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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (15/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 58

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Domingo 15 de diciembre de 2024 El Peruano / VISTA: La Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2824-2024-MP-FN, de fecha 12 de diciembre de 2024. CONSIDERANDO: Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1313-2022-MP-FN, de fecha 2 de julio de 2022, se resolvió conformar el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, con competencia nacional para que se avoque a dedicación exclusiva de los delitos de corrupción de funcionarios, criminalidad organizada, tráfi co ilícito de drogas, lavado de activos y conexos cometidos en ejercicio del poder obtenido por elección popular o designación; se estableció su competencia funcional y precisó que el referido equipo se encontraría a cargo de un fi scal superior coordinador. En atención a la competencia funcional, la pluralidad de investigaciones y diversidad de actuaciones procesales; en su oportunidad, se resolvió asignar al Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder: una (1) plaza de fi scal superior, dos (2) plazas de fi scal adjunto superior, tres (3) plazas de fi scal provincial y doce (12) plazas de fi scal adjunto provincial, creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021; y se prorrogó la vigencia de las asignaciones, a través de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación n.os 1341, 1578, 1683 y 2567-2022-MP-FN, 2156 y 3616-2023-MP- FN, 1188 y 1456-2024-MP-FN, de fechas 4 y 27 de julio, 9 de agosto y 29 de noviembre de 2022, 31 de agosto y 22 de diciembre de 2023, 17 de mayo y 28 de junio de 2024, respectivamente. Asimismo, se resolvió asignar al referido equipo especial: una (1) plaza de fi scal provincial y dos (2) plazas de fi scal adjunto provincial, todas con carácter transitorio, creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 046-2023-MP-FN-JFS, de fecha 3 de julio de 2023; y se prorrogó la vigencia de las asignaciones, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación n.os 1669-2023-MP-FN, 233 y 1457-2024-MP-FN, de fechas 7 de julio de 2023, 24 de enero y 28 de junio de 2024, respectivamente. De igual modo, mediante las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación n.os 472, 696, 1168, 1458, 2034, 2113, 2467 y 2470-2024-MP-FN, de fechas 20 de febrero, 8 de marzo, 16 de mayo, 28 de junio, 19 y 26 de septiembre, 31 de octubre y 4 de noviembre de 2024, respectivamente, se dispuso los destaques así como sus prórrogas, de los abogados José Luis Quispe Changanaqui, Alvaro Jayro Arteta Arnedo, Paolo André Cano Paz, Melissa Gibaja Contreras, Lidiana Miriam Apolinario Rosales, Roxana Ventura Carhuatanta y Lucia Myluska Arrambide Gutierrez, para que presten apoyo al Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder. A través de la Resolución de vista, se resolvió, entre otros, dejar sin efecto el artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1313-2022-MP-FN, de fecha 2 de julio de 2022, en el extremo que señala que el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder se encontrará a cargo de un fi scal superior coordinador; así como incorporar el personal fi scal (fi scales provinciales y fi scales adjuntos provinciales) que conforma el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder a la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios; disponiéndose que el referido personal fi scal continúe conociendo, a dedicación exclusiva, los casos en trámite, hasta su conclusión, cuya competencia le fuera encomendada mediante la resolución antes mencionada. En atención a lo descrito en el párrafo precedente, a fi n de efectivizar la incorporación del personal fi scal (fi scales provinciales y fi scales adjuntos provinciales) del Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder al despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, dispuesta a través de la Resolución de vista; corresponde emitir el acto por el cual se resuelva dar por concluido los nombramientos y designaciones del personal fi scal que conforma el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder; así como, los destaques del personal fi scal que se encuentra prestando apoyo al referido equipo especial; y, las prórrogas de las vigencias de los nombramientos, designaciones y destaques, según corresponda. En esa línea, resulta oportuno dar por concluida la asignación de las plazas fi scales que se mencionan en los párrafos segundo y tercero al Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder; y, por consiguiente, disponer la asignación, temporal, de las referidas plazas al despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios; con excepción de una (1) plaza de fi scal superior y dos (2) plazas de fi scal adjunto superior. De otro lado, es de mencionar, que mediante Resolución N° 89-2024-ANC-MP-DGPA-DPD, de fecha 9 de octubre de 2024, se resolvió abrir procedimiento disciplinario contra la abogada Marita Sonia Barreto Rivera en su actuación como fi scal superior provisional y coordinadora del Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, por la presunta comisión de faltas muy graves, y entre otros, se le impuso medida cautelar de apartamiento preventivo en el ejercicio de la función fi scal por el plazo de seis (6) meses; por lo que mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2227-2024-MP-FN, de fecha 10 de octubre de 2024, se dio por concluida la designación de la mencionada abogada como coordinadora del Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder. Así, precisar que los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo N° 052, modifi cado por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. En mérito de ello, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC). Nótese que la incorporación al sistema fi scal de los fi scales provisionales no titulares, se efectúa sobre la base de una situación fáctica de no titularidad con una connotación temporal; no correspondiéndole el procedimiento ni los derechos que emanan del nombramiento previsto en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú. En ese sentido, estando a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación como titular de la institución, responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; y, en mérito a lo dispuesto en la resolución de vista; corresponde dar por concluido el nombramiento de la abogada Marita Sonia Barreto Rivera como fi scal superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder; dejando subsistente su condición de fi scal provincial titular penal (supraprovincial) de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, y prescindiendo de su designación en un despacho fi scal en la presente resolución, al encontrarse vigente la medida cautelar que la aparta preventivamente del ejercicio de la función fi scal. Por otro lado, corresponderá dar por concluida la designación del abogado Drabesset Natividad Sarrín Maguiña, fi scal adjunto superior titular penal de Cañete, Distrito Fiscal de Cañete, en el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, así como su encargatura del despacho de la Coordinación del mencionado equipo especial; consecuentemente, en atención a su título de nombramiento, designarlo en el despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal de Cañete. Asimismo, se deberá dar por concluido el nombramiento del abogado James Reátegui Sánchez como fi scal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder. Y, en atención a la ausencia de personal fi scal en algunos de los despachos de las fi scalías corporativas penales del Distrito Fiscal