos y un panel informativos, para evitar la afectación en el PAISAJE ARQUEOLÓGICO HUARUNTA. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Huancavelica, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional, entre ellas, la coordinación correspondiente con el órgano competente del Ministerio de Cultura para la etapa de identi fi cación de pueblos indígenas u originarios y el análisis de las posibles afectaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www.gob.pe/cultura ). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Quito Arma a fi n de que cada proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo Nº 011-2006-ED.Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de inspección Nº 00001-2023-SD-JCSM/ MC de fecha 31 de enero de 2023, el Informe Nº 001176-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe Nº 000210-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, el Plano Perimétrico con código PPROV-075-MC_DGPA- DSFL-2024 WGS84 y el Informe Nº 000206-2024-DGPA- VMPCIC-ARD/MC, las cuales serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www. gob.pe/cultura ) para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GILBERTO MARTIN CORDOVA HERRERA Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2350215-1 DEFENSA Autorizan viaje de Director de la Dirección de Respuesta del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI para participar en eventos a realizarse en Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01694-2024-DE Lima, 4 de diciembre del 2024VISTOS:El O fi cio N° 002255-2024-INDECI/SEC GRAL de la Secretaría General del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; el O fi cio N° 03579-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 02235-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, a través del correo electrónico de fecha 24 de setiembre de 2024 el Punto Focal Regional para las Américas del Equipo de Evaluación de Desastre y Coordinación de las Naciones Unidas (UNDAC, por sus siglas en inglés) y del Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate (INSARAG, por sus siglas en inglés) de la O fi cina de las Naciones Unidas para la Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCHA), hace extensiva la invitación del Presidente del Grupo Regional INSARAG de las Américas para que el Presidente Global, Co-Presidentes Regionales de INSARAG, Puntos Focales Políticos y Operativos del Grupo Regional INSARAG, Puntos Focales UNDAC de las Américas y organizaciones asociadas participen en la XXIII Reunión Regional INSARAG y en la XI Reunión Consultiva UNDAC en las Américas, que se realizarán en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 9 al 11 de diciembre de 2024; Que, mediante Informe Técnico N° 000074-2024-INDECI/OGCAI, la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Instituto Nacional de Defensa Civil-INDECI emite opinión favorable sobre el viaje al exterior, en comisión de servicio, del señor César Augusto Sierra Sanjinez, Director de la Dirección de Respuesta del INDECI, para que participe en las referidas reuniones, como Punto Focal Operativo del Perú ante el INSARAG, designado mediante Resolución Jefatural N° 094-2018-INDECI; Que, a través del Informe Legal N° 000358-2024-INDECI/OGAJ, el Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del INDECI emite opinión favorable sobre la resolución ministerial que autoriza el viaje al