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51 NORMAS LEGALES Domingo 15 de diciembre de 2024 El Peruano / Organización y Funciones del Gobierno Regional Piura, el mismo que ha tenido modifi caciones y actualizaciones; Que, la propuesta de la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial alcanzada mediante Informe N° 21-2024/GRP-410300 de fecha 23 de octubre del 2024; según se ha señalado, ha contado con el apoyo y asistencia técnica de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, así como consensuado por la Alta Dirección, concluyendo que el Consejo Regional del Gobierno Regional Piura. se encuentra facultado para aprobar mediante la presente Ordenanza Regional el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Gobierno Regional Piura; Que, con Informe N° 21-2024/GRP-410300 de fecha 23 de octubre del 2024, la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional remite a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la propuesta sobre el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Piura; y, con proveído de fecha 24 de octubre de 2024, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial remitió los actuados a la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, para emisión de informe legal, subsanación de observaciones e implementar recomendaciones; Que, mediante Informe N° 2116-2024/GRP- 4600000 de fecha 05 de noviembre de 2024, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica remitió el informe legal a Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, indicando lo siguiente: “ (…) continuar con el trámite para la aprobación de la propuesta del ROF del Gobierno Regional Piura, mediante Ordenanza Regional conforme así lo establece el literal b, del numeral 45.3 del artículo 45 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM modifi cado por artículo 2 del Decreto Supremo N° 064-2021-PCM en concordancia con el artículo 18 de la Directiva N° 002-2021-SGP, que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado, aprobada con Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 00010-2021-PCM/SGP”; Que, con Informe N° 218-2024/GRP-410000 de fecha 12 de noviembre de 2024, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial subsana las observaciones presentadas por la Secretaría del Consejo Regional; Que, mediante Memorándum N° 3091-2024/GRP- 400000, de fecha 14 de noviembre de 2024, la Gerencia General Regional remite a la Secretaría de Consejo Regional el expediente administrativo referente a la subsanación de observaciones respecto a la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones, para su evaluación; Que, con Informe N° 080-2024/GRP-CRP-EACCR del 21 de noviembre de 2024, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional presenta observaciones al expediente administrativo remitido con la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Piura; y mediante Memorando Múltiple N° 355-2024/GRP-200010 de fecha 21 de noviembre de 2024, Secretaría del Consejo Regional remite el Informe del Equipo de Apoyo a Comisiones a la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y a la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional para levantar observaciones; Que, mediante Informe N° 2282-2024/GRP-460000 de fecha 27 de noviembre de 2024, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica emite informe complementario al Informe N° 2116-2024/GRP-460000 de fecha 05 de noviembre de 2024, validando las funciones asignadas a las Unidades de Organización del Gobierno Regional Piura, opinando en continuar con el trámite para la aprobación de la propuesta del ROF del Gobierno Regional Piura, mediante Ordenanza Regional conforme así lo establece el literal b, del numeral 45.3 del artículo 45 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM modifi cado por artículo 2 del Decreto Supremo N° 064-2021-PCM en concordancia con el artículo 18 de la Directiva N° 002-2021-SGP, que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado, aprobada con Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 00010-2021-PCM/SGP; Que, con Informe N° 080-2024/CR-GRP-EACCR de fecha 21 de noviembre de 2024, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional concluye que es procedente la aprobación mediante Ordenanza Regional de esta propuesta; y con Dictamen N° 25-2024/GRP- CR-CPPTyAT de fecha 02 de diciembre de 2024, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, recomienda la aprobación mediante Ordenanza Regional de la propuesta remitida; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria N° 32-2024 de fecha 05 de diciembre de 2024, en la ciudad de San Miguel de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modifi catorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Organigrama Estructural del ROF del Gobierno Regional Piura, compuesto por II Títulos, VIII Capítulos y 156 Artículos, el mismo que como anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR al órgano ejecutivo, a través de la Gobernación Regional, Gerencia General Regional, y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el cumplimiento e implementación de la presente norma regional, dando cuenta posterior de todas las acciones ejecutadas al Consejo Regional, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- NORMA DEROGATORIA DEROGAR la Ordenanza Regional N° 111-2006/GRP- CR, publicada en el diario ofi cial “El Peruano” el 10 de setiembre de 2006, sus modifi caciones y actualizaciones; salvo las disposiciones relativas en materia organizacional de Educación, Salud y Órganos Desconcentrados como Proyecto Especial Chira Piura, Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura; Gerencia Sub Regional Morropón Huancabamba; y, Zona Especial de Desarrollo de Paita, las cuales mantienen su vigencia hasta la aprobación de sus respectivos Manuales de Operaciones (MOP), los cuales no deben exceder el plazo de tres (03) meses desde la entrada en vigencia de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- DISPOSICIONES RELATIVAS A LA ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DEL MANUAL DE OPERACIONES En el ámbito del Gobierno Regional Piura, formulan y tramitan para aprobación de su Manual de Operaciones (MOP) las siguientes unidades de organización: a. La Dirección Regional de Educación; y, Dirección Regional de Salud, por mandato de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM. b. El Proyecto Especial Chira Piurac. El Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura d. La Gerencia Sub Regional “Luciano Castillo Colonna” e. La Gerencia Sub Regional Morropón Huancabambaf. La Zona Especial de Desarrollo de Paita Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria de Consejo Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario ofi cial “El Peruano”, y a la Ofi cina de Tecnologías de la Información, en coordinación con el