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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (05/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Jueves 5 de diciembre de 2024 El Peruano / Artículo 3.- La presente resolución no irroga gasto alguno al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2351211-5 Nombran al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Bulgaria RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 224-2024-RE Lima, 4 de diciembre de 2024 VISTOS: La Hoja de Trámite (GAC) Nº 4256 del Despacho Viceministerial, de 15 de octubre de 2024; y el Memorándum Nº PRO014152024 de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 15 de octubre de 2024; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 008-2024- RE, de 29 de enero de 2024, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Arturo Javier Arciniega Calderón; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0084- 2024-RE, se fi jó el 15 de abril de 2024 como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica; Que, mediante Nota Nº 55-18-117, de 11 de octubre de 2024, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Bulgaria informó que su gobierno otorgó el beneplácito de estilo al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Arturo Javier Arciniega Calderón, para que se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Bulgaria, con residencia en Atenas, República Helénica; Que, en el numeral 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú se establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Arturo Javier Arciniega Calderón, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Bulgaria, con residencia en Atenas, República Helénica. Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3.- La presente resolución no irroga gasto alguno al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2351211-6 Nombran a Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago, para que se desempeñe simultáneamente como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante San Vicente y las Granadinas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 225-2024-RE Lima, 4 de diciembre de 2024VISTOS:La Hoja de Trámite (GAC) Nº 4358 del Despacho Viceministerial, de 22 de octubre de 2024; y el Memorándum Nº PRO014492024 de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 21 de octubre de 2024; CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Suprema Nº 061-2024- RE, de 25 de marzo de 2024, se nombró Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago, a la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0287- 2024-RE, se fi jó el 15 de junio de 2024 como la fecha en que la citada funcionaria diplomática asumió funciones como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago; Que, mediante Nota Nº 2304/2024, de 17 de octubre de 2024, el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Asuntos del Consumidor de San Vicente y las Granadinas informó que se ha otorgado el beneplácito de estilo a la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura, para que se desempeñe como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante San Vicente y las Granadinas, con residencia en la ciudad de Puerto España, República de Trinidad y Tobago; Que, en el numeral 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú se establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;