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54 NORMAS LEGALES Domingo 15 de diciembre de 2024 El Peruano / gestión que contribuirá a impulsa el desarrollo turístico, social y económico de la región Puno; Que, mediante Ordenanza Regional N° 019-2022-GR PUNO-CRP, del 15 de noviembre de 2022, se aprobado la Creación del Comité Consultivo Regional de Turismo-CCRT-PUNO, para establecer mecanismos de articulación y coordinación pública y privada a nivel regional que permita el desarrollo de acciones y recomendaciones en favor de actividad turística en la Región Puno; Que, mediante Ordenanza Regional N° 009-2023-GRP- CRP, de fecha 22 de junio de 2023, se CREA el programa “PROMPUNO” como organismo técnico especializado destinado a la promoción turística de las 13 provincias y gestión de la marca regional Puno; Que, conforme al desarrollo de la agenda programada, se tiene como punto de agenda en la estación Orden del Día, el Ofi cio Nº 174-2024-GR.PUNO/CRP-PCR, mediante el cual el Presidente de Consejo Regional, Wido Willam Condori Cas tillo y el Consejero Regional de la provincia de El Collao, Walker Narciso Mamani Ururi, realizan la solicitud de aprobación de Ordenanza Regional en aplicación del artículo 123º del Reglamento Interno de Consejo Regional, el cual señala, “El Pleno del Consejo Regional puede exonerar del procedimiento legislativo y estudio de comisión siempre y cuando esta propuesta de Ordenanza Regional cuente con opinión legal y técnica viable del órgano y/o entidad correspondiente (…)”, en merito a dicho articulado se presenta ante el pleno de Consejo Regional la Ordenanza Regional que reconocer, declara y aproba el acondicionamiento para el desarrollo y promoción ecoturístico “Los Circuitos Turístico - Culturales” de la provincia de El Collao - Ilave, a fi n de impulsar el ecoturismo y reconocer el potencial turístico de la provincia de El Collao - Ilave, como un motor de desarrollo sostenible y herramienta para la conservación y promoción de un turismo responsable y sostenible; Asimismo, conforme a los antecedentes de la Ordenanza Regional esta se circunscribe dentro del ámbito de la provincia del El Collao - Ilave, proyectado sobre la base de idea de promoción turística de la provincia de El Collao, elaborado por el profesor Víctor Monrroy Quenta en coordinación con la Municipalidad Provincial de El Collao, igualmente, se indica que la Ordenanza Regional cuenta con los instrumentos técnicos y legales pertinentes para su aprobación, los mismos que mediante Opinión Legal N° 000303-2024-GRP/ORAJ, emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Puno, quien emite opinión legal, concluyendo que: El proyecto de Ordenanza Regional en referencia, es viable en la medida que sea mejorada cada una de las decisiones, para tal fi n deben de socializar con los órganos técnicos y dependencias afi nes al objeto del proyecto de Ordenanza Regional. A razón de la sugerencia de la opinión legal es que se ve pertinente agregar el Artículo Sexto, el mismo que se ENCARGAR, la a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, para que en coordinación con la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo - DIRCETUR, realice la socialización de la presente Ordenanza y del Plan de Desarrollo Turístico Sostenible mencionado en el Artículo Quinto. La socialización deberá realizarse a partir de la aprobación del Plan de Desarrollo Turístico, con el objetivo de recibir aportes, sugerencias y establecer mecanismos de coordinación para la implementación y acondicionamiento de los “Los Circuitos Turístico - Culturales” de la provincia de El Collao - Ilave. De igual manera mediante Ofi cio Nº 000022-2024-GRP/GRDS, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, remite el Informe Nº 014-2024-GR-PUNO/GRDS/FRRA, del especialista en promoción social, quien declara viable, la propuesta de Ordenanza Regional (…); Que, el Pleno del Consejo Regional en sesión, conforme a la documentación alcanzada, se procede a realizar la votación entre sus miembros, siendo este aprobado con 17 votos a favor; Que, conforme al desarrollo de la sesión, el Pleno del Consejo Regional en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modifi catorias Ley 29053, Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28926, Ley N° 28961, Ley 31433 y la Ley N° 31812, por mayoría legal;ORDENA: Artículo Primero.- RECONOCER, DECLARAR Y APROBAR el acondicionamiento para el desarrollo y promoción ecoturístico de los “Los Circuitos Turístico - Culturales” de la provincia de El Collao - Ilave, conforme se detalla en el siguiente cuadro: Nº CIRCUITO 1Templo Santa Bárbara - Templo San Miguel (Ilave) - Pala Rupa - Chullpa de Calacota - Playa de Sicata - Wiraxucha Uta - Puente de Piedra (Ilave) - Cueva de Parawankara - Chullpa de Wilaqullu - Chullpa de Sancuta (Sank’auta) - Inti Qala - Taypikala o Mulla - Mortini y Pagoda - Willkauta (Casa del Sol) - Monumento al Indio (Inka Samarawi) - Caballo Cansado - Chullpa de Ch’ila Qullu Qupa Kachi. 2Ilave - Chulpas de Checa y Chijotamaya - Chullpa de Mulla P’asiri - Toritorini - Ciudad Encantada - Pintuas Rupestres - Cueva de Junt’awi - Chullpas de Mazocruz, Pinturas Rupestres Chichillapi - Chullpas de Chocorasi de Conduriri - Aguas Termales de Pojpoccollo - Ciudad Encantada. Artículo Segundo.- RECONOCER Y DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL, el desarrollo y promoción ecoturístico “Los Circuitos Turístico - Culturales” de la provincia de El Collao - Ilave, a fi n de impulsar el ecoturismo y reconocer el potencial turístico de la provincia de El Collao - Ilave, como un motor de desarrollo sostenible y herramienta para la conservación y promoción de un turismo responsable y sostenible. Artículo Tercero.- APROBAR, el acondicionamiento para el desarrollo y promoción ecoturístico “Los Circuitos Turístico - Culturales” de la provincia de El Collao - Ilave; con el objetivo de aprovechar de manera sostenible los recursos naturales, culturales y patrimoniales de la provincia de El Collao - Ilave. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, al Ejecutivo del Gobierno Regional de Puno, para que a través de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo - DIRCETUR, elaboren el inventario de recursos turísticos, así como la inclusión de ellos en el Plan Estratégico Regional de Turismo, en coordinación con los Gobiernos Locales y las comunidades involucradas. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social para que a través de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo - DIRCETUR, la elaboración e implementación de un Plan de Desarrollo Turístico Sostenible a fi n de promover y difundir el desarrollo y promoción ecoturístico de los “Los Circuitos Turístico - Culturales” de la provincia de El Collao - Ilave, en coordinación con los Gobiernos Locales y las comunidades involucradas. Artículo Sexto.- ENCARGAR, la a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, para que en coordinación con la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo - DIRCETUR, realice la socialización de la presente Ordenanza y del Plan de Desarrollo Turístico Sostenible mencionado en el Artículo Quinto. La socialización deberá realizarse a partir de la aprobación del Plan de Desarrollo Turístico, con el objetivo de recibir aportes, sugerencias y establecer mecanismos de coordinación para la implementación y acondicionamiento de los “Los Circuitos Turístico - Culturales” de la provincia de El Collao - Ilave. Artículo Séptimo.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 42° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; en el Portal Institucional electrónico del Gobierno Regional de Puno y en los medios necesarios para el cumplimiento y ejecución de la presente, bajo responsabilidad. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase. Comuníquese al Señor Gobernador Regional de Puno para su promulgación. En Puno, al 1 día del mes de octubre del año 2024. WIDO W. CONDORI CASTILLO Presidente del Consejo Regional